ACTA DE CONSTITUCIÓN SOCIAL CASUALITY
Enviado por Antonio • 24 de Abril de 2018 • 5.591 Palabras (23 Páginas) • 563 Visitas
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CAPÍTULO III., ACCIONES, TÍTULOS Y ACCIONISTAS.
ARTÍCULO 8°. LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONISTAS.- En virtud del carácter nominal de las acciones, la sociedad reconocerá la calidad de accionista o titular de derechos reales sobre acciones únicamente a la persona que aparezca inscrita como tal en Libro de Registro de Acciones, que se llevará por la sociedad en la forma prescrita por la ley. Ningún acto de enajenación o de traspaso de acciones, gravamen o limitación, embargo o adjudicación producirá efecto respecto de la sociedad ni de terceros sino en virtud de la inscripción del Libro de Registro de Acciones, a la cual no podrá negarse la sociedad sino por orden de autoridad competente y/o por ser violatoria de los presentes estatutos.
ARTÍCULO 9°. ENAJENACIÓN DE ACCIONES.-Las acciones son transferibles conforme a la Ley, salvo las excepciones previstas en el Artículo 403 del Código de Comercio. Sin embargo, la libre negociación de las acciones respecto de terceros queda limitada por el derecho de preferencia que se establece en estos Estatutos. En los casos de enajenación de acciones, para que produzca efectos con relación a la sociedad y terceros, previo cumplimiento del derecho de preferencia pactado, será necesaria la inscripción de dicho acto en el Libro de Registro de Accionistas, en virtud de orden escrita del enajenante, bien sea mediante “carta de traspaso”, o bajo la forma de endoso en el título respectivo. En las ventas forzadas y en los casos de adjudicación judicial, el registro se efectuará mediante exhibición del original o de copia auténtica de los documentos pertinentes en que se contenga la orden o comunicación de quien legalmente deba hacerlo. Para hacer la nueva inscripción y expedir el título al adquiriente, la sociedad cancelará previamente los títulos expedidos al tridente o propietario anterior.
PARAGRAFO: La sociedad no asume responsabilidades alguna por razón de hechos o circunstancias que pueden afectar la validez del contrato entre el Cedente y el Cesionario de acciones, Y para aceptar o rechazar traspasos, sólo atenderá al cumplimiento de las formalidades externas de la cesión y el cumplimiento a los requisitos en estos estatutos.
ARTÍCULO 10°. SOMETIMIENTO A ESTOS ESTATUTOS.- Es entendido que quien adquiera acciones a la sociedad, bien sea en virtud del contrato de suscripción, o por traspaso u otro título adquisitivo se somete a las normas de los presentes Estatutos.
ARTÍCULO 1°. IMPUESTO SOBRE EMISIÓN O TRASPASO.- Serán a cargo de los accionistas los impuestos que graven la expedición de los títulos de las acciones y el traspaso o transferencia de los mismos.
CAPÍTULO IV. JUNTA DIRECTIVA.
ARTÍCULO 12°. PRESIDENTE.-La Junta Directiva será presidida por el Presidente de la misma, será elegido por mayoría de votos de entre sus miembros. Igualmente la Junta podrá ser presidida por un Vicepresidente quién será elegido de la misma forma que el Presidente y para cuando existiere faltas temporales o absolutas de éste último.
ARTÍCULO 13°. PERÍODO DE SUS MIEMBROS.- El período de los Miembros de la Junta Directiva, principales, será un (1) año contado a partir de la fecha de su elección; pueden ser reelegidos indefinidamente por la Asamblea General en cualquier tiempo.
ARTÍCULO 14°. REUNIONES.- La Junta Directiva se reunirá en sesiones ordinarias en el domicilio de la sociedad, o en el lugar que acuerde la misma Junta, una vez cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando así lo disponga la misma Junta o cuando sea convocada por su Presidente, por el Gerente de la compañía, por el Revisor Fiscal, o por dos (2) de sus miembros que actúen como principales. Los suplentes podrán asistir a reuniones y actuar en éstas simultáneamente con los principales, con voz pero sin voto. La Junta Directiva podrá también tomar válidamente decisiones en la forma establecida en los parágrafos primero y segundo del artículo 40° de estos estatutos.
ARTICULO 15°. FUNCIONAMIENTO,- El funcionamiento de la Junta Directiva se regirá por las siguientes normas 1.) La citación para las reuniones se comunicará por escrito con no menos de cinco (5) días comunes de antelación a la fecha de reunión y en ella se indicará el motivo que da lugar a la reunión; 2.) Deliberará y decidirá válidamente con la presencia de dos (2) de sus miembros principales o suplentes en ejercicio, salvo en los casos en que estos Estatutos o la Ley exijan la mayoría especial. Estando reunidos todos los miembros, sean principales o suplentes en ejercicio, podrá deliberar válidamente y adoptar decisiones sin necesidad de convocatoria previa; 3) todas las reuniones, deliberaciones, votaciones y demás actos de la Junta, se harán constar en un Libro de Actas registrado en la cámara de Comercio de su domicilio social. Las actas serán firmadas por quien presidió la reunión y por el secretario.
ARTÍCULO 16°. FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.- Son funciones de la Junta Directiva: a) Elegir y remover libremente en cualquier momento al Gerente de la compañía y a sus suplentes; b) Fijar las remuneraciones del Gerente y de los suplentes de aquel y autorizar a cualquiera de los Miembros de la Junta Directiva para suscribir el respectivo contrato de trabajo con tales funcionarios; c) Fijar el límite del sueldo mensual que el Gerente de la compañía puede pactar en los contratos de trabajo que celebre y variar cuando lo juzgue conveniente; d) Autorizar previamente el nombramiento de empleados por el Gerente de la compañía cuyo sueldo mensual exceda del límite fijado conforme al literal anterior; e) Convocar la Asamblea General de Accionistas a sesiones extraordinarias cuando lo crea conveniente o cuando lo soliciten por escrito número de accionistas representantes de no menos de la cuarta parte de las acciones suscritas. En este evento la convocatoria se hará dentro de los cinco (5) días comunes siguientes a aquel en que se reciba la solicitud y dentro del plazo señalado en el artículo 40° de los Estatutos; f) presentar en asocio del Gerente de la compañía, un informe razonado sobre la forma como hubiere llevado a cabo el mandato recibido; sobre la situación económica y financiera de la sociedad y un proyecto de distribución de utilidades; g) someter a la aprobación de la Asamblea General en su reunión ordinaria anual y en asocio del Gerente de la compañía para su aprobación o improbación, las cuentas y los estados financieros de cada ejercicio anual, acompañado de los documentos previstos en el artículo 446 del código de Comercio; h) reglamentar el derecho de suscripción de las acciones que se emitan de conformidad con lo previsto
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