Introducción al Estudio del Derecho.
Enviado por Sandra75 • 21 de Noviembre de 2017 • 1.498 Palabras (6 Páginas) • 1.319 Visitas
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4.- Interpretación e Integración de la Ley Civil: El párrafo cuarto del artículo 14 constitucional no es solo regla de interpretación, sino de integración. (Triple)
5.- Tiene indudablemente el defecto de referirse de modo exclusivo al acto por el cual un negocio es fallado, como si los problemas hermenéuticos, en esta materia, únicamente presentarse cuando el juez dicta sentencia. (Triple)
6.-Papel que la Equidad Desempeña en el Derecho Mexicano: El artículo 14 constitucional, en su último párrafo, dice que “en los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho”. (Triple)
7.- Si se acepta que la equidad es un principio general, el más general de los principios del derecho, tendrá que admitirse que desempeña entre nosotros papel supletorio, y que, en los casos en que no hay ley aplicable a una situación especial, y el juez ha agotado los recursos de la interpretación jurídica, puede y debe inspirarse, al dictar su sentencia, en principios de equidad.
(Cap XXX) Conflictos de Leyes en el Tiempo
1.-Teoría de los Derechos Adquiridos: Suele considerarse a Merlin como el expositor más brillante de esta doctrina. Según el citado jurista, una ley es retroactiva cuando destruye o restringe un derecho adquirido bajo el imperio de una ley anterior. (Doble)
2.- La tesis gira alrededor de tres conceptos fundamentales, a saber: el de derecho adquirido, el de facultad y el de expectativa. “derechos adquiridos son aquellos que han entrado en nuestro dominio y, en consecuencia, forman parte de él y no pueden sernos arrebatados por aquel de quien los tenemos”. (Doble)
3.- La Tesis de Baudry-Lacantinerie y Houques-Fourcade sobre los Derechos Adquiridos: El ejercicio de la facultad legal, que en cierto modo materializase en ese acto que la traduce, es constitutivo del derecho adquirido. Y este nos pertenece a partir de entonces, al punto de que una nueva ley no puede despojarnos del mismo sin pecar de retroactiva.
4.- Tesis de Paul Roubier: La base de la teoría de los conflictos de leyes en el tiempo reside, según Roubier, en la distinción del efecto retroactivo y el efecto inmediato de la ley. (Triple)
5.- Las normas legales tienen efecto retroactivo cuando se aplican:
a) A hechos consumados bajo el imperio de una ley anterior
b) A situaciones jurídicas en curso, por lo que toca a los efectos realizados antes de la iniciación de la vigencia de la nueva ley (Triple)
6.- Tesis de Planiol: La doctrina de Roubier coincide esencialmente con la Planiol. Este autor propone la siguiente fórmula para explicar la noción de retroactividad:
Las leyes son retroactivas cuando vuelven sobre el pasado, sea para apreciar las condiciones de legalidad de un acto, sea para modificar o suprimir los efectos ya realizados de un derecho. (Triple)
7.-Tesis de Bonnecase: Se basa en la distinción entre situaciones jurídicas abstractas y concretas. Una ley es retroactiva, cuando modifican o extingue una situación jurídica concreta.
La abstracta es la situación jurídica concreta es la manera de ser, derivada para cierta persona de un acto o de un hecho jurídico.
(Cap XXXI) Conflictos de Leyes en el Espacio
1.- Los Conflictos de las Leyes y el Derecho Internacional: El problema de los conflictos de leyes en el espacio es la más importante de las cuestiones estudiadas por el derecho internacional privado, más no la única. En opinión del célebre internacionalista Niboyet, aquella ciencia debe tratar tres cuestiones fundamentales, a saber: (Doble)
2.- 1º problema de la nacionalidad
2º problema de la condición de los extranjeros
3º conflictos de leyes en el espacio
La nacionalidad suele ser definida como “el vínculo político y jurídico que relaciona a un individuo con un Estado”. (Doble)
3.- La teoría de los Astutos: El problema de los conflictos de leyes en el espacio redúcese a la determinación de la autoridad territorial o extraterritorial de los diversos preceptos.
4.- Planteada la cuestión en tales términos, tres tipos de solución aparecen ante nosotros como lógicamente posibles: a) el principio de la territorialidad absoluta; b) el de la extraterritorialidad absoluta; c) el de la territorialidad y la extraterritorialidad combinadas (sistema mixto)
5.- Doctrina de Pillet: Este autor parte del principio de que el derecho internacional privado debe tener como base el respeto de las soberanías. El respeto de las soberanías por los diversos Estados no puede ser considerado como concesión graciosa o acto de mera cortesía internacional, sino que encuentra su fundamento en normas jurídicas obligatorias para todos los Estados.
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