DERECHOS REALES PARCIAL.
Enviado por Kate • 26 de Febrero de 2018 • 930 Palabras (4 Páginas) • 482 Visitas
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3) A)
B) Ambos casos son de tratativas similares, en el supuesto de Renella c/ Vázquez, la demandada busca apelar el fallo de primera instancia por más que haya sido resuelto a su favor (prescripción adquisitiva); como también alega la falta de acción por no haber demostrado la posesión; cuestión que podría haber sido planteada por la demandada en los autos Zuin c/ Zuchiatti (lo cual lo sucedió). En ambos se alega: que poseen con anterioridad al propietario (quien tiene título) y en consecuencia no pudieron haber recibido la posesión por lo cual no hay tradición del bien inmueble. A pesar de ello en ambos casos se responde de forma idéntica aludiendo al artículo 2789 del C.C. por el cual los adquirentes gozan de los derechos que pudieran ejercer no solamente ellos sino sus antecesores, es decir que su reclamo de reivindicación es de acorde a derecho. En el primero se tiene en cuenta la mala fe de la demandada para la resolución de alguna controversia, en cambio en el segundo no es así.
La diferencia sustancial, es que en los auto Renella c/ Vázquez la demandada acredita la posesión con la fotocopia de un boleto de compraventa, siendo desestimado por no poseer fecha cierta ni certificación de firmas, a su vez el primero la Sra. Vázquez, reconoce el animus domini luego de una acción de desalojo cuestión que en el otro supuesto no se da. Por último en los autos Zuin c/Zuchiatti el demandado alega tener una posesión pública, pacifica, continua, ininterrumpida y sin solución de continuidad, cuestión que luego no fue probada.
C) El legitimado activo para ejercer una acción confesoria es en este supuesto el titular de un derecho real (ejercitables por la posesión) con una servidumbre activa (derecho de paso), todo ello coincide con los art. 2795, 2796 y 2421. Ya sea que sigamos las tesis amplia, estricta o la seguida por el Dr. Alterini, en todos los supuestos estaríamos ante una correcta legitimación activa de quien reclama (sr. Maccio), pero ello nada tiene que ver con el resultado del proceso, que en virtud de las pruebas rendidas por el actor no se logra probar que lo despojaron de su servidumbre en cuestión.
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