TALLER DE BONOS Y ACCIONES
Enviado por klimbo3445 • 25 de Enero de 2018 • 3.054 Palabras (13 Páginas) • 580 Visitas
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La palabra acciones tiene su origen en el vocablo holandés “aktie” que significa el derecho que tiene el accionista en la compañía.
Su naturaleza:
Radican en la voluntad de las personas societarias, lo cual incorpora un mejor derecho, que como tenedor del título valor, está legitimado para disponer de los derechos en él establecido, tales como de endosar o transmitir conjuntamente con el título, por estar enmarcado dentro de una condición especial de títulos valores.
6. Explicar las características de las Acciones y la relación entre Acción y Capital.
Las características de las Acciones consisten en:
- Por ser un título valor en general
- Es una parte del capital social de la compañía
- Es un título normativo
- Son indivisibles; si pertenecen a varias persona, estas deberán tener un solo representante.
- Es pecuniario
- Son nominales
La relación existente entre Acción y Capital:
Capital: es la sumatoria que se forma del conjunto de aportes que se llevan a un fondo social, el cual adquiere importancia y responsabilidad frente a terceros. Acciones: es el importe o fracción del número que se emite o suscriben en una sociedad, es decir, es una parte aportada del capital social, expresada en dinero, muy a pesar que se trate de bienes.
7. Mencionar y explicar las diversas clases de Acciones.
- normativas: son aquellas que llevan el nombre del propietario, siempre y cuando se han pagado íntegramente y su propiedad no puede transferirse sin el lleno de los requisitos de endoso y registro.
- Acciones al portador: no se expide a favor de persona determinada, sino que se expresara una clausula que diga “al portador”, es decir quien tenga el titulo podrá reclamarlo.
- Acciones Ordinarias: confieren derechos de participar en las deliberaciones de la asamblea y votar, recibir una parte proporcional de los beneficios sociales, negociar libremente las acciones, inspeccionar y recibir una cuota parte de los activos sociales.
- Acciones Privilegiadas: otorgan un derecho preferencial para su reembolso por liquidación, a la destinación de las utilidades en una cuota parte y cualquier otro privilegio de carácter exclusivamente económico.
- Acciones de goce: Este título se entrega a los accionistas luego que hayan hecho una amortización al capital, se reembolsan las aportaciones a los socios tomado de la amortización de utilidades o disminución del capital (art 380 C.CO).
- Acciones de industria: Este aporte podrá hacerse con o sin estimación de un valor determinado, cuando esta obligación es estimada se considera cumplida sucesivamente por la suma periódica que representa para la sociedad el servicio que constituye el objeto de aporte. Los títulos de dichas acciones permanecerán depositados en la caja social para ser entregados al aportante cuan este cumpla su obligación.
- Acciones de capital: El suscriptor se obliga para con la sociedad mediante un aporte a cambio del título al societario.
- Acciones de tesorería: Se refiere a las emitidas con posterioridad a la creación de la sociedad, muy a pesar de no ser canceladas, deben ser aprobadas por la Asamblea General por votación superior del setenta por ciento de los accionistas, a efecto de mejorar las utilidades, fortalecer el valor comercial, etc.
- Acciones suscritas: Corresponde al capital social autorizados por compromiso de los socios en aportar, para la constitución de la sociedad.
- Acciones en reserva: Son acciones no suscritas, que al momento de constituir la sociedad, estas superan el cincuenta por ciento, por lo menos.
- Acciones pagadas y no liberadas: Las pagadas se refiere a las canceladas en su totalidad, y las no libradas porque no ha sido canceladas íntegramente.
- Acciones con dividendo preferencial y sin derecho de voto: Son aquellas que al momento de emitirse, se establecen en el reglamento que tiene derecho a unos dividendos preferencial, pero sin la opción de voto, y su capital no debe estar representado en acciones de goce o industria, por lo que debe estar inscritas en la Bolsa de Valores, a efecto de obtener en el término de dos años, una mayor utilidad y con ello se cancela.
8. ¿En qué consiste la emisión, la oferta, la colocación, el contrato y el reglamento de suscripción de Acciones?
La emisión: es una facultad que tienen los administradores para utilizar las acciones no suscritas o las emitidas por efecto de aprobación social, las cuales pueden darse antes o después del acto constitutivo. Es una creación de titulo el cual se pondrá en circulación, donde se expresara la clase de acción que ofrece, su valor y si su ofrecimiento es de libre suscripción.
El art. 643 del C. de Co., establece: “La emisión o transferencia de un título-valor de contenido crediticio no producirá, salvo que aparezca de modo inequívoco intención en contrario de las partes, extinción de la relación que dio lugar a tal emisión o transferencia.”
La oferta: Es un proyecto de negocio jurídico donde una persona le formula a otra, para que la oferta se dé es necesario que se le comunique al destinatario y que esta reúna los requisitos para su existencia y validez.
Colocación: Es la oferta que la sociedad hace a distintas personas para que ellas decidan.
Contrato de suscripción: Es un contrato por el cual una persona se obliga a pagar un aporte a la sociedad de acuerdo con el reglamento respectivo y someterse a sus estatutos, a su vez la sociedad se obliga a reconocer la calidad de accionista y entregarle el título correspondiente.
Este contrato es: autónomo, de adhesión, bilateral, oneroso, consensual y puede probarse por cualquier medio legal.
Reglamento de suscripción: este reglamento es aprobado por la junta directiva, opera para aquellas acciones en reserva y las que emita posteriormente la sociedad, contiene las condiciones en las cuales se pacta el contrato y mantener en igualdad a los suscriptores, este reglamento debe contener: cantidad de acción ofrecidas, no superior a las emitidas, la proporción y forma en que puedan suscribirse,
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