SEGUNDA PRESENCIAL EXAMEN DE CONSTITUCIONAL SESION 19 LA NACIONANLIDAD
Enviado por Rebecca • 10 de Octubre de 2018 • 10.079 Palabras (41 Páginas) • 324 Visitas
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- Garantía a la vida.
- A la prohibición de incomunicación o tortura.
- El derecho al debido proceso.
- El derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.
2.- Derechos de los pueblos indígenas.
- El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, su hábitat y derechos originarios.
- Mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto.
- Derecho a una salud integral que considere sus prácticas y culturas.
- Derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio de sus actividades productivas tradicionales.
- Derecho a su participación en la economía nacional y a definir sus prioridades.
- Derecho a servicios de formación profesional y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación.
- Derecho a los servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.
- Derecho a la protección de la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas.
- Derecho a la participación política de los pueblos indígenas.
3.- DERECHOS CIVILES:
- Derecho a la vida.
- El reconocimiento de la personalidad jurídica.
- La protección de la familia.
- La igualdad ante la ley.
- La nacionalidad.
- La libertad personal y la prohibición de prácticas de desaparición forzosa.
- La integridad personal, física, psíquica y moral.
- No ser sometido a esclavitud o servidumbre.
- La libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- La legalidad y la retroactividad de las leyes.
- El debido proceso.
- Derecho de asociarse con fines lícitos.
- El amparo constitucional,
- La participación, el sufragio y el acceso a la función pública y la información.
4.- DERECHOS SOCIALES:
- Derecho a la vivienda, derecho a la protección de la familia, protección a la maternidad y paternidad, derecho a la salud.
5.- GARANTÍAS CONSTITUCIONALES:
- Garantía a la vida.
- A la prohibición de incomunicación o tortura.
- El derecho al debido proceso.
- El derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.
6.- EXPLIQUE BREVEMENTE LA INNOVACION EN MATERIA DE DERECHO QUE FUE INCLUIDA CON LA CONSTITUCION DE 1999.
La innovación fue la incorporación en la Constitución de normas relativas a los derechos de los pueblos indígenas (art.119 al 126) que comienzan en el artículo 119, por el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas, así como de las formas ancestrales de organización, de sus culturas y de sus costumbres.
SESION 24 TUTELA DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES
1.- Limitaciones del amparo.
La ley expresa que no se admitirá la acción de amparo:
- Cuando haya cesado la violación o la amenaza de violación del derecho o la garantía constitucional.
- Cuando la amenaza no sea inmediata, posible o realizable.
- Cuando constituya un daño irreparable que no le permita al Juez de amparo restablecer la situación jurídica subjetiva infringida.
- Cuando haya sido aceptada expresa o tácitamente por el agraviado, estableciéndose un lapso de seis meses para la prescripción de la acción después de la violación.
- A los fines de evitar la continencia de la causa: no se admitirá amparo cuando se haya optado por recurrir a otras instancias judiciales.
- No se admitirá el amparo contra decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, por el ser el más alto Tribunal de la República y por ello contra sus decisiones no habrá apelación alguna.
- Cuando esté pendiente otra acción.
2.- Explique el Habeas Corpus
Es la acción de amparo a la libertad o seguridad a la que tiene derecho una persona detenida, para que sea puesta bajo custodia de un Tribunal de manera inmediata.
SESION 25 EL ESTADO DE EXCEPCION
1.- Órganos que regulan los estados de excepción.
El estado de excepción debe ser decretado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, dentro de los 8 días siguientes a su promulgación, debe remitirlo a la Asamblea Nacional o en su caso a la Comisión Delegada para su consideración y aprobación, y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para que se pronuncie sobre su constitucionalidad., debe revisar y decidir si el Decreto cumple los requisitos previstos en la Constitución y en la ley, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y enla Convención Americana sobre Derechos Humanos. Este decreto debe ser publicado en la Gaceta Oficial.
2.- El derecho a amparo se puede suspender en un estado de excepción.
No, el derecho a amparo no se puede suspender en un estado de excepción debido a que nuestra Constitución no admite la suspensión de ningún derecho sino su restricción parcial y temporal. El artículo 337 de la Constitución señala que “podrán ser restringidas temporalmente las garantías
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