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SISTEMA ESTATAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES

Enviado por   •  27 de Abril de 2018  •  1.471 Palabras (6 Páginas)  •  338 Visitas

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El estado que solicita la entrega del sujeto (delincuente) se le denomina estado requirente, mientras que al que se solicita la entrega se le denomina estado requerido.

Existen diferentes clases de extradición: activa, pasiva, en tránsito y re extradición.

- La extradición activa consiste en la solicitud efectuada por el estado requirente de la entrega del sujeto.

- La extradición pasiva consiste en la entrega del sujeto por parte del estado requerido.

- La extradición en tránsito, es la autorización dada por un tercer estado para que el sujeto sea trasladado a través de su territorio o espacio aéreo.

- La re extradición, se produce cuando el estado que ha concedido la entrega, lo entrega a un tercer estado que también lo reclama.

FUNDAMENTO LEGAL PARA EL PROCESO DE EXTRADICIÓN EN MÉXICO

El marco jurídico que contiene el fundamento legal de la extradición es muy amplio, encontrando sustento en los siguientes dispositivos legales:

- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

- Ley Orgánica del Poder Judicial Federal.

- Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

- Reglamento de la Ley Orgánica de la PGR.

- Ley de Extradición Internacional.

PROCEDIMIENTO DE EXTRADICIÓN

La cooperación internacional para aplicar la ley se ha reconocido como un rasgo distintivo de la civilización, ya que los crímenes no deben quedar impunes por el solo hecho de que sus presuntos autores crucen una frontera estatal.

Se trata de un proceso legal que incluso ya existía en el antiguo Egipto, la extradición se plasma y se lleva a cabo por regla general con base en tratados internacionales signados por los gobiernos de los respectivos países participantes en el proceso de entrega. El procedimiento de extradición internacional se rige fundamentalmente, por lo dispuesto en el art. 119 de la Constitución federal en su tercer párrafo, este procedimiento inicia con:

- LA SOLICITUD

El país solicitante puede pedir la detención provisional de una persona cuando el individuo se encuentra en libertad, o bien realizar la petición cuando ya esté detenido.

- ANÁLISIS DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

Dicha solicitud debe ser analizada en primera instancia por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y si esta considera que hay elementos para darle trámite, la turna a la PGR para que ésta notifique a un Juez de Distrito.

- DETENCIÓN POR 60 DÍAS

Al estar la solicitud con el Juez de Distrito, este con las facultades propias de su cargo, ordena la internación preventiva hasta por un plazo de 60 días, generalmente la retención se hace en un centro penitenciario estatal o federal según el delito que se le impute al requerido, esta parte del trámite será notificada al país solicitante por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

- ANÁLISIS DEL JUEZ

El individuo tiene derecho a una audiencia preliminar en la que el Juez de Distrito le da a conocer las causas de la petición de extradición y el sujeto puede nombrar a un defensor, esto se conoce como audiencia principal.

- LIBERTAD

Después de que el Juez analiza el caso, incluyendo las circunstancias personales del detenido y la gravedad del delito, puede concederle la libertad bajo fianza.

AUTORIZACIÓN A LA EXTRADICIÓN

La otra posibilidad es que el Jue de a la Secretaría de Relaciones Exteriores una opinión jurídica en la que considere procedente la extradición, sin embargo la decisión final recae en la propia cancillería (Secretaría de Relaciones Exteriores).

Esto implica que el proceso pueda tardar de 6 meses a 1 año, aunque de ser urgente podría tomar solo días. Lo pueden acelerar si la persona es detenida hoy y la otra semana el departamento de estado formaliza la petición con todos los documentos y obligan a que el juez opine, cumplido este requisito de formalidad y debido proceso la Secretaría de Relaciones Exteriores puede iniciar la extradición.

AMPARO

Este recurso puede presentarse en 2 momentos: cuando el Juez esté por analizar la solicitud de extradición o cuando la Secretaría de Relaciones Exteriores comunique al país solicitante que está de acuerdo con su petición.

Estos amparos nunca llegan a un buen término, porque no hay ilegalidades en esos procedimientos, no hay violación de garantías, son meramente estrategias de defensa que no llegan a ningún fin práctico

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