Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

TRABAJO DE DESPACHO.

Enviado por   •  4 de Junio de 2018  •  3.685 Palabras (15 Páginas)  •  213 Visitas

Página 1 de 15

...

6.- El correlativo de hechos de la demanda que se contesta, es falso, por lo tanto se niega, toda vez que los C.C. JOSEFINA CERVANTES MARTÍNEZ Y ADDY LÓPEZ CÓRDOVA, no les constan los hechos relacionados a la presente demanda.

NEGACIÓN DEL DERECHO

ÚNICO.- Desde este momento niego el derecho que pretende hacer valer la señora AZALEA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA, pues los preceptos que pretende aplicar al caso concreto, resultan a toda luces inaplicables, ya que no se dan ninguno de los supuestos que argumenta, pues no tienen ninguna relación con la demanda amén de que no coinciden con la realidad histórica de los hechos.

EXCEPCIONES

I.- FALTA DE ACCIÓN Y DERECHO.- Se opone frente a toda la demanda, especialmente a las manifestaciones vertidas por la señora AZALIA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA toda vez que no les asiste ningún derecho a reclamar alimentos, ya que ella percibe un sueldo bastante y suficiente mayor al mis ingreso, y no hemos procreado hijos, pues si no fuera así de dónde obtiene ahora para sus gastos e inclusive para sufragar los gastos del abogado que la asesora ya que esta como dice no trabaja y el suscrito supuestamente no le doy lo suficiente para el gasto.

II.- DE FALSEDAD, Toda vez que la señora AZALIA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA, narra hechos completamente falsos tratando de sorprender la buena fe de la autoridad jurisdiccional.

III.- LA DE PROPORCIONALIDAD DE LOS ALIMENTOS, que se hace consistir en el hecho de que si me fijaran cantidad alguna por concepto de pensión alimenticia, esta sea conforme al principio de proporcionalidad que establece el artículo 307 del Código Civiles del Estado de Tabasco, apegándose al hecho de que los alimentos deben ser proporcionados de conformidad con las posibilidad económica de quien los proporciona y la necesidad de quien lo necesita. Y la demandante AZALIA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA, no los requiere, ya que labora formalmente como lo demostraré en su momento procesal oportuno.

PRUEBAS

Con fundamento en el Artículo 531 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, en mi favor ofrezco las siguientes probanzas:

1.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todas y cada una de las constancias que obran en autos del expediente y juicio en que se actúa y de aquellas que lleguen a formar parte del mismo, todo en cuanto favorezca mis intereses, relacionando esta prueba con todos y cada uno de los puntos de contestación a los hechos de la demanda.

2.- PRESUNCIONAL, en su doble aspecto LEGAL Y HUMANA, consistente en las consecuencias que la ley o ese H. Juzgado deduzcan de aquellos hechos conocidos para averiguar la verdad de los desconocidos, todo en cuanto favorezcan mis intereses, relacionando esta prueba con todos y cada uno de los puntos de contestación a los hechos de la demanda, en términos del Artículo 304 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

3.- CONFESIONAL, que estará a cargo de la C. AZALIA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA, a quien solicito se le cite personalmente en el domicilio señalado en su escrito de demanda, para que comparezca ante ese H. Juzgado en la hora y fecha que se señale para la recepción de dicha prueba, debiéndola apercibir que para el caso de no comparecer sin justa causa en la hora y fecha señalada exprofeso, se le tendrá por fictamente confesa de todas y cada una de las posiciones que se contienen en el pliego que exhibo en sobre cerrado agregado a este escrito, encontrando relación esta prueba con todos y cada uno de los puntos de contestación a los hechos de la demanda, en términos del Artículo 251 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

4.- DECLARACION DE PARTE, a cargo de la señora AZALIA ERIKA JIMÉMEZ GARCÍA, a quien solicito se le cite personalmente en el domicilio señalado en su escrito de demanda para que comparezca ante ese H. Juzgado en la hora y fecha que se señale para la recepción de dicha prueba y que declare conforme al interrogatorio que en el acto del desahogo le formularé personalmente o por conducto de mi Abogado Patrono, de manera verbal, debiendo apercibirla en términos del artículo 261 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, para el caso de su incomparecencia, esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos de contestación a los hechos de la demanda, en términos del artículo 259 del ordenamiento antes invocado.

5.- TESTIMONIAL, que estará a cargo de los señores JUAN PABLO MENA FUENTES y ADULFO CRUZ VENTURA, a quienes me comprometo a presentar en la hora y fecha que se señale para la recepción de esta prueba y quienes serán interrogados al tenor de las preguntas que en el momento de su comparecencia les formularé, esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los puntos de contestación a los hechos de la demanda, en términos del Artículo 291 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

6.- LA DOCUMENTAL PUBLICA, consistente en el informe que

7.- SUPERVINIENTES

Por lo antes expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZA CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL EN EL MUNICIPIO DE CÁRDENAS, TABASCO, atentamente pido:

PRIMERO.- Me tenga por presentado con este escrito, dando contestación en tiempo y forma a la demanda instaurada en mi contra por la señora AZALIA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA, oponiendo defensas y excepciones, por ofreciendo pruebas y señalando domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones.

SEGUNDO.- Solicito a su señoría se gire oficio al departamento de Recursos Humanos de la Secretaría de Educación Pública del estado de Tabasco en la capital del estado, específicamente al departamento de Telesecundaria, ubicado en Av. Paseo Usumacinta Gil y Sáenz Col. El Águila, s/n, c.p. 86080, Centro, Tabasco para que rinda informe sobre la categoría, estatus y sueldo acerca de la plaza de maestra de Telesecundaria de la C. AZALIA ERIKA JIMÉNEZ GARCÍA.

TERCERO.- Señalar hora y fecha para que tenga verificativo la Audiencia de Pruebas y Alegatos.

CUARTO.- En su oportunidad previo los trámites legales dictar sentencia definitiva mediante la cual se cancele el embargo provisional a mi sueldo acorde a lo planteado en este escrito y lo que arrojen las pruebas ofrecidas.

QUINTO.- Tenerme por designando como mi ABOGADO PATRONO, al Licenciado LUIS ARTURO GÁMEZ NARANJO, en términos del artículo 85 y demás relativos aplicables del Código de Procedimientos

...

Descargar como  txt (22.9 Kb)   pdf (73.6 Kb)   docx (23.1 Kb)  
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club