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CAPÍTULO 1: DERECHO Y ORGANIZACIÓN SOCIAL

Enviado por   •  20 de Noviembre de 2017  •  Apuntes  •  943 Palabras (4 Páginas)  •  606 Visitas

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CAPÍTULO 1: DERECHO Y ORGANIZACIÓN SOCIAL

  1. PRELIMINARES SOBRE EL CONCEPTO DE DERECHO: El derecho como elemento básico de la vida social

El Derecho se nos presenta como un elemento básico, necesario y omnipresente, ya que regula casi la totalidad de los actos humanos. Todas las etapas de la vida por las que puede pasar una persona (nacimiento, nombre, mayoría de edad, divorcio...) son actos regulados por el Derecho, es decir son actos que se les asignan consecuencias jurídicas.

Esta omnipresencia se extiende a los actos más simples de nuestro quehacer cotidiano donde constantemente nos encontramos en situaciones reguladas por el Derecho (matricularse facultad, comprar un piso...) Son todos actos jurídicos, pues en todos ellos podemos exigir de otros una conducta determinada u otros nos la pueden exigir a nosotros, y podemos exigirlo de una forma determinada y con garantías determinadas, al existir órganos jurídicamente institucionalizados que garantizan nuestras legítimas pretensiones, y todo gracias a la existencia de un conjunto de normas establecidas, por virtud de las cuales, dados unos hechos, surgen esas posibilidades de reclamar o de quedar sujetos a reclamación.

 

  1. El Derecho como objeto y análisis de estudio.
  1. Dimensión estructural del derecho

La Concepción estructural tiene un carácter más interno, más dogmático y menos sociológico que la funcional, desde ella se analizan los elementos o las partes que integran el Derecho, su definición, delimitación y relaciones entre las mismas.

  1. Dimensión funcional del derecho

A partir del S.XIX surgió con bastante fuerza la dimensión funcional, debido principalmente al tránsito del Estado Liberal de Derecho, abstencionista y gendarme, al Estado social de Derecho, mucho más intervencionista y benefactor. Otro factor está en el desarrollo experimentado por la Sociología del Derecho. Esta dimensión se orienta al análisis de las relaciones entre el Derecho y Sociedad, destacando el Derecho como instrumento de control y organización social.

  • Función Integradora: se asocia con la idea de orden, de control social que impera en una sociedad pacífica y sin conflictos. El Derecho trataría de mitigar los elementos potenciales del conflicto y facilitar las relaciones sociales.

Como en todo grupo social hay situaciones de conflictos donde es necesario que el Derecho desempeñe otras muchas funciones.

  • F. De resolución de conflictos: cuando se da un conflicto, es decir cuando los sujetos que intervienen en una relación experimentan la imposibilidad de establecer un punto de encuentro entre sus intereses, es el Derecho el que resuelve el conflicto y restituye la situación anterior al conflicto.
  • F. De orientación social: toda norma jurídica de tipo permisivo o imperativo tiene un carácter persuasivo, al estar dirigidas a personas libres, estas pueden orientar sus conductas de acuerdo a un cuadro normativo que les puede reportar certeza y seguridad y evitar prejuicios.
  • F.de legitimación del poder: la co actividad y la impera tímidas de las normas jurídicas es la que deriva de un poder institucionalizado jurídicamente. La interrelación que se da entre Derecho y Poder o Estado (imposible concebir el uno sin el otro)  consiste en: El Poder proporciona al Derecho un aparato coactivo necesario y programar una serie de finalidades y directivas que pretende alcanzar mediante ese Derecho; y el Derecho proporciona al Poder una organización y Legitimación, atribubuyéndole competencias y fijando el procedimiento a seguir.
  • F. Distributiva: reparto de ventajas y cargas entre los ciudadanos, distribución de derechos y deberes. Da respuesta a dos interrogantes: qué es lo que se puede repartir, y determinar qué criterio vamos a utilizar para el reparto.
  • F. Educativa: El Derecho siempre ha tenido función educadora, dirigido a formar buenos ciudadanos. La finalidad del Derecho se concreta en: vivir honestamente, no dañar a nadie, y dar a cada uno lo suyo.
  • F. Represiva y F. Promocional: el derecho no premisa las acciones que se adecuan a las normas jurídicas, sino que sancionan las acciones anti normativas. Existen normas jurídicas que premian las conductas.  El Derecho también está llamado a desempeñar (F.Promocional)

  1. MODELO INTEGRADOR DE LA SOCIEDAD: Es una visión muy vinculada con la idea de orden que impera en una sociedad pacífica y sin conflictos, donde predomina en consenso de valores que permite preservar y mantener la unidad social. La función del Derecho sería mitigar los elementos potenciales de conflictos y facilitar las relaciones¡clones sociales previniendo y reprimiendo las conductas desviadas. En este modelo el. Derecho es más un instrumento de organización.

  1. MODELO CONFLICTUALISTA DE LA SOCIEDAD. En la sociedad destacará la lucha, el enfrentamiento, el desorden, el conflicto y las tensiones, entre individuos, grupos o clases. La presencia del Derecho se da para tratar de solucionar los constantes conflictos.

La teoría marxista entiende que el Derecho tiene su origen en el conflicto y que surge con la intención no de solucionarlo, sino de encubrirlo y legitimarlo.

Se distingue entre conflictos negativos y positivos. Las causas de los primeros s reducen a carencias o imperfecciones de la naturaleza humana y las causas de los segundos se basan en la autoafirmación del yo y el deseo de ser.

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