Derecho - Contratos
Enviado por jack • 14 de Octubre de 2021 • Apuntes • 2.005 Palabras (9 Páginas) • 396 Visitas
Unidad V
Contratos - Parte especial
A.- Contrato de compraventa
- Defina el contrato de “Compraventa” conforme Art. 1123 CCyCN identificando los elementos del contrato (Sujetos - Objeto. Causa - Forma).
ARTÍCULO 1123. Definición
Hay compraventa si una de las partes se obliga a transferir la propiedad de
una cosa y la otra a pagar un precio en dinero.
Elementos:
- Sujetos: las partes: personas físicas o jurídicas
- Objeto: es la conducta: transferir la propiedad de una cosa
- Causa: es la finalidad económica
- Forma: es informal, no es necesario que sea escrito. En los casos en que se requiere que sea registrable, sí o sí es formal.
- ¿Cuáles son las características principales de este contrato? ¿La obligación principal del vendedor es entregar una cosa o transmitir su dominio? ¿Por qué?
Características:
- bilateral, pues emergen obligaciones para ambas partes contratantes (transferir la propiedad de una cosa el vendedor, y pagar un precio en dinero el comprador);
- oneroso; ya que representa ventajas y sacrificios para ambas partes;
- formal, en el caso de los bienes inmuebles y no formal en los demás supuestos;
- nominado, ya que tiene una regulación legal completa y específica.
La obligación principal del vendedor depende del objeto en que recaiga la compraventa porque si vende un mate la obligación es entregar una cosa, pero si vende un inmueble la obligación es transmitir el dominio.
- ¿Existe algún elemento esencial que caracterice al contrato de compraventa? En caso afirmativo, cual/es?
Sí, existen dos elementos esenciales:
- La conducta (objeto)
- Precio
- ¿Qué requisitos debe cumplir el “objeto” dentro de un contrato de compraventa? ¿Y el precio? ¿Puedo celebrar un contrato de compraventa cuyo precio sea expresado en reales o euros? Justifique.
El objeto debe cumplir los requisitos de ser: posible, determinado, determinable y no estar prohibido.
El Precio sí o sí debe ser en dinero.
Un contrato de compraventa cuyo precio sea expresado en reales o euros se puede celebrar porque está expresado en dinero (no importa el tipo de moneda), si no estuviera expresado en dinero estaríamos frente a otro tipo de contrato.
- ¿Existen formas de determinación legales del “Precio” de un contrato de compraventa? En caso afirmativo, ¿cuáles?
El precio es determinado cuando:
- lo fijan las partes;
- se deja su indicación al arbitrio de un tercero que designan las partes en el contrato mismo o con posterioridad a su celebración;
- se determine con relación a otra cosa cierta; o
- las partes fijen un procedimiento para determinarlo.
B.- Contrato de compraventa de inmueble
- ¿Puede efectuarse mediante documento privado con firma de las partes intervinientes en el contrato? ¿Por qué?
La compraventa de inmueble no puede efectuarse mediante documento privado porque deben ser hechas en escritura pública, bajo pena de nulidad.
- Desarrolle la obligación principal de todo vendedor en este tipo contractual, así como las accesorias, de existir.
El vendedor debe transferir al comprador la propiedad de la cosa vendida. También está obligado a poner a disposición del comprador los instrumentos requeridos por los usos o las particularidades de la venta (boletas de servicio, escrituras etc.)
- ¿Es legal que el vendedor se haga cargo de la totalidad de los gastos de entrega que el contrato requiera? ¿Por qué? ¿Cuál es la regla general establecida por el CCyCN?
Sí, es legal que el vendedor se haga cargo de la totalidad de los gastos de entrega que el contrato requiera porque así está establecido por regla general en el CCyCN, que dice que todos los gastos previos hasta la transmisión de dominio se hace cargo el vendedor, salvo pacto contrario.
- ¿Cuál es el plazo de entrega del inmueble establecido en el CCyCN?
El vendedor debe entregar el inmueble inmediatamente después de la escrituración, excepto convención en contrario.
- Desarrolle la obligación principal del comprador en el tipo contractual, y las accesorias, de existir. ¿Puede el comprador pagar el precio convenido en cuotas? ¿Cuál es la regla general al respecto?
Son obligaciones del comprador:
- pagar el precio en el lugar y tiempo convenidos (obligación principal)
- recibir la cosa y los documentos vinculados con el contrato (pasar todos los servicios a su nombre, realizar los cambios de titularidad)
Sí, el comprador puede pagar el precio convenido en cuotas. La regla general al respecto dice que, si nada se pacta, se entiende que la venta es de contado;
- ¿Qué gastos le corresponderían al comprador en razón del contrato, según el CCyCN?
Le corresponde al comprador pagar los gastos de recibo, incluidos los de testimonio de la escritura pública y los demás posteriores a la venta.
C.- Contrato de compraventa de cosas muebles.
- ¿Sus elementos característicos son el precio y el objeto (entendido como la conducta de transmitir la propiedad de una cosa)?
Sí, sus elementos característicos son el precio y el objeto.
- ¿Qué solución nos da el CCyCN si las partes no establecieron el precio como elemento del contrato?
Generalmente se utiliza el precio que se le da a esa cosa mueble en el mercado.
- ¿Qué otra obligación esencial tiene el vendedor en este tipo contractual en particular, además de entregar la cosa vendida?
El vendedor debe entregar al comprador una factura que describa la cosa vendida, su precio, o la parte de éste que ha sido pagada y los demás términos de la venta.
- ¿Cuáles son las reglas aplicables al plazo y al lugar de entrega de la cosa vendida? ¿Los usos y costumbres como fuente del derecho, tienen alguna importancia?
La entrega debe hacerse dentro de las veinticuatro horas de celebrado el contrato, excepto que de la convención o los usos resulte otro plazo.
El lugar de la entrega debe hacerse en el lugar en que la cosa cierta se encontraba al celebrarse el contrato.
...