Tema: Higiene y seguridad industrial.
Enviado por John0099 • 7 de Febrero de 2018 • 6.257 Palabras (26 Páginas) • 686 Visitas
...
Articulo 475
Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
Por ejemplo: una pulmonía originada por labores que produjeron un severo enfriamiento al trabajador al laborar en un ambiente bastante frio.
La diferencia entre ambos es que se trata de dos tipos de daño, ya que mientras el primero es instantáneo, por ser consecuencia de los accidentes de trabajo, el segundo es progresivo y obedece a la repetición de una causa por largo tiempo, como obligada consecuencia de la naturales del trabajo.
De acuerdo con la LSS, para que un accidente sea considerado como accidente de trabajo deberá reunir las siguientes características:
- Debe ser un suceso repentino, inesperado que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste en caso contrario, si el accidente no ocurre en ejercicio o con motivo del trabajo, es decir, no se deriva y/o se origina como consecuencia del trabajo, no puede ser considerado como accidente de trabajo, aun cuando el accidente ocurra en horario de labores, como pudiera ser una insuficiencia renal (perturbación funcional) ocurrida durante las horas de trabajo, pero que no tiene relación alguna con las labores desempeñadas.
- Que produzca en el trabajador daños a la salud (una lesión orgánica, una perturbación funcional o la muerte) por ejemplo: herida, fractura, quemadura, infarto agudo de miocardio, insuficiencia renal, atrofia muscular.
- Que dicha lesión orgánica o perturbación funcional o la muerte sean inmediatas o posteriores al evento dañino que las origino.
Respecto a las enfermedades de trabajo, serán consideradas como tales las consignadas en el artículo 513 de la LFT.
Articulo 477
Cuando los riesgos se realizan pueden producir:
- Incapacidad temporal (artículo 478)
Implica la perdida de las facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo; sin embargo, el trabajador tiene posibilidad de recuperar su salud y aptitud en similares condiciones a las que tenía hasta antes de sufrir el accidente o enfermedad de trabajo. Por ejemplo: si un arquitecto en una obra sufre una caída ocasionada por un desplazamiento hacia fuera del pie derecho, rompiendo los ligamentos de la cara externa del tobillo.
- Incapacidad permanente parcial (artículo 479)
Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar esta incapacidad implica que el trabajador ve mermada de por vida sus facultades, las que en principio se estimaría que no podrá recuperar generándole dificultades o la imposibilidad de desempeñar el trabajo que tenía hasta antes del riesgo de trabajo. Por ejemplo: una trabajadora de una estética desarrollo una alergia a los tintes para teñir el cabello, que aun realizando las tinturas con guantes ha tenido reacciones alérgicas esta trabajadora no solo se dedica a teñir, sino también a cortar y peinar el cabello en la estética, donde hay 15 trabajadoras más y se turnan para desarrollar las distintas actividades. Esta trabajadora se encontraría afectada a una incapacidad permanente parcial, ya que a pesar de poder seguir trabajando como estilista, no puede desarrollar las labores de tintura que suponen una actividad, no única pero importante para la prestación de servicios. Estas incapacidades se calculan conforme a la tabla de valuación de incapacidades permanentes previstas en el artículo 514 de la lft. En este artículo se contienen 409 descripciones de incapacidades permanentes que puede sufrir una persona y a cada una de ellas se le asigna un porcentaje fijo de hasta 100% (por ejemplo, por la pérdida del dedo anular 15%) o se les asigna un rango posible, de entre un porcentaje mínimo y máximo (por ejemplo, 60 a 70% por la pérdida de cuatro dedos de la mano), siendo dichos porcentajes comparativos contra el 100% que implica una incapacidad permanente total.
- Incapacidad permanente total (artículo 480)
Es la perdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. Por ejemplo: un conductor de camiones de carga sufre un accidente ocasionándole lesiones medulares y la pérdida de movilidad en las piernas.
- La muerte
Ante el deceso del trabajador, derivado de un riesgo de trabajo, se otorgarían diversas prestaciones a los beneficiarios, las cuales serán tema de otro artículo.
ISO 9.000, 14.000, OHSAS 18.000
OHSAS 18.000
Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional
¿Qué es u n sistema de salud y seguridad ocupacional?
Es una serie de requisitos para implementar un sistema de gestión de salud y seguridad ocupacional, habilitando a una empresa para formular una política y objetivos asociados al tema, considerando requisitos legales e información sobre los riesgos de trabajo inherentes a su trabajo. Estas normas son aplicables a los riesgos de salud y seguridad y a aquellos riesgos relacionados a la gestión de la empresa que puedan causar algún tipo de impacto en su operación y que además sean controlables.
Como se relacionan las norma ISO 9.000, ISO 14.000 con las norma OHSAS 18.000
Gestión:
- Salud y seguridad
- Riesgo
- Medio ambiente
- Calidad
Las normas OHSAS han sido diseñadas para ser compatibles con los estándares de gestión ISO 9.000, ISO 14.000, relacionados con materias de calidad y medioambiente respectivamente. De este modo facilita la integración de los sistemas de gestión para la calidad, el medio ambiente, la salud ocupacional y la seguridad en las empresas.
Estos sistemas comparten principios sistemáticos comunes de gestión basados, entre otros, en el mejoramiento de las normas legales.
...