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PROYECTO DE ORDENANZA DE SERVICIO DE TAXI EN LA PROVINCIA DE HUARAL

Enviado por   •  22 de Marzo de 2018  •  7.463 Palabras (30 Páginas)  •  553 Visitas

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ARTÍCULO 07.-Corresponde a las municipalidades distritales que integran la municipalidad provincial de Huaral controlar y supervisar el servicio que ofrecen los conductores de taxi así como el buen uso de los paraderos oficiales del servicio de taxi que se implanten en su jurisdicción, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ordenanza, canalizando las denuncias a la dirección de transporte y seguridad vial

ARTÍCULO 08.-La fiscalización del cumplimiento de las disposiciones de esta ordenanza se realizaran a través:

- Los ciudadanos, que podrán formular denuncias por infracciones a esta ordenanza ante la Gerencia de transportes transito y seguridad vial

- La Gerencia de transporte transito y seguridad vial en cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas de la municipalidad provincial de Huaral, de oficio o a pedido de parte fiscalizara, el cumplimiento de la presente ordenanza y de los dispuestos en la autorización correspondiente por parte de las personas naturales o jurídicas, aplicando las sanciones que correspondan con cargo de incumplimiento.

ARTÍCULO 09.-Al otorgar la autorización para la explotación del servicio de taxi, la municipalidad provincial de Huaral está obligada a respetar el derecho al título de la autorización, a brindar el servicio de taxi en la jurisdicción en la provincia de Huaral, por el plazo previsto en la autorización

ARTÍCULO 10.-Las personas naturales o jurídicas, propietarios o poseedores de vehículos o las personas que los conducen, están obligadas a tramitar ante la municipalidad provincial de Huaral, la autorización de operación y/o autorización de conductor del servicio de taxi, conforma a los procedimientos y requisitos que se establecen en la presente ordenanza. No podrán explotar el servicio de taxi los vehículos y conductores que no cuentan con la respectiva autorización municipal.

TITULO II

DEL SERVICIO DE TAXI

CAPITULO I

GENERALIDADES

ARTÍCULO 11.-Las personas naturales o jurídicas que se dedican a la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en la modalidad de taxi independiente, taxi estación y taxi colectivo son responsables ante la autoridad administrativa, del cumplimiento de las normas y reglamentos que se deriven a a prestación del referido servicio.

ARTÍCULO 12.-Las personas naturales o jurídicas que alquilan sus unidades autorizadas a terceros para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en la modalidad de taxi independiente, estación y taxi colectivos son responsables solidarios de los actos derivados de la prestación del referido servicio.

ARTÍCULO 13.-La gerencia de transporte transito y seguridad vial, registrara y autorizara a las empresas los vehículos y conductores.

CAPITULO II

TAXI INDEPENDIENTE

ARTÍCULO 14.-El servicio de TAXI INDEPENDIENTE, consiste en el servicio que se presta en vehículos de propiedad de personas naturales o jurídicas conducidos por un propietario conductor o conductores debiendo en todos los casos estar previamente inscritos y autorizados por la gerencia de transporte transito y seguridad vial además de reunir los requisitos que se establecen en la presente ordenanza.

CAPITULO III

TAXI ESTACION

ARTÍCULO 15.-El servicio de TAXI ESTACION consiste en el transporte de personas dentro de la provincia de Huaral partiendo de una estación o paradero atendiendo las solicitudes de los usuarios

ARTÍCULO 16.-El servicio de TAXI ESTACION es realizado por personas jurídicas constituidas y registradas conforme a ley, con una flota no menor de diez (10) unidades vehiculares

ARTÍCULO 17.-Las personas jurídicas registradas para prestar el servicio de transporte público de pasajeros en la modalidad de TAXI ESTACION deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Tener un local apropiado de operaciones para su flota del servicio de taxi el cual debe contar con autorización municipal de funcionamiento de establecimientos y cuya ubicación no se encuentre dentro de las zonas rígidas determinadas por la municipalidad provincial de Huaral.

- Tener una central de comunicaciones por radio o por teléfono a través de la cual deben tener comunicación permanente y directa con todos y casa uno de los vehículos pertenecientes a la flota que presta el servicio de taxi los vehículos deben estar dotados además de el elemento fijo de comunicación de un elemento para el caso de que el conductor se encuentre fuera del mismo.

ARTÍCULO 18.-La Gerencia de Transportes transito y seguridad vial determinara las zonas de servicio para obtener la autorización respectiva.

ARTÍCULO 19.-Los vehículos que prestan servicio público de transportes de pasajeros en la modalidad Estación no recogerán pasajeros en zonas no autorizadas, a excepción del horario comprendido 08:00 pm y las 05:00am. prestaran el servicio libremente.

CAPITULO IV

TAXI COLECTIVO

ARTÍCULO 20.-El servicio de TAXI COLECTIVO consiste en el servicio que prestan únicamente personas jurídicas como asociaciones cooperativas o empresas luego de haber obtenido una autorización, por una determinada ruta, frecuencia y número de unidades vehiculares.

ARTÍCULO 21.-El permiso para prestar el servicio de TAXI COLECTIVO será otorgado por la gerencia de transportes transito y seguridad vial mediante las autorizaciones.

ARTÍCULO 22.-Las autorizaciones para el servicio de TAXI COLECTIVO serán otorgados mediante Procesos de Adjudicación, previo estudio técnico de operación de rutas que tendrá en cuenta la capacidad y antigüedad de la flota, de acuerdo a la modalidad y características del servicio requerido para cubrir la demanda.

ARTÍCULO 23.-Las condiciones para el otorgamiento de autorizaciones para el servicio de TAXI COLECTIVO serán establecidas en las bases del proceso de adjudicación.

ARTÍCULO 24.-Una empresa podrá obtener una o más autorizaciones siempre que acredite tener la capacidad requerida para el servicio.

ARTÍCULO 25.-La Gerencia de transportes, transito y seguridad vial creara, modificara ampliara y recordara

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