CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES CON RESERVA DE DOMINIO
Enviado por Kate • 27 de Diciembre de 2017 • 1.601 Palabras (7 Páginas) • 1.032 Visitas
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OCTAVA.- “El vendedor”, como legítimo propietario del inmueble objeto del presente contrato, mantiene la posesión física y jurídica del mismo hasta el pago total del precio pactado en el presente contrato; y de la misma manera se obliga a entregarlo desocupado a “El comprador” a la firma de la escritura pública, sin limitación de dominio y libre de todo gravamen fiscal o de cualquier otra naturaleza.
NOVENA.- La firma de la escritura de compraventa se hará ante la fe del notario público mencionado en la cláusula QUINTA designado por “El comprador”, la cual se efectuará en un plazo máximo de 90 días naturales, a partir de la firma del presente contrato.
DÉCIMA.- El inmueble materia del presente contrato se entregará con: puertas, chapas, contactos y apagadores completos, cocina integral con estufa, baño con muebles y accesorios completos, en el estado en el que se encuentran, los cuales “El comprador” manifiesta conocer y aceptar. Asimismo, “El vendedor” entregará el inmueble con todos los servicios y correspondientes instalaciones para su uso (agua, luz, teléfono, gas).
DÉCIMA PRIMERA.- Las partes convienen que en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, imputable a alguna de las partes contratantes, la responsable cubrirá a la otra parte una pena convencional de $_________ (____________________________ 00/100 M.N.) quedando automáticamente liberadas ambas partes de su obligación, dándose por rescindido este contrato de pleno derecho y sin necesidad de resolución judicial.
Los contratantes acuerdan excluir como motivo de incumplimiento, el retraso que pudiera existir imputable a terceras personas tales como: el Registro Público de la Propiedad o la notaría designada. Esto es, en caso de causas imputables directamente a terceros como el trámite de gestoría notarial y/o que no se pase el avalúo, ninguna de las partes se hará acreedora a la pena convencional pactada.
- En caso de que el incumplimiento fuese de “El vendedor”, pagará la pena convencional pactada y reembolsará la suma de dinero que hubiese recibido, a cuenta del precio del inmueble por “El comprador”, de manera inmediata en la fecha en que ocurra la causa del incumplimiento.
- La falta o retraso de la entrega de la documentación por parte de “El vendedor” o “El comprador” que impida la tramitación y formalización de la escritura de compraventa dará lugar al pago de la pena convencional pactada.
- Si el incumplimiento es de “El comprador”, “El vendedor” descontará la cantidad de la pena convencional del anticipo recibido, mencionado en la cláusula segunda, numerales 1) y 2), y devolverá el restante de manera inmediata, en caso que lo hubiere.
En caso de actualizarse cualquiera de las causales mencionadas, las partes quedan obligadas a notificarse el hecho por escrito, inmediatamente después de ocurrida la causal respectiva.
Si la cantidad establecida como pena no se paga al término de diez días hábiles a partir de la notificación por escrito de la causal ocurrida, se generarán intereses a una tasa mensual del 4% (cuatro por ciento) y por todo el tiempo que dure la mora, teniéndose por satisfecho el adeudo únicamente mediante el pago simultáneo del principal e intereses.
DÉCIMA SEGUNDA.- Los gastos, impuestos, derechos y honorarios del notario, que se originen por la compraventa del presente contrato serán pagados única y exclusivamente por “El comprador”, y el pago del impuesto sobre la renta será cubierto únicamente por “El vendedor”.
Asimismo, si resultara algún adeudo en los pagos de servicios como administración, luz, agua, predial, teléfono o gas, “El vendedor” se obliga a cubrirlo antes de que “El comprador” entre en posesión del inmueble.
Así también, si del certificado de libertad de gravámenes resultara algún adeudo o gravamen, reserva o anotación que recaiga sobre el bien inmueble materia del presente contrato, y afecte la realización y consumación de la operación de compraventa, “El vendedor” estará obligado a devolver las cantidades que “El comprador” hubiese pagado como anticipo, así como al cumplimiento de la pena convencional prevista en la cláusula DÉCIMA PRIMERA.
DÉCIMA TERCERA.- Las partes señalan como domicilios para oír y recibir todo tipo de notificaciones los siguientes:
“El vendedor”:_________________________________________________.
“El comprador”:________________________________________________.
DÉCIMA CUARTA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, ambas partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes del ____________, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro, u otra causa les pudiera corresponder o elegir.
DÉCIMA QUINTA.- Ambas partes manifiestan que para la celebración del presente contrato no ha habido error, dolo, mala fe, ni otros vicios de la voluntad, que pudieran alterarlo, viciarlo o invalidarlo, celebrándolo libres de cualquier coacción y con total consentimiento.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido, lo firman en todas sus fojas, en la Ciudad de ____________, el día _____________ de ____________ de ____.
“El Vendedor”
“El Comprador”
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