Contrato Arrendamiento Inmueble
Enviado por tolero • 29 de Noviembre de 2018 • 2.340 Palabras (10 Páginas) • 777 Visitas
...
El pago por concepto de renta “EL ARRENDATARIO” lo realizará en el domicilio de "EL ARRENDADOR" o de quien sus derechos represente.
Todo mes de arrendamiento que haya comenzado es forzoso para "EL ARRENDATARIO", comprometiéndose a pagarlo íntegramente, aun cuando ocupe EL INMUEBLE o LA BODEGA por un lapso menor.
Cuando "EL ARRENDATARIO" cubra el importe de la renta mensual con cheque y éste sea devuelto, "EL ARRENDADOR" se reserva el derecho de cobrar el 20% por concepto de indemnización, en los términos del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Asimismo, al momento de la firma del presente contrato, “EL ARRENDATARIO” paga a “EL ARRENDADOR” la cantidad de $___,000.00 (_________pesos 00/100 M.N), por concepto de depósito equivalente a un mes del monto fijado como renta y se le rembolsará dentro de los 60 días siguientes al término del presente contrato, cuando ”EL ARRENDATARIO” desocupe el inmueble y compruebe que no tiene ningún adeudo para con “EL ARRENDADOR” en la contratación de servicios de luz, agua, teléfono, internet y cualquier otro servicio que contrate.
TERCERA.- "EL ARRENDATARIO" no podrá retener la renta en ningún caso, bajo ningún título judicial o extrajudicial.
En caso de que "EL ARRENDATARIO" por cualquier causa consigne la renta ante los tribunales competentes, se compromete a informar a "EL ARRENDADOR" dentro de un plazo de cinco días posteriores a dicha consignación, del lugar en donde se encuentra y a continuar efectuando las consignaciones en el mismo sitio, estando conforme que en caso de no hacerlo cubrirá un 10% de dicha cantidad como pena convencional.
CUARTA.- POSESION.
“EL ARRENDATARIO” entra en posesión de “EL IMUEBLE y LA BODEGA”, a partir de la fecha de firma del presente contrato, mismos que “EL ARRENDADOR” entrega en condiciones de uso normal con todas sus instalaciones en buen estado de funcionamiento, de conformidad con EL ANEXO A.
QUINTA. ENTREGA.
“EL ARRENDATARIO” se obliga a entregar “EL INMUEBLE y LA BODEGA” al vencimiento de este contrato, en las mismas condiciones en que los recibe, salvo el desgaste que amerite por el uso normal del mismo.
SEXTA. VIGENCIA.
El presente contrato estará en vigor a partir del ___- de _____ de 20__ y concluirá el__-de ____de 20___, este plazo es forzoso para ambas partes por lo que en caso de dar por terminado anticipadamente el presente contrato "EL ARRENDATARIO" se compromete a pagar a "EL ARRENDADOR" el equivalente a las rentas no devengadas en el presente contrato.
Una vez transcurrido el término mencionado en el párrafo anterior, "EL ARRENDATARIO" deberá desalojar EL INMUEBLE y LA BODEGA, de manera inmediata, sin necesidad de desahucio, salvo que se pacte expresamente y por escrito la renovación del mismo, la falta expresa de renovación por escrito se entiende por no renovado.
No obstante lo anterior, las partes de mutuo acuerdo, podrán renovar el presente contrato, para lo cual "EL ARRENDATARIO" deberá solicitarlo así y por escrito con treinta 30 (treinta) días de anticipación a la fecha de vencimiento del mismo a "EL ARRENDADOR", y deberá de estar al corriente en el pago de la renta, así como del pago de los servicios, "EL ARRENDADOR" contará con un plazo de 10 (diez) días naturales para contestar a "EL ARRENDATARIO" si acepta o no la solicitud de renovar el contrato, así como las condiciones bajo las cuales se renovará el mismo, reservándose el derecho de celebrar un nuevo instrumento o de prorrogar el presente, en el entendido de que el nuevo contrato deberá ser firmado dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la contestación. En caso de que se acepte la renovación de contrato el precio de la renta será incrementada en la cantidad que fijen las partes, pero no podrá ser menor al aumento que sufra el Índice de Precios al Consumidor correspondiente a los 12 meses anteriores a la fecha de renovación.
En el caso de que "EL ARRENDADOR" no de contestación a "EL ARRENDATARIO" dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha en que haya recibido la solicitud por escrito, se entenderá que no está de acuerdo con renovar el contrato.
“EL ARRENDATARIO” se obliga a permitir a “EL ARRENDADOR” a mostrar EL INMUEBLE y LA BODEGA a otros posibles arrendatarios a partir de la fecha que se notifique de su desocupación y de la terminación de contrato.
SÉPTIMA.- PAGO DE SERVICIOS.
Será por cuenta de "EL ARRENDATARIO" los gastos que se generen por el uso de los servicios de energía eléctrica, de agua, de gas, de teléfono, televisión por cable y lo que llegue a contratar en el Departamento. Así mismo se compromete a entregar de manera semestral los comprobantes de pago de estos servicios a "EL ARRENDADOR"
OCTAVA.-OBRAS O MEJORAS.
Queda expresamente convenido que "EL ARRENDATARIO" no podrá realizar ninguna obra ni mejora de EL INMUEBLE o de LA BODEGA, sin autorización previa y por escrito de "EL ARRENDADOR".
Todas las obras y mejoras que hiciere "EL ARRENDATARIO" en EL INMUEBLE y LA BODEGA, previo consentimiento de "EL ARRENDADOR", quedarán a beneficio de este, y "EL ARRENDATARIO" no podrá retirarlas, aun cuando puedan separarse sin deterioro del mismo, a menos que así lo autorice expresamente "EL ARRENDADOR". Se exceptúa de lo anterior todos los bienes muebles que "EL ARRENDATARIO" haya colocado o instalado EL INMUEBLE o LA BODEGA.
NOVENA. -REPARACIONES.
Si por caso fortuito o de fuerza mayor, o por obra o reparaciones se impidiere total o parcialmente a “EL ARRENDATARIO” el uso de EL INMUEBLE o LA BODEGA, no se causará renta mientras dure el impedimento o la ejecución de la obra, por lo que “EL ARRENDATARIO” no estará obligado a pagar la renta, o en su caso, “EL ARRENDADOR” se obliga a devolver a “EL ARRENDATARIO” el importa de la renta en proporción al tiempo que dure dicho impedimento, y si este durase mas de dos meses “EL ARRENDATARIO” tendrá derecho a pedir la recisión del contrato.
DECIMA.- OBLIGACIONES DE “EL ARRENDATARIO”.
...