Ámbito de aplicación del Código Tributario
Enviado por Cabeza • 9 de Enero de 2019 • Informe • 1.217 Palabras (5 Páginas) • 754 Visitas
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CARRERA DE INGENIERÍA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
DERECHO TRIBUTARIO I
Grupo Nº 04 Segundo Parcial
TEMA: Ámbito de aplicación del Código Tributario
INTEGRANTES:
- Cornejo Zambrano César Antony
- Chere Montesdeoca Jonathan Javier
- Polo Santana Kimberly Micaela
NIVEL:
- Séptimo Semestre
EXTENSIÓN:
- El Carmen
TUTOR:
- Ing. Fredy Yugcha Toala, Mgs.
FECHA:
- 18 de Diciembre del 2018
Introducción
Dentro del derecho tributario se habla acerca de la relación de los sujetos y el estado, la cual está enmarcada en el Código Tributario, el ámbito de aplicación de los tributos es de carácter jurídico, determinado por sectores, y, recaudado por las distintas instituciones delegadas por el gobierno central para el cobro de estos impuestos.
Dentro del cobro de los impuestos tenemos a los municipios que son entidades del sector público encargados del cobro de ciertas tasas destinadas para obras de bien común, las mismas, son retribuidas a través del pago que realizan los ciudadanos, permitiendo de esta manera estabilizar el presupuesto general del estado y así seguir con la consecución de sus actividades. Dependiendo de los niveles económicos y fluctuaciones que llegue a tener la economía del país, son modificadas ciertas tasas para mejorar la recaudación de fondos determinados para el presupuesto general.
En el presente informe se mencionará lo referente al artículo 1 del Código Tributario, el mismo que permite controlar la aplicación de los tributos nacionales, provinciales, municipales, locales, entre otros, y son parte fundamental en el cumplimiento de la obligación tributaria.
Marco Teórico
El ámbito de aplicación hace referencia a la delimitación de validez de las leyes, indicándonos cuándo, dónde y sobre quien se aplicarán dichas normativas.
En cambio el código tributario, está compuesto por leyes orgánicas que regulan las relaciones jurídicas entre administración tributaria y contribuyentes, siendo esto un conjunto de disposiciones sustantivas que cimientan el marco jurídico básico en torno al cual se limita todo lo concerniente a la creación, aplicación y recaudación de los tributos.
Existen dos formas de conocer el ámbito de aplicación del código tributario y estas son:
- Ámbito de aplicación objetiva.- Es aplicable a los tributos nacionales y a las relaciones jurídicas derivadas de esos tributos, incluyendo aquellos impuestos determinados por administraciones tributarias extranjeras cuya recaudación sea solicitada por la Republica, así mismo, es aplicable de manera supletoria (situaciones que no le son específicamente propias), a los tributos correspondientes a los Estados, Municipios y demás entes de la división política territorial, con la salvedad, de que la potestad tributaria de esos entes políticos territoriales para la creación, modificación, supresión o recaudación de tributos, incluyendo el establecimiento de exenciones, exoneraciones, beneficios y demás incentivos fiscales, será ejercido por dichos entes dentro del marco de la competencia y autonomía que le sean otorgadas, de conformidad con la Constitución y las demás leyes que lo acrediten.
Ejemplos más relevantes:
- Impuestos Aduaneros.- Aquellos cuyo hecho generador es una operación de importación, exportación o tránsito ante las aduanas nacionales. (Aranceles, IVA).
- Impuestos Nacionales.- Tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. (IVA, IRF, ICE).
- Impuestos Municipales.- Tributo exigido sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo. (Impuesto Predial urbano-rural, Impuesto al Rodaje).
En consecuencia, el ámbito de aplicación objetiva del Código Tributario se extiende a todos los tributos nacionales y a las contribuciones especiales realizadas en el territorio ecuatoriano.
- Ámbito de aplicación subjetiva.- Se deriva del surgimiento de la obligación tributaria, la misma que se da entre el Estado, en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos, en cuanto ocurra el presupuesto de hecho (conjunto de circunstancias que tienen que preexistir para que exista el acto administrativo) previsto por la ley.
La obligación de pago derivada del acaecimiento del hecho imponible, el Código Tributario lo comprende como una multiplicidad de obligaciones en cabeza de los contribuyentes, cuya inobservancia puede ser considerada como un indicio de actos ilícitos tributarios que están sancionados con penas privativas de libertad. Esta obligación tributaria se da entre el sujeto activo que será el ente acreedor del tributo, es decir, las distintas entidades político-territoriales que ejercen sus potestades tributaras (Estado, Municipios), y el sujeto pasivo el cual es el obligado a las prestaciones tributarias, ya sea en calidad de contribuyente o de responsable.
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