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Resumen procesal 1

Enviado por   •  28 de Septiembre de 2018  •  2.854 Palabras (12 Páginas)  •  230 Visitas

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- QUE LA NORMA SEA CLARA E INEQUÍVOCA. Art. 10 LOJ. (dura lex, sed lex)

- QUE LA APLICACIÓN DE LA NORMA SEA DUDOSA.

- QUE NO EXISTA NORMA APLICABLE.

En los casos de los incisos b y c los jueces no pueden dejar de resolver. Art. 15 LOJ. Iniciativa de Ley. Art. 174 CPRG

CLASES DE INTERPRETACIÓN:

EN CUANTO A LOS SUJETOS O INTERPRETE.

- AUTENTICA.

- JUDICIAL o USUAL

- DOCTRINAL.

POR SU MÉTODO:

- GRAMATICAL. Art. 11 LOJ.

- LOGICA. Art. 10 liter. A) LOJ.

- TELEOLOGICA

POR SU RESULTADO o EFECTOS:

- DECLARATIVA. Persigue fijar con mayor claridad y

exactitud la ley atendiendo su texto.

- EXTENSIVA

RESTRICTIVA.

INTEGRACIÓN DE LA LEY.

Ausencia de Ley o Lagunas Legales. Art. 1 LOJ

Los medios principales para que el juzgador pueda integrar la ley son la Analogía y los Principios Generales del Derecho.

- LA ANALOGÍA.

Es permitida solo en casos expresos. Arts.10 literal d), y 15

LOJ. 14, 2º párrafo CPP, que establece que la analogía

solo puede emplearse si favorece la libertad y el ejercicio

de las facultades del imputado.

- LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.

Consiste en aludir los conceptos directrices o fundamentales

que constituyen la parte medular de un determinado sistema

jurídico. Carneluti, citado por M. Aguirre Godoy dice que

representan el espíritu o la esencia de la ley.

PARTE FINAL

CLASES DE SUJETOS PROCESALES.

- SIMPLES. Un sujeto procesal, activo o pasivo.

- MÚLTIPLE O PLURAL.

- PRINCIPALES.

- ACCESORIOS.

- ORIGINALES. Comparecen como demandante y demandado, pero desde un principio.

- INTERVINIENTES: Comparecen al proceso con posterioridad a su iniciación, el órgano jurisdiccional les llama a participar. Entre ellos

- FORZADOS U OBLIGADOS: Deben participar porque han sido llamados a intervenir en la litis. Ejemplo:

En el proceso penal, el tercero civilmente demandado, cuando es llamado al proceso.

VOLUNTARIOS: Participan en el proceso en defensa de sus propios derechos de manera voluntaria.

Ejemplo: La tercería excluyente.

- CON INTERÉS PROPIO

- SIN INTERÉS PROPIO. Participan en nombre de otro y no en nombre propio. Ejemplo: el MP.

CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES:

CAPACIDAD JURÍDICA Y PROCESAL. Solo los que se encuentra en el pleno goce de sus derechos pueden serlo. Art. 44 CPCYM, Capacidad procesal.

LEGITMACION: ACTIVA Y PASIVA.

REPRESENTACION PROCESAL. Hablar de:

- MENORES DE EDAD.

- PERSONAS INDIVIDUALES Y JURÍDICAS.

- ENTIDADES PUBLICAS.

PLURALIDAD DE PARTES.

Se refiere a la pluralidad de sujetos, bien sea de actores o demandados, que puedan o deban actuar en un proceso.

HABLAR DE LA REPRESENTACIÓN COMÚN. Art. 46 CPCYM. UNIFICACIÓN DE PERSONERÍA.

La doctrina contempla: El litisconsorcio y la intervención voluntaria.

EL LITISCONSORCIO. Particular del derecho civil. En el los litigantes se muestran reunidos en una especie de comunidad, de consorcio procesal. Puede ser Necesario o Facultativo. Arts. 53 y 54 del CPCYM. Ejemplos: Necesario, en un desahucio que deba promoverse contra varias familias si se pretende que todas abandonen el inmueble. Sería facultativo si solo se pretende que una parte de ellas abandonen el inmueble.

CLASES DE LITISCONSORCIO:

- Activo.

- Pasivo.

- Mixto.

- Conexidad por título.

- Conexidad por causa.

- Necesario.

- Voluntario.

INTERVENCIÓN VOLUNTARIA. En el CPCYM, Art. 56 se Regula como Intervención voluntaria; como opositor o coadyuvante. Y el Art. 57, a instancia de parte.

TERCERIA. Aquí no hay comunidad, sino antagonismo, el tercero aparece agregándose a la controversia como demandante o demandado. Arts. 547 al 554

LA ACCIÓN PROCESAL.

Definición: (Couture, citado por Crista Ruiz) La acción es el poder jurídico que tiene doto sujeto de derecho, de acudir al órgano jurisdiccional para reclamar la satisfacción de una pretensión.

Definición: (Couture, citado por Crista Ruiz) La acción es el poder jurídico que tiene doto sujeto de derecho, de acudir al órgano jurisdiccional para reclamar la satisfacción de una pretensión.

ACEPCIONES:

- Como sinónimo de Derecho.

- Como sinónimo de Pretensión.

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