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Memorial prestaciones colegio de abogados guatemala.

Enviado por   •  12 de Julio de 2018  •  1.188 Palabras (5 Páginas)  •  1.059 Visitas

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k) Certificación Médica extendida por la Doctora XXX, colegiada número doce mil trescientos setenta y dos, de fecha cinco de octubre del año dos mil quince, donde indica que atendió el parto realizado a la infrascrita notaria en fecha veinticuatro de junio del año dos mil quince.

l) Certificación de Nacimiento número cincuenta y tres millones quinientos noventa y cuatro mil ciento diecisiete, extendida por el Registro Nacional de las Personas, donde consta el nacimiento de mi menor hija XXX.

PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que de los hechos probatorios se pudieran desprender.

FUNDAMENTO DE DERECHO:

El artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala en su parte conducente establece: “Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente peticiones a la autoridad, la que esta obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley…”

El Artículo 7 del Reglamento de Prestaciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala establece: “Reintegro de gastos médicos en caso de enfermedad, accidente o maternidad. Consiste en el reembolso de una suma de dinero que el Fondo de Prestaciones efectuará al Colegiado, previa solicitud, cuando éste sufra de enfermedad temporal o accidente o en caso de maternidad, posteriormente a haber adquirido el derecho para gozar del beneficio…”

El Artículo 8 del Reglamento de Prestaciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala establece: “El monto máximo a reintegrar por este concepto es el equivalente a 60 (sesenta) UDP por Colegiado, por año calendario. En el caso de gastos médicos por maternidad, cuando ambos integrantes de la pareja estén colegiados, sólo se reintegrará a la mujer”.

El Artículo 9 del Reglamento de Prestaciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala establece: “Pensión por maternidad. Prestación que se hará efectiva a la asegurada durante las cuatro semanas previas al alumbramiento y las seis semanas posteriores al mismo, a razón de 4 (cuatro) UDP por semana, haciéndose efectivo mensualmente”.

PETICION:

- Que se admita para su trámite el presente memorial y se agregue a sus antecedentes.

- Se tomo nota que actúo bajo mi propio auxilio y del lugar que señalo para recibir notificaciones.

- Por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado correspondiente y por acompañados los documentos adjuntos.

- Que habiendo cumplido con las obligaciones notariales y requisitos como Colegiada Activa del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala para gozar del beneficio de las prestaciones como asegurada, se haga efectiva la pensión por Maternidad a la infrascrita Notaria, correspondiente a las cuatro semanas previas al alumbramiento y las seis semanas posteriores al mismo, a la infrascrita Notaria, a razón de cuatrocientos veinte quetzales (Q420.00) semanales, lo cual asciende a la cantidad de cuatro mil doscientos quetzales exactos (Q4,200.00).

- Que habiendo cumplido con las obligaciones y requisitos Notariales como Colegiada Activa del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala para gozar del beneficio de las prestaciones como asegurada, se haga efectivo el reintegro de gastos médicos por Maternidad a la infrascrita Notaria, por la cantidad de seis mil trescientos quetzales exactos (Q6,300.00).

CITA DE LEYES: en los invocados y en los siguientes: 6, 7, 8, 26, 27 del Reglamento de prestaciones Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.

ACOMPAÑO: dos copias del presente memorial y documentos adjuntos.

Ciudad de Guatemala, diecisiete de febrero del año dos mil dieciséis.

EN MI PROPIO AUXILIO.

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