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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES.

Enviado por   •  18 de Abril de 2018  •  1.265 Palabras (6 Páginas)  •  410 Visitas

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EL CALPULLI

Considerados como tierras comunales, dichos bienes estaban a disposición de los miembros que lo componían; por lo tanto, no les pertenecían en lo individual. Dicho reparto se realizaba bajo las siguientes condiciones:

- La propiedad no podía enajenarse.

- No se podía dejar de trabajar por dos años y

- El abandono de la tierra significaba la pérdida de su derecho.

Esta primera forma de propiedad además de guardar su carácter social permitía asignar terrenos a los barrios o clanes.

El calpulli era una parcela de tierra que se asignaba a un jefe de familia para el sostenimiento de ésta, siempre que pertenecieran a un barrio o agrupación de casas, aunque muy al principio el requisito era más de residencia que de parentesco entre la gente de un mismo barrio.

TIERRAS PÚBLICAS

Atendiendo a su origen se designaban al sostenimiento de las instituciones u órganos de gobiernos constantemente fueron administradas por el propio estado; se pueden encontrar en las modalidades siguientes.

- TECPANTLALLI

Sus productos eran destinados para satisfacer necesidades del tlacotecuhtli o tlatoani.

- TLATOCALLANI

Su beneficio se destinaba para cubrir los gastos del tlatocan o consejo de gobierno, en forma individual nadie podía disponer de ellas, ni el propio tlatoani.

- MILCHIMALLI

Sus productos servían para el sostenimiento del ejército (debemos recordar que el pueblo azteca era eminentemente guerrero).

- TLEOTALPAN O TIERRA DE DIOSES

Eran destinadas a cubrir los gastos de las actividades religiosas y sacerdotales.

- TECUHTLATOQUE

También llamadas tierras de los jueces eran asignadas por el soberano o tlatoani, como pago a estos funcionarios con el propósito de sostener su cargo con dignidad. La actividad de las tierras se desarrollaba mediante el arrendamiento.

- YZOTLALLI

Recibían este nombre las tierras conquistadas ya fuera por los aztecas o sus aliados logrado con ello el pago del tributo, se destinaban al sostenimiento de los guerreros y a las necesidades de las guerras. También se destinaban al sostenimiento de los guerreros ya las necesidades de las guerras. Dichas tierras, eran cultivadas por los vencidos en señal de sujeción.

Como modo de conclusión, podemos decir que el derecho agrario azteca era bastante amplio y que, obviamente, la extensión del territorio era principalmente por conquistas que realizaban recalcando por supuesto, que todo ello lo lograban sin ayuda de algún tipo de maquinaria en especial por la época en que se desarrolló. Y que el poder fungía un papel primordial en la situación de entonces; ya que el reparto de tierras, organización y administración dependía de el Gran Señor. El modo de vida como ellos lo conocían, concluye primordialmente por la conquista y la llegada de Hernán Cortés, siendo así la manera en que fueron derrocados y la historia de las tierras y suelo, pero sobre todo cómo iban a ser explotada y repartida, cambiaría enérgicamente.

Bibliografía

Cosío VILLECAS, Daniel, (1976), Historia general de México, México, Colegio de México, t. 1, p. 127.

GONZÁLEZ DE COSSÍO, (1978), Francisco, Historia de lo tenencia y explotación del suelo en México, México, INEHRM, t. 1, pp. 4-5.

MENDIETA Y NÚÑEZ, Lucio, (1937), "El Derecho precolonial", Enciclopedia Ilustrada Mexicana, núm. 7, México, p. 42

GALLARDO ZÚÑIGA, Rubén, (2007), Derecho agrario contemporáneo, México, PORRÚA, pp. 2-4

DURAND ALCÁNTARA, Carlos Humberto, (2006), “El derecho agrario y el problema agrario de México”, México, PORRÚA.

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