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Contrato de Alquiler apartamento

Enviado por   •  26 de Mayo de 2018  •  5.980 Palabras (24 Páginas)  •  504 Visitas

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Párrafo I1: En el caso de que EL PROPIETARIO quiera inspeccionar el apartamento alquilado, podrá acceder libremente al mismo, todas las veces que éste lo considere pertinente, previo aviso a EL INQUILINO con un (1) día de anticipación a la fecha de la inspección

Párrafo III: Si durante el curso de este contrato ocurriere entre EL INQUILINO, o de algún personal de este que labore en el local alquilado o de las mercancías almacenadas en el inmueble, algún caso de enfermedad contagiosa o de descomposición de las mercancías y fuere necesario, según opinión de sanidad o médico privado, a elección de EL PROPIETARIO, efectuar la desinfección del apartamento, los gastos originados correrán por cuenta de EL INQUILINO. Además, éste se compromete a velar por el fiel cumplimiento de los reglamentos sanitarios, haciéndose responsable de las infracciones cometidas mientras dure este contrato. .-----

Párrafo IV: EL INQUILINO se compromete a no hacer ningún cambio o distribución nueva en el apartamento alquilado, sin la previa autorización por escrito de EL PROPIETARIO y en caso de obtenida esta, las mejoras hechas, incluyendo las instalaciones eléctricas y sanitarias que se realicen, con todo su material, quedarán a beneficio de EL PROPIETARIO, sin tener estos que pagar ninguna suma de dinero como pago o compensación de los mismos. -----------------

Párrafo V: Queda entendido que durante el transcurso de este contrato, así como durante las posteriores renovaciones, en caso de efectuarse, y muy especialmente al momento de desocupar el inmueble alquilado en el presente contrato, EL INQUILINO no podrán reclamar a EL PROPIETARIO ningún tipo de indemnización, pago o compensación por mejoras hechas al inmueble o local comercial alquilado.--------------------------

Artículo 2.- Destino del Inmueble, prohibición de cesión o de sub alquiler del inmueble, renuncia de cobro por concepto de punto comercial, por fomento de punto comercial o fondo de comercio y prohibición a cesión de derechos. Queda expresamente establecido que EL INQUILINO, usará el inmueble alquilado para fines exclusivamente PARA USO DE VIVIENDA FAMILIAR, en el entendido de que no podrá establecer ningún comercio o negocio en el mismo, y mucho menos negocios de sustancias prohibidas por la ley, por las autoridades de la República Dominicana , por la Junta Directiva del edificio o Asamblea de condominos del edificio y por la Junta de Vecinos del sector de la ubicación del inmueble, así mismo queda establecido que EL INQUILINO no podrá bajo ninguna circunstancia, ceder, ni sub-alquilar, sea a título gratuito u oneroso, ni en todo ni en parte, por puro favor o por pura tolerancia a ningún tercero o a ningún pariente, el inmueble alquilado, sin la debida depuración y autorización por escrito de EL PROPIETARIO.---------------------

Párrafo I: En el caso de que se le otorgue a EL INQUILINO la autorización necesaria y la que siempre en todo caso debe ser por escrito por EL PROPIETARIO, de que pueda utilizar el inmueble alquilado para uso comercial, Éste (EL INQUILINO), hace formal renuncia , mediante el presente acto, de requerir en el futuro Punto Comercial o Fondo de Comercio, por lo que renuncia a cualquier cobro por concepto de punto comercial, fomento de punto comercial, fondo de comercio, o como se le quiera llamar a estos términos, muy especialmente cuando se haya desocupado dicho inmueble; ya que al momento de la firma del presente contrato EL PROPIETARIO no le está vendiendo, ni tampoco le cobró, ni le va a cobrar ninguna suma de dinero a EL INQUILINO por este concepto, ni EL INQUILINO ha pagado ni va a pagar ninguna suma de dinero por este concepto a EL PROPIETARIO, y por entenderse que el mismo le pertenece a EL PROPIETARIO, a pesar de que el apartamento objeto del presente contrato es un inmueble dedicado a USO DE VIVENDA FAMILIAR.-------

Párrafo II: El presente contrato es intuitu personae, es decir, en función de la persona o respecto a la persona, o en atención a la persona, que no puede ser transportada o transferida a terceras personas, pues depende específicamente de las personas involucradas; ya que EL PROPIETARIO Y EL INQUILINO tienen una confianza personal mutua y EL PROPIETARIO considera a EL INQUILINO; Por tanto, ni el inmueble alquilado ni este contrato no pueden ser cedidos ni transferidos, total o parcialmente, a ninguna persona física o moral, sin reservas de ningún tipo. Por lo que toda venta o tratativa de venta o de traspaso o de cesión de derechos, o de fondos de comercio, punto comercial u otro similar se considerará como una violación al presente contrato y en consecuencia, el mismo quedará rescindido de pleno derecho, sin la previa notificación o acción judicial alguna por parte de EL PROPIETARIO, teniendo EL INQUILINO O el que ocupare el inmueble, que desalojar de inmediato el inmueble alquilado y responder ante los Tribunales de La Republica a demandas por daños y perjuicios y cualesquiera otra que se incoe.--------------------------------------------

Parrafo III : Todas las cláusulas del presente contrato y muy especialmente la establecida en este Artículo 2, parrafo I, del presente contrato, subsistirán y persistirán en todo momento, mientras dure el presente alquiler y el presente contrato, aun después de la completa desocupación del inmueble alquilado; Así como también subsistirán y persistirán en las posteriores modificaciones, renovaciones, adendum, contratos nuevos, etc, sin la necesidad de tener que hacer mención de lo establecido en las mismas; Por lo que queda establecido que la firma de cualquier documento o contrato nuevo o adendun, etc., no sustituye ninguna de estas convenciones o artículos o clausulas que se establecen en el presente contrato y muy especialmente de esta cláusula del Artículo 2, párrafo I, a menos que expresamente y por escrito se contradiga expresamente alguna de ellas, nunca ésta (articulo 2, párrafo I del presente contrato) .

Articulo 3.- EL INQUILINO declara BAJO LA FE DEL JURAMENTO que su esposa señora

ZAIDA DEMORIZI TAVAREZ, Dominicana, mayor de edad, casada, Portadora de la cedula de identidad y electoral Numero 067-0008921-9 domiciliada y residente en la dirección arriba indicada, tiene conocimiento de las negociaciones que envuelven el presente alquiler que se deriva del presente contrato, por lo que firma el mismo en señal de aprobación y en calidad de inquilina.

Articulo 4: Adhesión a las leyes y reglamentos.- EL INQUILINO acepta y garantiza que cumplirá todas las ordenanzas, disposiciones, leyes, reglamentos, resoluciones, ordenes y requerimientos, etc., del estado dominicano y sus dependencias, así como también todas las resoluciones, reglamentos,

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