PARTE II: Presunción de Inocencia – Caso Español
Enviado por John0099 • 28 de Noviembre de 2018 • 990 Palabras (4 Páginas) • 453 Visitas
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En el caso peruano, el artículo 2°.24. e) de nuestra Constitución Política configura a la presunción o, mejor dicho, estado de inocencia, como un derecho fundamental. Así señala: “Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personales. En consecuencia, toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad”. Esta norma crea en favor de las personas un verdadero derecho subjetivo a ser consideradas inocentes de cualquier delito que se les atribuya, mientras no se presente prueba bastante para destruir dicha presunción, aunque sea mínima. Como juez del ámbito penal, bajo el nuevo sistema garantista, la presunción de inocencia ha adquirido un cariz preponderante, la cual todo juez debe de tomar en cuenta fehacientemente.
El concepto de las reglas de la experiencia que también comparto con la sentencia de la mayoría vas mucho más allá de la experiencia del juez, en muchos años de hacer lo mismo, sino que se nutre de la obligación de ser un permanente innovador de las nuevas garantías en pro del imputado, estando en permanente atención de recoger lo que es aceptado por la comunidad jurídica, dejando de lado su subjetivismo, creencias religiosas; pues la particularidad de aplicar la ley casuísticamente genera un plan permanente de evolución, pero también tiene límites con la aplicación de una ley inexistente plus o extra petita, ya que hace mucho tiempo dejamos de buscar la verdad como un asunto epistemológico y, como sostiene Givanni Tarelo, la interpretacipon judicial se entiende llevada a cabo por los órganos judiciales mediante sentencias, las cuales son una subclase de la interpretación oficial y, en la misma línea ,el juez -que es el intérprete- no descubre el significado de las normas, ni su actividad tiene por objeto las normas y es por consiguiente un acto de voluntad y un acto de conocimiento.
En el marco de todo lo anterior, considero que ambas sentencias nos permiten darnos cuenta de la importancia de la actuación de las pruebas dentro de un proceso garantista y trasparente, donde prevalezca la presunción de inocencia y donde la prision preventiva sea una medida residual tomando como punto de partida a que todo individuo es inocente hasta que se demuestre lo contrario. En tal sentido, considero que los jueces deben ser cautelosos al momento de emitir un dictamen partiendo de los preceptos basicos garantistas.
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