TRABAJO PRACTICO CONSUMIDOR.
Enviado por Stella • 2 de Abril de 2018 • 1.170 Palabras (5 Páginas) • 324 Visitas
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La actividad principal de la empresa es la de ofrecer servicios y lo hace con fines de lucro. Además como se señala "El sistema de comercio por medios electrónicos, lejos de atenuar la responsabilidad de los proveedores, agrava sus obligaciones, porque presupone el uso de una tecnología que exige un mayor conocimiento de su parte"
• ARTÍCULO 52 bis, L 26361
Si bien la actora solicita que se le aplique este articulo, el tribunal no lo considera por no configurarse el requisito fundamental : graves inconductas que afectan derechos ajenos.
• ARTÍCULO 3 Cód. Civil
A la fecha de la compraventa de entradas estaba vigente la L 24240 , lo que se analiza es la irretroactividad o no de su modificación la L 26361 que fue dictada a posteriori del evento.La ley no se aplica retroactivamente, la nueva ley rige para los hechos en curso de desarrollo y no para las consecuencias de hechos pasados.Las leyes se aplican a partir de su entrada en vigencia.
• ARTÍCULO 68 C.P.C.C.N.
En base al artículo se imponen las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- MARCO AXIOLOGICO
Los valores que están en juego en el fallo analizado son los siguientes:
Por un lado se cita la responsabilidad solidaria que recae sobre la empresa Mercado Libre quien no solo funciona como un intermediario en la relación de consumo sino que es parte del mismo y por lo tanto responsable por los daños que pudiera ocasionar. Asimismo esta presente la idea de justicia al establecer que : “la demandada no esta excluida de la categoría de proveedor. Por lo que está obligado frente a los actores hasta el momento mismo en que éste haga efectiva la prestación debida. Ello implica que responderá en caso de que la prestación no llegue a cumplirse. Sin perjuicio de conservar para si las acciones de regreso, que estime le corresponda, contra todas las personas que participaron en el acto jurídico objeto de litis.” Mediante este argumento el tribunal deja en claro la idea de justicia en el sentido de que la demandada no puede eximirse de responsabilidad alegando una posible exclusión de la categoría de proveedor ya que es ella la que ofrece un servicio del cual obtiene una ganancia.
Por otro lado, se invoca también el principio de la confianza en el sentido de que el mismo constituye la fuente primaria de las obligaciones de la empresa Mercado Libre. Tal cual lo dice el Tribunal, dicha empresa interviene, y por ende es responsable desde el mismo momento en que, creando una apariencia, logra atraer para si la confianza de sus clientes. Si se lo exime de responsabilidad se estaría violando dicho principio sin perjuicio de que se generaría un estado de falta de seguridad jurídica frente a las futuras compras que se realicen en dicho sitio. Es dable señalar que el tribunal desestima el daño punitivo fundado en el principio de proporcionalidad, por el cual hace referencia a que la finalidad de dicho daño esta destinado a punir graves inconductas del demandado y a prevenir hechos similares en el futuro, el cual procede en supuestos de graves inconductas que afectan derecho ajenos que en este caso no se alcanzan a configurar.
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