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CONTRATO Y ACUERDO DE SERVICIOS MAQUINAS VENDING

Enviado por   •  9 de Enero de 2019  •  1.647 Palabras (7 Páginas)  •  482 Visitas

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Parágrafo. El COMODANTE podrá efectuar reajustes en los precios, sin requerir autorización alguna por parte del COMODATARIO.

SÉPTIMA. MANTENIMIENTO. El valor y gastos derivados del mantenimiento preventivo, correctivo y la reparación de los bienes objeto de comodato correrá por cuenta del COMODANTE, obligándose el COMODATARIO a comunicar al COMODANTE en forma inmediata las fallas que presenten los bienes objeto del comodato para que el COMODANTE efectúe la correspondiente reparación de las mismas.

NOVENA. CESIÓN. El COMODATARIO no podrá ceder o transferir a ningún título los bienes objeto de este contrato, so pena de incurrir en las sanciones establecidas por la ley.

DÉCIMA. CAMBIO DE DOMICILIO DEL COMODATARIO. En el evento en que el COMODATARIO tuviere que desocupar el sitio en el cual se encuentran ubicadas las máquinas objeto de comodato por cualquier circunstancia, se obligará a informar por escrito al COMODANTE con el fin de aprobar dicho traslado, para lo cual dará las indicaciones pertinentes.

DÉCIMA PRIMERA. DURACIÓN. El término de duración de este contrato será de dos (2) meses contados a partir de la fecha de firma del presente contrato.

Parágrafo 1. El término de vigencia será de dos (2) meses por ser considerado prueba piloto y se prorrogará automáticamente por un término igual al inicialmente pactado, siempre y cuando ninguna de las partes manifieste a la otra su intención de darlo por terminado conforme a lo establecido en la cláusula de terminación.

Parágrafo 2. Lo establecido en el parágrafo 1 de ésta cláusula no obsta para que el presente contrato se termine de forma unilateral en cualquier tiempo, por cualquiera de las partes, conforme a lo establecido en la cláusula de terminación.

DÉCIMA SEGUNDA. RESTITUCIÓN. El COMODATARIO está obligado a restituir al COMODANTE los bienes objeto de este contrato. El COMODANTE está obligado a la desinstalación y retiro de estos bienes de las instalaciones del COMODATARIO, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de terminación del contrato, so pena de incurrir en incumplimiento

DÉCIMA TERCERA. DERECHO DE RETENCIÓN. EL COMODATARIO renuncia al derecho de retención consagrado en el artículo 2218 del Código Civil.

DÉCIMA CUARTA. INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL. El objeto del presente contrato no configura relación laboral, dependencia, mandato y representación alguna entre el COMODANTE Y el COMODATARIO, ni sus empleados ni profesionales siendo las partes contratistas independientes.

Parágrafo1. Todas las prestaciones sociales, salarios, dotaciones y cualquier otro pago laboral que por ley le correspondan al personal que emplee el COMODANTE en cumplimiento del presente contrato serán únicas y exclusivamente de su cargo.

Parágrafo 2. Para efectos del desarrollo del objeto del presente contrato y las consecuencias de cualquier tipo que del mismo pudieran derivarse, se excluye la existencia de cualquier tipo de solidaridad entre el COMODANTE y el COMODATARIO. El COMODANTE asume de manera directa toda consecuencia civil contractual o extracontractual o de cualquier otra índole derivada de las fallas en los bienes de su propiedad y en el desarrollo del presente contrato, y que puedan generarse frente al COMODATARIO, a uno de sus funcionarios o a terceros.

DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN. El presente contrato terminará por las siguientes causales:

- Mutuo acuerdo entre las partes.

- Incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.

- Por las demás causas legales.

Parágrafo. No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato de forma unilateral y anticipada, sin lugar a indemnización alguna, mediante comunicación escrita enviada a la otra parte con una antelación mínima de treinta (30) días calendario a la fecha de terminación deseada. La restitución de las máquinas se ajustará a lo establecido en la cláusula décima del presente contrato.

DÉCIMA SEXTA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes convienen que en el evento en el que surjan diferencias con ocasión o en desarrollo de este contrato, bien sea que versen sobre su interpretación, ejecución, cumplimiento, terminación o liquidación, buscarán durante los primeros treinta (30) días mecanismos de arreglo directo.

Parágrafo. Los asuntos relacionados con cobros por no pago, indemnizaciones y cualquier otra cuestión de carácter patrimonial que surjan con ocasión del presente contrato, deberán ser dirimidos de acuerdo con lo señalado en la presente cláusula. Lo anterior no obsta para que pueda iniciarse un proceso ante la jurisdicción ordinaria.

DÉCIMA SÉPTIMA. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Las partes no responderán por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, cuando el mismo provenga de eventos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito debidamente comprobados.

DÉCIMA OCTAVA. DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos los efectos legales se fija como domicilio contractual la ciudad de Medellín.

DÉCIMA NOVENA. ANEXOS:

Forman parte integral de este contrato los siguientes documentos:

a. Certificado de existencia y representación legal de las partes.

b. Fotocopia del RUT de las partes.

c. Anexos sobre características de los equipos del presente contrato.

Para constancia se firma en dos ejemplares del mismo tenor, integrados por cada uno por seis (6) folios numerados, dirigidos al COMODATARIO y COMODANTE.

En constancia se firma a los xxxxxxxxxxxxx días del mes de xxxxxxxxxxxx del año xxxxxxxxxxxxxxxxx.

COMODANTE, EL COMODATARIO,

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