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RESUMEN DEL TEXTO “EL DERECHO ROMANO EN LA HISTORIA DE EUROPA”

Enviado por   •  7 de Febrero de 2018  •  6.707 Palabras (27 Páginas)  •  702 Visitas

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EL IMPERIO Y EL DERECHO

La crisis de la República se hizo manifiesta con la debilidad de la dirección política. La solución de Julio Cesar entonces fue fortalecer el gobierno en detrimento de las estructuras jurídicas tradicionales.

Una vez finalizada la Republica el primer emperador, Augusto, prometió mantener la estructura política de la constitución republicana tradicional; no obstante, instituciones como los comicios fueron perdiendo paulatinamente relevancia y en su lugar las resoluciones del senado adquirieron fuerza de Ley. Igual suerte corrieron la figura de los pretores, a quienes sus decretos podían ser apelados por el emperador; además de ello se crearon jurisdicciones extraordinarias de funcionarios imperiales que le fueron restando cada vez más competencia a los tribunales dirigidos por los pretores.

De otra parte, el propio emperador asumió poderes legislativos provocando que las constituciones imperiales fueran reconocidas como fuente del Derecho.

LOS JURISTAS EN EL PERIODO CLASICO

Uno de los principales impulsores del desarrollo jurídico en el periodo clásico fue el trabajo de los juristas. “Al lado de las fuentes autoritarias del derecho (leyes senadoconsultos, constituciones imperiales), …la jurisprudencia del principado continuo cumpliendo la misión de guiar la evolución del Derecho”[1]. “Tan relevante fue el trabajo de los juristas, que el emperador Adriano dispuso que si las opiniones de todos los juristas con esta facultad eran unánimes tendrían la consideración de ley. De igual forma, Augusto “creo el ius respondendi mediante el cual se le concedía el privilegio a destacados juristas de emitir opiniones lex auctoritate sua”[2]

El Derecho de los juristas del periodo clásico tenía las siguientes características: primero. Era común en ellos seguir las ideas de uno o varios juristas que les precedían (especie de escuelas), sobre los cuales hacían citas así no se estuviera de acuerdo en algunos de sus preceptos. Segundo. Solo eran grandes conocedores del derecho privado (dejando a un lado el derecho público). Tercero. Se ocupaban de la práctica cotidiana del derecho y reconocían cuando era necesario reformar y modificar una norma. Cuarto. Disfrutaban de completa libertad para expresar opiniones divergentes.

El derecho en esta época fue producto de la controversia. Las técnicas utilizadas diferían según que el derecho aplicable tuviese o no forma escrita.

Dicha controversia era avivada en esa época por las escuelas, en las cuales se agrupaban los juristas según sus concepciones: los Proculeyanos y los Sabinianos.

“Los sabinianos y sobre todo su maestro Capitón, hubieron de adoptar una posición conservadora en el estudio del derecho mientras que los Precluyano siguiendo a Labeon, fueron eminentemente progresivos e innovadores”[3]

LA ORDENACION DEL DERECHO

El proceso de ordenar el Derecho comenzó en los últimos tiempos de la republica bajo la influencia de los métodos griegos de clasificación.

Como uno de los referentes de la ordenación del derecho tenemos al jurista Quintus Mucio Escevola quien publicó un pequeño tratado sobre el Derecho civil debiendo ser el primero en “ordenar el derecho por categorías[4]. Posteriormente Masurio Sabino

Otro hombre representativo en la ordenación del derecho romano fue Gayo quien basaba la clasificación del Derecho en tres partes: Personas, cosas y acciones. La obra de Gayo se enmarca dentro de la cúspide del periodo clásico. Su esquema contenía varios elementos novedosos. Incluía a las acciones entre los fenómenos jurídicos clasificándolos en paralelo a las personas y las cosas.

LA CULMINACION DE LA JURISPRUDENCIA CLASICA

“En los inicios del siglo III d.C el emperador Caracalla promulgó la Constitutio Antoniniana que tuvo el efecto de convertir a la mayor parte de los habitantes de Roma en ciudadanos romanos. El Derecho romano tuvo su cúspide pocos años después de la promulgación del citado edicto, sobre todo a través de las obras de Papiniano, Paulo y Ulpiano quienes tiempo después fueron considerados los juristas más sobresalientes. El periodo clásico finaliza con la muerte de Ulpiano en el año 223 d.C. después de este suceso se agota la productividad literaria de la jurisprudencia clásica, sigue una época de autores anónimos en cuyas manos la herencia clásica pierde su plenitud vital y su profundo sentido y se trasforma en un mero saber elemental”[5]

LA DIVISION DEL IMPERIO

Con la conquista del poder por parte de DIOCLECIANO (año 284 a.C.), se abrió el período de la decadencia. Durante su gobierno se dividió el imperio en dos mitades, Oriental y Occidental en donde cada una tenía su propio emperador.

A partir de allí se dieron incontables levantamientos y guerras civiles, así como invasiones de los pueblos bárbaros, a quienes resultaba cada vez más difícil contener. En el año 330 el emperador Constantino traslada la capital del Imperio a la pequeña ciudad de Bizancio, y a la que da el nombre de Constantinopla. Este emperador se convierte al cristianismo y lo reconoce como religión oficial del Estado. En el año 395 Teodosio I divide el Imperio entre sus dos hijos; adjudican a Honorio el Imperio de Occidente con capital en la ciudad de Ravena, al norte de la península Itálica mientras que el Imperio de Oriente con capital en la propia Constantinopla queda en manos de Arcadio. Al Imperio de Occidente le esperaba una vida breve. En el año 410 Roma es saqueada por el rey bárbaro Alarico y pocos años después, en el 476, el último emperador de Occidente –que curiosamente lleva el mismo nombre que el fundador de Roma Rómulo Augústulo- se rinde ante el avance incontenible de las invasiones germánicas y es destronado por Odoacro. El imperio de Oriente o Imperio bizantino tendrá todavía una larga existencia en la que gozara de momentos de triunfo hasta su caída, cuando la ciudad de Constantinopla es tomada por los turcos en el año 1453.

La nueva religión de manera intensa la supremacía del emperador, dado que el mismo se convirtio

EL DERECHO POSCLASICO Y EL PROCEDIMIENTO

El procedimiento jurídico se burocratizo, el tradicional procedimiento formulario que dividía la acción en dos partes fue reemplazada por el procedimiento de la cognitio, en el que el iudex sería un juez profesional seleccionado de manera oficial. Se pasó

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