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PROCEDIMIENTO PARA FORMULAR UNA DECLARATORIA DE FÁBRICA

Enviado por   •  30 de Abril de 2018  •  5.514 Palabras (23 Páginas)  •  359 Visitas

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a 1.65 m sobre el nivel de la azotea y se accede a ellos por medio de unas escaleras de gato.

Sobre los cuartos de máquinas, ahora se ubican los tanques de gas para cada torre y el acceso a ellas también se da por medio de escaleras de gato.

En la torre B se ubica el mástil para la luz de balizaje del edificio.

1.2 PARAMETROS URBANISTICOS

1.3 CUADRO DE AREAS

1.4 COSTOS DEL PROYECTO

1.5 VALORIZACIONES POR PARTIDA

ANEXOS 01

Edificio Parquemar - Segunda Parte

1.1 NORMAS LEGALES Y DISPOSITIVOS DE GOBIERNOS LOCALES PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

El marco legal se basa en los diferentes estatutos o reglamentos que se tienen que cumplir durante el proceso de planeamiento y diseño de un proyecto, también durante su ejecución y posteriormente cuando empieza a funcionar el edificio (hablamos de arrendamiento, compra-venta, cuando se ofrece un servicio que puede cambiar de función).

Como se puede ver en el siguiente esquema, las normas legales tienen una jerarquía. En el caso de la construcción de edificios, casi siempre tiene una base legal compuesta por Decretos Supremos (aprobados por el Ministerio de Vivienda y el Presidente), Decretos legislativos y una que otra Ley. Estas normas casi siempre se actualizan o se regulan cada cierto tiempo.

1.2 DISPOSITIVOS DE GOBIERNOS LOCALES

En cuanto a dispositivos de Gobiernos locales, se refiere a los mecanismos de éstos como entidades autónomas, que tienen reglamentos y patrones que se aplican en su jurisdicción (el terreno que poseen).

Están dentro de la Descentralización y Gobiernos Subnacionales. Son:

* Gobiernos Regionales: Empresas Regionales

* Gobiernos Locales: Municipalidad Provincial, Municipalidad Metropolitana de Lima (49 distritos) y Municipalidad Distrital.

Municipalidad de Lima Metropolitana: Es necesario contar con esta revisión, pues a veces la municipalidad tiene proyectos interdistritales y según ello cierto reglamento y normas, como por ejemplo: el impacto en la zonificación del área interdistrital determinada. Ante ello tendrá que haber un conceso entre ésta y la municipalidad donde se ubique el edificio.

Para esto sirve el Certificado de parámetros urbanísticos (es propio del distrito en el que se va a diseñar), pues se supone que este certificado ya ha considerado proyectos a nivel interdistrital, si en caso la zona lo amerite.

Municipalidad Distrital: La autonomía de las Municipalidades distritales se rige bajo la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972.

Las ordenanzas municipales un acto normativo a través del cual se expresa el Concejo Municipal para el gobierno de su respectiva sección de provincia en temas que revisten interés general y permanente para la población y cuya aplicación y cumplimiento es de carácter obligatorio desde su publicación. Se aprueban por mayoría absoluta de los miembros presentes del concejo municipal, excepto en aquellas que en ciertas materias o por mandato de la Constitución Política del Estado y otras leyes requieren de un número mayor de votos para su aprobación.

El reglamento de las construcciones es más desarrollado o menos según el distrito. Por ejemplo los distritos de Miraflores y San Isidro son más exquisitos y minuciosos con sus ordenanzas (las cuales incluyen especificaciones técnicas) y consecuentemente los impuestos por incumplimiento son más elevados.

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

ORGANISMOS MUNICIPALES

Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas

La Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas se encarga de verificar el cumplimiento de la normativa urbanística y técnica en los procesos de edificación a través de la emisión de licencias de edificaciones y documentos conexos. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia de Autorización y Control.

Se encarga de emitir Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, licencias de edificación y/o demolición; así como evaluar y otorgar la Conformidad de Obra y la Declaratoria de Fábrica, en el marco de la normativa edificatoria vigente.

Así mismo, efectúa el seguimiento de los controles de obra de aquellas edificaciones y/o demoliciones que cuenten con la respectiva licencia bajo cualquiera de las modalidades establecidas, verificando el cumplimiento de las normas urbanísticas y técnicas en la ejecución de las obras.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es una refacción?

Es una obra de mejoramiento y/o renovación de instalaciones, equipamiento y/o elementos constructivos. No altera el uso, el área techada, ni los elementos estructurales de la edificación existente.(literal d del numeral 2 del artículo 3 de la Ley 29090).

¿Qué es un acondicionamiento?

Es un trabajo de adecuación de ambientes a las necesidades del usuario, mediante elementos removibles, como tabiquería (drywall, fibrablock, u otro), falsos cielos rasos, ejecución de acabados (enchapes, pisos, tarrajeos) e instalaciones (sanitarias, eléctricas). (Literal e del numeral 2 del artículo 3 de la Ley 29090).

¿Necesito licencia de edificación para realizar un acondicionamiento o una refacción?

De acuerdo al literal a) del artículo 9 de la Ley No. 29090 están exceptuados de obtener licencia de edificación los trabajos de acondicionamiento o de refacción. Basta con declararlos en el autoavalúo del año siguiente a la ejecución de los mismos, siempre y cuando no se ejecuten en inmuebles que constituyen

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