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DILIGENCIAS ADELANTADAS

Enviado por   •  27 de Noviembre de 2018  •  1.284 Palabras (6 Páginas)  •  353 Visitas

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RICARDO CHARRY IREGUI

Fiscal 52 Seccional

Unidad Primera de Vida

De conformidad con lo establecido en el artículo 319 del Código de Procedimiento Penal, me permito rendir el presente Informe.

OBJETO DE LA MISION

1. Escuchar en Declaración a MARIA ANTONIA SANTA, RAMON ALAPE SANTA, STELLA YARA CHAGUALA, HILDA MARTINEZ RODRIGUEZ. Para este fin solicítese al señor RICARDO ANDRES YARA CHAGUALA residente en la Carrera 18 K No. 68 – 17 Sur, se sirva suministrar con exactitud la dirección de residencia o de trabajo de estos.

2. Escuchar en declaración a la señora CARMELA MARTINEZ CRUZ, cítesele a la Calle 5 Sur No. 70 – 38 Barrio Nueva Marsella de esta ciudad.

3. Como quiera que se informa que labora en la Fiscalía General de la Nación como Fiscal Delegado, solicítese información a la Dirección Seccional de Fiscalías, si el doctor QUEZADA ORTIZ es fiscal delegado y a que Unidad está adscrito. De confirmarse la calidad de fiscal, comuníquesele que este despacho requiere escucharlo en declaración dentro de la presente investigación, solicitándole informe si lo desea hacer directa y personal o a través de certificación jurada.

4. Solicítese al grupo de Tanatologia Forense del Instituto Nacional de Medicina Legal, se sirva remitir copia del Acta de Levantamiento No. 7702 – 1895 de fecha 29 de noviembre de 1994, remitida por la Fiscalía 17 Delegada junto con el cadáver de LIDIA YARA CHAGUALA de 14 años, para la realización de Necropsia, la cual fue realizada por el patólogo forense JESUS MARIA MANTILLA ALVAREZ mediante protocolo de necropsia No. 7765 – 94.

DILIGENCIAS ADELANTADAS

Una vez recibida la Misión de Trabajo, se iniciaron las respectivas labores correspondientes con el fin de dar cumplimiento a lo solicitado por su Despacho:

1.- Con el fin de ubicar y escuchar en declaración a entrevistar a MARIA ANTONIA SANTA, RAMON ALAPE SANTA, STELLA YARA CHAGUALA, HILDA MARTINEZ RODRIGUEZ, el pasado día 01 de abril de 2017, se estableció comunicación con el abonado celular 310 556 43 21, la cual fue atendida por el señor RICARDO ANDRES YARA CHAGUALA, quien refirió que tanto MARIA ANTONIA SANTA y RAMON ALAPE SANTA madre e hijo, actualmente residen en la vereda Santa Marta – Diamante, en el municipio de Coyaima – Tolima y en cuanto a la señora STELLA YARA CHAGUALA, está reside en la Vereda Pueblo Nuevo, en el Municipio de Saldaña – Tolima. Así mismo se estableció comunicación con el abonado celular 350 460 87 56, siendo atendido por el señor RICARDO ANDRES YARA CHAGUALA quien manifestó que la señora HILDA MARTINEZ RODRIGUEZ a la fecha se encuentra residiendo en el Barrio San Pedro Manzana 4 Casa No. 8 Municipio de Coyaima - Tolima.

Por lo anteriormente expuesto comedidamente me permito solicitarle se autorice el desplazamiento y comisión a los municipios de Saldaña y Coyaima Tolima, a fin de evacuar estas diligencias.

2.- Teniendo en cuenta que su despacho ordeno la comparecencia de la señora CARMELA MARTINEZ CRUZ, mediante oficio No. 1291 del 20 de noviembre de 2016, para el día 18 de diciembre del mismo año, y esta persona no se hizo presente, el suscrito mediante citación de fecha 19 de Enero de 2009 citó a la señora MARTINEZ CRUZ, para el día de hoy 02 de abril 2017 a las 09:00 horas.

El día 02 de abril de 2017 se hizo presente ante esta Unidad Investigativa la señora CARMELA MARTINEZ CRUZ, con quien siendo las 10:00 horas adelanto diligencia de Declaración, la cual se anexa junto con el presente informe en un folio.

3.- Con relación a si el señor PEDRO NEL QUEZADA ORTIZ se encuentra adscrito como Fiscal Delegado. Mediante Oficio No. 0902 del 04 de abril de 2017, se solicitó a la Dirección Seccional de Fiscalías de esta ciudad informar si el señor PEDRO NEL QUEZADA ORTIZ se encuentra adscrito como Fiscal Delegado indicando Unidad y Numero de Fiscalía en la que se desempeña actualmente. Respuesta que se anexa en un folio.

4.- En cuanto a la Solicitud de la copia del Acta de Inspección Técnica a cadáver y considerando que la Fiscalía 52 Seccional mediante oficio No. 1294 solicito al INML y CF Grupo de Tanatologia, allegar copia del Acta de Levantamiento No. 7702 – 1895, de fecha noviembre 29 de 1994, y que a la fecha no se ha obtenido respuesta alguna. Mediante oficio No. 0903 del 15 de enero de 2009 este investigador recabo nuevamente en esa solicitud. Una vez obtenida la respuesta se allegara a las presentes diligencias.

En los anteriores terminos dejamos rendido el presente informe

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