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Transcripción de COMPARACION DE LOS MEDIOS PROBATORIOS EN EL CODIGO DE PROCED

Enviado por   •  8 de Octubre de 2018  •  1.515 Palabras (7 Páginas)  •  386 Visitas

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una ciencia, técnica o arte.

- Decreto 2282/1989. Primer precedente legal del informe como medio de prueba

- Rendir el informe solicitado es de carácter obligatorio e ineludible, salvo que el punto este amparado bajo reserva legal.

- Rendido el informe, se dará traslado a las partes por el término de 3 días, dentro del cuál podrán solicitar su aclaración, complementación o ajuste a los asuntos solicitados.

- Profesor DANIEL SUÁREZ HERNÁNDEZ, primera persona en hablar sobre la necesidad de implementar la prueba por informes.

- El CPC habla del examen judicial de personas, lugares, cosas o documentos, pero el CGP le quita el carácter, pues sus normas pueden ser aplicadas a infinidad de ámbitos jurídico procesales.

- El CGP le otorga un carácter mucho más excepcional, siempre y cuando sea posible llevar a cabo la inspección en el recinto oficial.

- El CGP le otorga al juez la facultad de

determinar si requiere o no la compañía de un perito

para realizar la inspección, el CPC estipulaba que si la

parte pretendía el acompañamiento de un perito, esta era

de obligatorio cumplimiento.

- El CGP es más exigente con

el criterio de la pertinencia para solicitar

una inspección judicial.

- El CGP le permite al juez

iniciar la inspección judicial en el mismo

lugar donde habrá de practicarse y no ya

forzosamente como establecía el CPC en la sede

del correspondiente despacho judicial o administrativo.

- El CGP autoriza al juez para dictar sentencia el mismo día en el curso de la inspección

- El CGP acepta que cuando la inspección judicial se trate de inmuebles rurales, se podrá hacer la inspección mediante reconocimiento aéreo.

- El CGP indica que el acta de inspección solo se limitará

a contener un resumen, memoria de la instalación,

personas y sitios objeto de la inspección y los

datos de los intervinientes.

- Siempre ha mantenido su naturaleza de servir como prueba de el dinero que se reclama dentro del proceso, pero una de las modificaciones fue restringir el campo de uso de estimar en dinero el derecho demandado como lo establecía el CPC a solamente usarse cuando se pide la indemnización, compensación o el pago de frutos y mejoras como se expresa en el CGP.

- El juramento es plena

prueba siempre y cuando no haya

sido objetada, porque si se evidencia que es notoriamente injusta la estimación, el juez puede imponer una sanción. Dicha sanción en el CPC era del 50%, ahora en el CGP es del 30% del valor estimado.

- Fue una creación del Código General del Proceso la sanción por desestimación de las pretensiones.

- El CGP modifica el numeral 5 de los requisitos de la confesión y establece que la confesión debe versar sobre los derechos personales del confesante o de los que

tenga o deba tener conocimiento

- El CGP le agrega a la confesión por apoderado judicial

la representación en otro proceso: el verbal sumario.

- Se trata de una confesión por ministerio de ley por cuanto el apoderado debe ser serio y responsable a sus actuaciones, y en momentos específicos puede confesar aún cuando no esté confesado por su mandante.

- Y podrá extenderse a hechos o actos anteriores a

su representación.

- El CGP valida las declaraciones

de los representantes de personas jurídicas en derecho público.

Interrogatorio

- El CGP implementó el interrogatorio de parte en donde quién pretenda demandar podrá pedir por única vez que su contraparte conteste el interrogatorio que le formule sobre hechos que han de ser materia en el proceso.

- A su vez, el CGP en materia del interrogatorio de las

partes precisó que la citación para interrogatorio será

realizada por petición del juez o de

las partes.

- El CGP, realiza también una distinción entre persona natural y persona jurídica. La primera además de tener capacidad deberán absolver personalmente el interrogatorio y la segunda si tiene varios representantes o mandatarios generales cualquiera de ellos deberá concurrir a absolver el interrogatorio.

- El CGP agrega la tacha por inhabilidad y expresa que deberá formularse por escrito antes de la audiencia señalada para la recepción.

- El CGP es claro en que si la

petición reúne los requisitos el juez ordenara que se practique el testimonio en la audiencia correspondiente, mientras que el CPC expresa que cuando no sea suficiente en una audiencia recibir el testimonio el juez continuará en fecha más próxima posible, también expresa que el testigo impedido para concurrir al despacho por enfermedad, se le recibirá declaración en audiencia donde se encuentra.

- En el CGP solo se podrá tomar testimonio en el despacho del testigo solo cuando se trata del presidente de la República y el vicepresidente, mientras que en el CPC los menciona en el art. 222 declaraciones por certificación incluyendo ministros, contralor general, senadores, etc.

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