Registro Patronal por Clase
Enviado por Ensa05 • 9 de Enero de 2019 • 1.446 Palabras (6 Páginas) • 560 Visitas
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Este trámite es muy sencillo y se puede efectuar a través del programa denominado IMSS Desde Su Empresa (IDSE). El trámite, de efectuarse por medios electrónicos, tiene un lapso de respuesta de 24 horas, sin embargo de realizarse de manera presencial podría llevar hasta un par de semanas.
El tema de la carga administrativa es en un aspecto a considerar en de la implementación de un RPC, considerando que si anteriormente se contaba con un registro patronal ordinario, con la incursión en los RPC podríamos tener hasta cinco (uno por cada clase), esto dependiendo de las actividades de los clientes con los que se tengan celebrados contratos.
Si las operaciones del patrón o la empresa registrada son realizadas en diferentes localidades, el RPC bien podría ser la solución al problema que se presente en ocasiones ya que la Ley del Seguro Social nos puede exigir que tengamos un RP por cada localidad donde se encuentre ubicado algún centro de trabajo, pero en este caso la gran mayoría de los outsourcing no cuentan como tal con múltiples centros de trabajo.
Una vez tomada la decisión de solicitar el Registro Patronal por Clase, el primer paso es definir la estrategia para registrar a los trabajadores, siendo la mejor opción el efectuar una migración de nuestros actuales trabajadores a los nuevos registros. Para esto debemos de tomar algunos aspectos en cuenta y efectuar diversas acciones con antelación para evitar conflictos entre los trabajadores, los clientes y las propias autoridades del Seguro Social.
Por cada uno de los trabajadores seleccionados para reclasificarse se requieren dos movimientos: la baja en el registro patronal ordinario y el alta en el RPC que corresponda.
Se recomienda: efectuar los movimientos de alta y esperar hasta tener la confirmación del IDSE, para efectuar el movimiento de baja del registro patronal de origen.
INFONAVIT
En estos casos el INFONAVIT no se ve afectado por la ubicación geográfica de los trabajadores ni por el domicilio fiscal del registro patronal de donde provengan las aportaciones, por lo cual no tienen ningún efecto en el otorgamiento de los créditos a los trabajadores, pero se tendría que tomar algunas aspectos en consideración ya que se puede presentar algunos casos como son:
- Que algún trabajador este en proceso de un crédito.
Si el trabajador es dado de baja en el registro patronal en el que cotiza, el trámite de solicitud de crédito se verá suspendido. Por lo cual la mejor opción para estos casos es realizar una encuesta para saber si algún trabajador está solicitando algún crédito, de ser el caso lo mejor es postergar su movimiento ante el IMSS.
- Trabajadores con sus puntos completos.
El INFONAVIT, lleva un sistema de calificación para otorgamiento de créditos. Dicho sistema está completamente formulado para el cálculo de los puntos de distintas formas como son:
- Edad
- Salario de Cotización.
- Bimestres continuos con un mismo patrón.
Por lo que si realizamos el cambio los puntos por continuidad se verá afectado, ya que este se reiniciara.
Estos problemas se pueden evitar si el patrón presenta una “asociación de registros patronales”. Con este trámite se le notifica al INFONAVIT que, en efecto, somos el mismo patrón y que la relación del trabajador no se suspenderá, ya que el cambio es solo administrativo.
- Trabajadores incapacitados
De acuerdo con la ley del Seguro Social, todos los movimientos de baja en trabajadores que se encuentren incapacitados no procederán. Por lo que antes de efectuar el traspaso de los empleados de un registro a nuestro nuevo registro patronal por clase, se tendrá que verificar que no se considere para estos movimientos a los empleados en dicha situación. En estos casos, habrá que esperar hasta estar seguros y tener los documentos que verifiquen que el trabajador está dado de alta medicamente.
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