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RÉGIMEN COMERCIAL Y DE INVERSIONES.

Enviado por   •  4 de Mayo de 2018  •  5.235 Palabras (21 Páginas)  •  258 Visitas

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Fuente: Información proporcionada por el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD).

- Desde su examen anterior, la República Dominicana ha realizado cambios importantes al marco institucional de la inversión extranjera. En 2003 se promulgó la Ley N° 98-03 que estableció el Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) como el organismo oficial responsable de promover las inversiones nacionales e internacionales en el país. A partir de la promulgación de esta Ley, la Oficina para la Promoción de Inversiones de la República Dominicana (OPI-RD), que había sido creada en 1997, quedó incorporada al CEI-RD y sus atribuciones pasaron al control de este último organismo.[9] Del mismo modo, en virtud de la Ley N° 98-03 se traspasaron al CEI-RD todas las funciones relativas al Registro de la Inversión Extranjera que hasta entonces habían sido responsabilidad del Banco Central.[10]

- Los cambios introducidos por la Ley N° 98-03 han sido incorporados en la Ley de Inversiones Extranjeras y en el nuevo Reglamento de Aplicación del Registro de la Inversión Extranjera (N° 214-04), promulgado en marzo de 2004. Dentro de los 180 días siguientes a la realización de una inversión, la empresa o el inversionista extranjero debe solicitar su registro ante el CEI-RD y presentar las informaciones necesarias para la expedición del certificado de registro.[11] Una vez recibida la información requerida, el CEI-RD cuenta con un plazo de 15 días laborales para procesarla y emitir el certificado correspondiente. Si bien el registro es obligatorio y necesario para la obtención de datos estadísticos, no se prevén sanciones en caso de incumplimiento.[12] El registro de las inversiones extranjeras en las zonas francas se efectúa ante el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, el cual debe comunicarlo al CEI-RD.

- Los inversionistas extranjeros pueden remitir al exterior, sin necesidad de autorización previa del Banco Central, el monto total del capital invertido, las utilidades y los beneficios anuales netos, siempre que cumplan con las obligaciones tributarias correspondientes. También se pueden repatriar las obligaciones resultantes de Contratos de Servicios Técnicos donde se establezcan honorarios por concepto de transferencia de tecnología y/o contratos para la fabricación local de marcas extranjeras que incluyan cláusulas de pago de regalías, siempre que dichos contratos y los montos o procedimientos de los pagos involucrados, hayan sido previamente aprobados por el CEI-RD.[13]

- Con objeto de brindar protección jurídica a la inversión extranjera y alentar los flujos de IED, la República Dominicana ha suscrito acuerdos de promoción y protección recíprocas a las inversiones con varios de sus socios económicos, la mayoría de los cuales entraron en vigor durante el periodo bajo examen. Al 2008, la República Dominicana mantenía acuerdos vigentes con la Argentina, Corea del Sur, Chile, Ecuador[14], España, Finlandia, Francia, Italia, Marruecos, los Países Bajos, Panamá, Suiza y el Taipei Chino.[15] Asimismo, estaba negociando acuerdos con 16 países más.[16] Adicionalmente, la República Dominicana ha adoptado disposiciones en materia de inversión en el marco de los acuerdos de libre comercio con la Comunidad del Caribe, el Mercado Común Centroamericano, y el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos, los países Centroamericanos y la República Dominicana (DR-CAFTA).

- La República Dominicana es miembro del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) y de la Corporación para la Inversión Privada en el Extranjero. En marzo de 2000, firmó el Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados. Asimismo, ratificó la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, que entró en vigor en julio de 2002, y firmó, pero aún no ha ratificado, la Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional.

- Con objeto de evitar la doble tributación, la República Dominicana mantiene un acuerdo con el Canadá y, a mediados de 2008, se encontraba en proceso de negociar acuerdos tributarios con Chile, España, Kuwait, la República Checa, Rusia, el Taipei Chino y Trinidad y Tabago. Con Estados Unidos, la República Dominicana mantiene un acuerdo de intercambio de información tributaria.

- Relaciones Comerciales Internacionales

- Organización Mundial del Comercio

- La República Dominicana se adhirió al GATT en 1950 y se convirtió en Miembro de la OMC en marzo de 1995, una vez que el Congreso Nacional aprobó el Acuerdo de Marrakech.[17] La Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores representa al país ante la OMC.

- La República Dominicana participó en las negociaciones sobre las telecomunicaciones posteriores a la Ronda Uruguay y aceptó el Cuarto Protocolo anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS), así como el Documento de Referencia anexo al Protocolo de Telecomunicaciones. Igualmente, participó en las negociaciones sobre servicios financieros y firmó ad referéndum el Quinto Protocolo anexo al AGSC, el cual ratificó en junio de 2003.[18] En julio de 2006, la República Dominicana se adhirió al Acuerdo sobre Tecnología de la Información. La República Dominicana otorga el trato NMF, como mínimo, a todos sus interlocutores comerciales.

- En el marco del presente examen, las autoridades dominicanas han señalado que esperan beneficios concretos de la conclusión exitosa de la Ronda Doha para el Desarrollo. En el área de agricultura, buscan la eliminación de los subsidios a las exportaciones, la reducción de las medidas de ayuda interna y un mayor acceso a los mercados. Igualmente, esperan mayor previsibilidad en los aranceles de productos no agrícolas, la adopción de medidas para facilitar el comercio y una mejor definición de las reglas comerciales. Las autoridades también han indicado que otorgan prioridad a la agenda comercial multilateral. Asimismo, consideran que los acuerdos preferenciales deben ser convergentes con la agenda multilateral y encaminados a profundizar la apertura e inserción de la economía dominicana en la economía global.

- La República Dominicana participa activamente en los trabajos de la OMC y en las negociaciones de la Ronda Doha para el Desarrollo, donde ha presentado numerosas propuestas, ya sea a título individual o conjuntamente con otros Miembros, en particular en los temas de agricultura, servicios (turismo, financieros y telecomunicaciones básicas) y subvenciones a la exportación. Además, la República Dominicana ha concedido especial atención

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