Temario desarollado penal.
Enviado por klimbo3445 • 6 de Enero de 2018 • 7.632 Palabras (31 Páginas) • 384 Visitas
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1.1.15 punibilidad
la pena en el homicidio depende de que lo consideramos como tipo fundamental o básico según la modalidad que concurra en en otros términos de la circunstancia que se agregue al tipo fundamental o básico originándose el tipo complementado que puede ser privilegiado cualificado, según la naturaleza de las circunstancias en que concurra: agravando o alternando la sanción a la.
la pena que le corresponda el homicidio como la considerándolo como tipo fundamental o básico a un era señalado en el artículo 307 del código penal federal
Respecto al homicidio como el tipo de complementado debemos tener en cuenta las hipótesis siguientes:
tipo complementado privilegiados homicidios privilegiados art. 308
tipo complementado cualificado homicidio calificado como el art. 320.
tipo presuntamente complementado cualificado : homicidio presuntiva mente calificado artículo 315
1.1.16 Formas de aparición del delito
1.1.17 Concurso de delitos
Pueden cometerse varios delitos de homicidio con una sola conducta o con varias conductas en el primer caso existen un concurso ideal o formal y en el segundo un concurso real o material. Por otra parte puede existir un concurso ideal o bien real heterogéneos
1.1.18 Concurso de personas
En delito de homicidio pueden presentarse las hipótesis de:
Autor intelectual : es actor intelectual de un homicidio quien se sirva de otra persona como instrumento para consumar lo o tomar parte en el acto de ejecución insitandola con dádivas o de algún otro modo a la determinación dolosa el acto cometido
Autor material o inmediato
Autor mediato
Co autor
Cómplice
1.1.19 Complicidad
La complicidad corresponde co-respectiva, se ha dicho constituye un juego de lotería aplicado a la justicia penal se encuentra reglamentada en el código de 1871 para el distrito federal .
El art. 309 del código penal de 1931 reglamenta la complicidad corespectiva cuando en la comisión del homicidio intervengan tres o más personas observarán tlas reglas siguientes
uno si la víctima recibió de una o varias lesiones mortales y constar de quien o quienes la infirieron se aplicará estos o aquel la sanción como homicidas
dos si la víctima recibirá una o varias lesiones mortales y no consta de quien o quiénes fueron los responsables se inpondrá sanción de 3 a 9 años de prisión
tres cuándo las elecciones sean unas mortales y otro y se ignore quien infrijieron las primeras pero constare quienes lecionaron se aplica la sanción a todos de 3 a 9 años de prisión
por cuatro cuando las lesiones sólo fueron mortales por su número y no se puedan determinar quienes las infirieron se aplica la sanción de 3 a 9 años de prisión a todos los que hubieren atacado al occiso con arma a propósito para inferir las heridas que aquél recibió
1.2 instigación o ayuda al suicidio
1.2.1 concepto
En términos generales por instigar o inducir entiéndase la Actividad desplegada por el instigador o inductor encaminada a mover el ánimo de Aquel Sobre quien se actúa de manera que con Referencia el suicidio la inducción se difamar en la actividad que vence las voluntades de otro subordinándola ha la de el inductor para que el realice actos tendientes a privarse por propia mano de la vida
1.2.2 conducta
Puede ser de acción cuando el agente realiza los movimientos materiales o corporales para cometer el ilícito
Será de comisión por omisión cuando el sujeto activo dejada de efectuar lo que está obligado a hacer y se producen resultados materiales en este caso la muerte de la víctima
1.2.3 ausencia de conducta
Hipnotismo cuando un sujeto coloca a otro en un estado de letargo, logrando sobre el control de las actos de la víctima. Esta circunstancia se debe comprobar
1.2.4 clasificación en orden a la conducta
De acción: en cuando el agente realiza movimientos corporales o materiales para la ejecución
De omisión cuando El agente deja de hacer lo que está obligado y por esa inacción se produce un resultado que es la muerte del Individuo
1.2.5 clasificación en orden al resultado
Es de resultado material ya que se tiende a privar de la vida a una persona
1.2.6 antijuridicidad
En la ayuda o inducción al suicidio o el hecho e:además de ser típico debe ser antijurídico para considerarse como delito, la muerte de una persona, es mantener que haya sido el hecho antijurídico
1.2.7 culpabilidad
Es un delito doloso ya que el agente efectúe el hecho con su voluntad, esperando que se realice la muerte de la víctima
1.2.8 inculpabilidad
En el este delito se da sobre todo el temor fundado es decir puede efectuarse bajo circunstancias objetivas ciertas que obligan al sujeto a actuar determinada manera ilícita al encontrarse frente a una amenaza inminente
1.2.9 formas de aparición
El inducido sido debe ser una persona plenamente capaz de poder recibir la influencia psicológica necesaria para determinarlo a ejecutar
Inducción por lo tanto no es la simple proposición a la víctima para suicidarse sino la actividad que mueve la voluntad ajena sujetándola a la del instigador o inductor
La inducción supone plena intención en el autor del delito, es decir, en el inductor, para que otra persona se prive de la vida careciendo por ello de importancia jurídica las incitaciones a personas indeterminadas o las determinaciones debidas a actos culposos del agente
1.3
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