“Por un México Trascendente”.
Enviado por klimbo3445 • 29 de Marzo de 2018 • 3.878 Palabras (16 Páginas) • 335 Visitas
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Principio de negocio en marcha, la contabilidad asume que la entidad tiene vida futura por tal motivo las cifras son expresadas a su valor histórico, cuando el negocio entra en liquidación, los valores deberán ser expresados a valor de liquidación, lo cual representa un decremento.
6.- EXISTE OBLIGACIÓN LEGAL DE LLEVAR CONTABILIDAD. Lo marca el CC, la LGSM y desde luego la Legislación Fiscal. La mayor obligación es de lógica de los negocios y no del Derecho. No pasaría NADA si se deja de llevar la contabilidad, pues su obligación es más en sentido económico para el país, no existe un fundamento legal.
7.- LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS SON TAN IMPORTANTES COMO LOS PROPIOS NUMEROS. Estas notas explican cómo y por qué se tomaron esas decisiones. Las notas tratan las políticas contables de la empresa, políticas de inversiones, métodos para valuar inventarios, activos, etc. Estas notas suelen arrojar información fascinante sobre la vida económica de la empresa.
8.- NIF. La contabilidad es una rama de la técnica y está sujeta a interpretación por parte de los contadores, estas normas varían con el tiempo, estas normas están emitidas por el Grupo de Contadores correspondiente al Consejo Mexicano de Normas de Información Financieras, quien se encarga de analizar la evolución constante de la contabilidad y definir estas reglas.
9.- LAS AUDITORIAS NO GARANTIZAN LA VERACIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. Para saber leer los estados financieros, es necesario aprender a leer la letra chica, los estados financieros aunque están auditados no necesariamente son exactos, ni totalmente confiables, pero dan una amplia veracidad y certeza. Cabe aclarar que los contadores no son responsables de la información financiera, sino el órgano de administración. Obstante que los estados financieros estén auditados, se debe tener cuidado con el contenido y como abogado tiene mucha relevancia cuando se representa un cliente.
10.- LAS FINANZAS TIENEN QUE VER CON EL VALOR DE LAS COSAS. Principalmente con el valor económico de las decisiones ya que las finanzas nos ayuda a entender el valor de lo que nos rodea expresado en dinero, esto está ligado a dos elementos que son el tiempo y la incertidumbre.
CONCLUSIONES.
La formación más idónea para cualquier abogado es tener conocimiento de muchas otras ciencias para poder tener un mejor desarrollo profesional, debe buscar completar su conocimiento para poder tener herramientas y enfrentar de manera más objetiva los casos que se le presenten y así poder tener un punto de vista amplio.
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LA POTESTAD TRIBUTARIA.
De acuerdo con la CPEUM todos deben de contribuir al gasto público para poder solventar los egresos del Estado, y a su vez el Estado debe contar con los recursos necesarios para poder cumplir con sus funciones, cada órgano de gobierno es electo y no pueden recaudar tributos que no existan, es decir todos los tributos deben estar establecidos en la ley.
Existe un sujeto pasivo que es el deudor y un sujeto activo que es el acreedor quien tiene el derecho de exigir este cumplimiento de esta prestación.
Los tributos pueden ser pagados en especie o por moneda corriente, y los hechos que pueden ser tributados son:
- Percepción de ingresos
- Propiedad o posesión de bienes.
- Actos jurídicos.
- Consumo de bienes o servicios.
- Producción de bienes y servicios.
- Nacionalización de mercancías extranjeras,
- Otras.
Los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras o aportaciones de seguridad social, estas en conjunto son las contribuciones. Los impuestos se obtienen mayor mente del sector privado y tiene diferentes vías de recaudación que son:
- Sector central, la que ejecuta la SHCP
- Los diferentes organismos y empresas paraestatales.
- Los provenientes de endeudamiento exterior o interno.
Estos ingresos se clasifican en dos tipos básicos:
- Ordinarios: lo recaudado por el Estado.
- Extraordinarios: captados por el Estado por situaciones no previstas ene l presupuesto federal aprobado por el Congreso de la Unión.
Y a su vez estos se dividen en INGRESOS CORRIENTES DE CAPITAL, que provienen de la actividad fiscal y en INGRESOS DE CAPITAL que se obtienen a través de la SHCP.
Sin embargo el hecho de ser una persona responsable en el pago de contribuciones fiscales, no da derecho a tener una contraprestación.
La potestad tributaria es una facultad amparada en dos condiciones legales muy importantes: la constitucionalidad y la jurídico-tributaria. Marcado en el Art. 73 Fracc. VII de la CPEUM. Esta potestad tributaria no puede ser comprendida fuera de los postulados establecidos en la CPEUM, está limitada a través de una serie de principios aceptados universalmente.
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ESTUDIOS FISCALES DE POSGRADO.
Es sistema fiscal se ubica en un nivel poco menos que prehistórico, pues nuestro sistema fiscal otorga mayor autoridad profesional y jurídica a quienes menores conocimientos académicos tienen. Quienes cuentan con estudios de posgrado cuentan con iguales y a veces menores facultades jurídicas que aquellos que solo cuentan con una licenciatura. No se reconoce que cuando se cuenta con mayores conocimientos, se cuenta con mayor capacidad profesional, sin dejar de lado la experiencia.
De acuerdo al Art. 52 del CFF donde dice que se presumirá de cierto, salvo prueba de lo contrario en cuanto a los dictámenes presentados por los Contadores Públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes o las operaciones de enajenación de acciones que realice…… también existen disposiciones análogas para las COP y aportaciones del INFONAVIT. En conclusión esto significa que legalmente quien cuenta con título profesional de Contador Público puede emitir los dictámenes marcados en el Artículo de referencia.
En el Art.
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