Los cambios ocurridos en la economía venezolana
Enviado por poland6525 • 27 de Febrero de 2018 • 5.840 Palabras (24 Páginas) • 361 Visitas
...
Administración Tributaria
Dentro de las numerosas actividades que atañen al Estado, en todas sus divisiones de poderes, la gestión tributaria adquiere especial relevancia, dado que esta actividad propende la efectiva captación de recursos fiscales que luego serán empleados en la aplicación de los planes de la Nación. En este sentido, la Gestión Tributaria, según Moreno (2006):
Mide el conjunto de acciones en el proceso de la gestión pública vinculado a los tributos, que aplican los gobiernos, en su política económica. Los tributos, son las prestaciones en dinero que el Estado, en su ejercicio de poder, exige con el objeto de tener recursos para el cumplimiento de sus fines (p.92)
De lo expuesto, la gestión tributaria es un elemento importante de la política económica, porque financia el presupuesto público; es la herramienta más importante de la política fiscal, en él se especifica tanto los recursos destinados a cada programa como su financiamiento. Este presupuesto es preparado por el gobierno central, es un proceso en el que intervienen distintos grupos públicos y privados, que esperan vermaterializadas sus demandas.
Sistema Tributario
El punto de partida de los aspectos vinculados con el elemento fiscal, es la familiarización de todos los recursos que encierra. En este sentido, Serrano (2006), al referirse al sistema tributario expresa: “Es el conjunto de tributos integrados en el ordenamiento jurídico de un determinado ente territorial, inspirado en unos principios comunes y que constituye un medio idóneo para que los ciudadanos cumplan con su deber de sostener las cargas públicas” (p. 17).
En este sentido, el sistema tributario busca dar respuesta a las situaciones de carácter financiero para que el Estado pueda desarrollar su acción social y económica.
En el mismo orden de ideas, sobre este aspecto según informe presentado por el SENIAT (2006):
Se refiere a como el Estado enfoca los problemas relacionado a la plena y eficaz utilización de los recursos nacionales y al mantenimiento de la estabilidad del nivel de precios, por lo tanto, los problemas financiero que se plantea son parcialmente monetario relacionado con el impuesto, la deuda publica, los gastos públicos. (p.12)
Lo anterior, indica que el sistema tributario tiene como función, generar respuestas a las situaciones de carácter financiero para que el Estado, en virtud de su compromiso y/o responsabilidad adquirida, como consecuencia de la recaudación de los tributos.
Por su parte, Palacios (2006) comenta:
Para que exista un verdadero sistema tributario, es necesario, sin duda alguna, un vínculo lógico entre los diversos impuestos, con una convivencia clara de los objetivos fiscales y extra fiscales que los impuestos están llamados a alcanzar. Ni con la violencia en la interpretación del Derecho, ni menos aún, con sutilezas, por más dialécticas que aparezcan, podría conducirse un sistema tributario, ya el mismo, es aquel donde el legislador crea deliberadamente la armonía entre los objetivos que se persiguen y los medios empleados para obtener un eficiente sistema. (p.396)
A este respecto, se debe hacer énfasis en que el sistema tributario desarrolle todas sus actividades, en la búsqueda de una interpretación adecuada por parte de los contribuyentes, con idoneidad de las acciones por parte de los responsables de la administración tributaria, que se traduzca en el entendimiento de la potestad del Estado referente al derecho que tiene de exigir los tributos necesarios para cumplir con sus fines, y la indicación de las obligaciones de las personas para contribuir al sostenimiento del Estado.
Asimismo, Villegas (2006), plantea
El sistema tributario está constituido por el conjunto de tributos vigentes de un país en determinada época, y surgen las necesarias limitaciones que deben efectuarse, a continuación se esbozan cada una de ellas: (a) Limitación espacial: El sistema tributario debe estudiarse en relación con un país en concreto. Pueden existir algunos semejantes en varios países, pero siempre existen peculiaridades nacionales. Cada conjunto de tributos es el resultado de las instituciones jurídicas y políticas de un país, de su estructura social, de la magnitud de sus recursos, de la forma y distribución de ingresos, de sus sistemas económicos, entre otros. (b) Limitación Temporal: Debe limitarse el estudio de un sistema tributario a una época circunscrita. La evolución social y económica general necesita la adecuación de las normas legales (p. 514).
En tal sentido, estas limitaciones permiten evidenciar que las normas tributarias siempre se encuentran en constantes modificaciones, ya sea de acuerdo a la multiplicidad, variabilidad e inestabilidad, de múltiples factores, por eso es necesario dar al sistema tributario un contenido temporal concreto, dirigido primordialmente a sus elementos más importantes: Los impuestos, entendiendo estos en su acepción general, lo cual abarca contribuciones especiales y tasas.
Tributos
En relación con los tributos, estos suelen recogerse en la teoría de los ingresos públicos del Estado, pero no es esta faceta la más caracterizada por cuanto representa una auténtica institución, es decir, un conjunto de normas que regulan una pluralidad de relaciones jurídicas, derechos, obligaciones, potestades, deberes y sujeciones en torno a lo que se ha llamado la relación jurídica tributaria, existente entre los ciudadanos y la hacienda pública en virtud de la cual ésta hace efectivo su derecho al cobro de las cargas y obligaciones.
En tal sentido, Villada (2006) destaca:
El objeto del tributo es una prestación en términos de dinero en efectivo (periódica o no, dependiendo del hecho que la motive) a que está obligado el contribuyente o ciudadano sujeto a su pago, pero con carácter excepcional en algunas normas se encuentra reconocida la prestación en especie, por ejemplo en materia de hidrocarburos en que debe entregarse un porcentaje, o de patrimonio artístico donde se admiten obras de arte en pago del impuesto sucesorio o hereditario (p. 96).
Por consiguiente, dicha obligación tributaria nace de la ley, de modo que es un principio de rango universal y reconocido en todas las constituciones, como principio de reserva de ley para la imposición de los tributos, y garantizar así las notas de obligatoriedad y exigibilidad, pero protegiendo el principio de igualdad
...