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Resumen Derecho Mercantil

Enviado por   •  23 de Julio de 2018  •  1.041 Palabras (5 Páginas)  •  460 Visitas

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En cuanto tiempo se publicara la Noticia de cese de Operación en los Treinta (30) Posteriores del Cese. Cualquier interesado podrá demandar judicialmente la cancelación de la inscripción de la disolución, los administradores serán solidariamente responsables de las operaciones iniciaren con la posterioridad al vencimiento del plazo de duración de la Sociedad.

Aun disuelta la Sociedad esta aun conservara su Responsabilidad Jurídica, La liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores, quienes serán administradores y representantes legales de la sociedad a falta de disposición de la escritura constitutiva, el nombramiento de liquidadores se hará por acuerdo de los socios en los casos en que la sociedad se disuelva.

Mientras no haya sido inscrito en el Registro Público de Comercio el nombramiento de los liquidadores y estos no hayan entrado no funciones, los

Administradores continuarán en desempeño de su encargo, esta liquidación se practicara de acuerdo a las normas fijadas, Nombrados los liquidadores, los administradores les entregarán mediante inventario, todos los bienes, libros y documentos de la sociedad.

Los liquidadores tendrán las siguientes facultades:

- Concluir las Operaciones

- Cobrar lo que se deba a la Sociedad

- Vender los bienes de la Sociedad

- Practicar el Balance Final de Liquidación.

- Liquidar a cada Socio.

- Depositar en el Registro público de comercio el balance final.

Los socios pueden pueden acordar los repartos parciales, El acuerdo sobre distribución parcial deberá publicarse en la misma forma y para los mismos efectos que el acuerdo de reducción del capital.

Como se Distribuirá ante los Socios:

- Si los bienes que constituyen a la sociedad son fácilmente divisibles en él debe,

- En el activo social se encontraren los mismos que fueron aportados por algún socio

- Si los bienes fueron de diversa Naturaleza

En los Artículos 339 y 340 nos explican cómo se deben de entregar los fondos y como se deben distribuir estos mediante lo establecido en la ley. Aprobado el balance general, los liquidadores procederán a hacer a los accionistas los pagos que correspondan

El las transformaciones de las sociedades se aplicarán los preceptos contenidos en los artículos:

Del 344 al 354 en los cuales nos explica la fusión o la nueva creación de una nueva Sociedad con las ya disueltas, su constitución se sujetará a los principales que rijan la constitución de la sociedad a cuyo género haya de pertenecer. El acuerdo de fusión debe inscribirse en el Registro Público de Comercio del domicilio de cada una de las sociedades fusionadas la fusión tendrá efecto a partir de los tres meses de las referidas publicaciones.

La fusión tendrá efecto a partir de su INSCRIPCION si se pagaren todas las deudas, El certificado en que se haga constar el depósito deberá publicarse conforme al artículo 347.

Conclusión

Hay diversas formas en la que una Sociedad puede dejar de practicar sus operaciones, pero también hay diversas formas en que uno de sus socios pueda librarse de la responsabilidad o retirarse según lo convenido pactado unánimemente, también se explicó las Fusiones que pueden haber, quien es el encargado de velar por cobrar y pagar las responsabilidades de la Sociedad.

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