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DESAHOGO ADMINISTRATIVO

Enviado por   •  9 de Enero de 2019  •  3.056 Palabras (13 Páginas)  •  259 Visitas

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VI.-FECHA EN QUE SE TUVO CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN QUE AHORA SE SOLICITA SE DECLARE LA CANCELACION.- SE NOTIFICO EL DIA ________________________________, LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CON NUMERO DE EXPEDIENTE ____________________________________________________________, seguido al propietario y/o Representante legal; Encargado, Gerente, Administrador, Poseedor, Arrendatario y/o responsable del establecimiento mercantil _______________________________ con giro de _______________, ubicado en _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, signado por el director General Jurídico y de Gobierno en ___________ en razón de que se han realizado todas las gestiones necesarias para subsanar las faltas administrativas recaídas sobre dicha negociación; motivó por el cual se pretende LA CANCELACION DE DICHO ACTO ADMINISTRATIVO, y por ende la cancelación de la multa impuesta en el mismo, por ser lo procedente conforme a Derecho; tal y como se demostrará ante Ustedes en su oportunidad.

VII.- DESCRIPCION DE LOS “HECHOS:”

- Con fecha ______________________, la suscrita presento ante el entonces Director Jurídico y de Gobierno en esta demarcación, escrito subsanando lo solicitado en el Orden de Visita de Verificación numero _______________________________________________, que consistía en colocar señalamientos indicando Ruta de Evacuación, ubicación de Extintor y Botiquín, así como instructivo de que hacer en caso de incendio, anexando copia simple y original para cotejo de: Constancia y Factura de extintor con carga vigente y álbum fotográfico con 4 fotografías, mismos que obran en dicho expediente.

2.- Manifestando en ese mismo escrito bajo protesta de decir verdad, que el camellón que se encuentra situado en frente de mi establecimiento mercantil ya se encontraba limpio, lo cual es para tomarse en cuenta por esta H. Autoridad Jurisdiccional, debido a que en dicho camellón operan desde tiendas hasta microbuses y personas que se dedican a pintar y hojalatear carros, sin menos cabo de lo sucedido, le informo a usted que la suscrita hacia uso parcialmente de la vía pública ya que al terminar mi jornada de trabajo se recoge todo lo ahí descrito, asentadas en el acta de verificación respectiva y que constan dentro del expediente citado al rubro, comunicándole que fueron subsanados dichas anomalías por la suscrita.

3.- En fecha ________________________ me fue notificada la RESOLUCION ADMINISTRATIVA oficio numero: __________________________________________________________________, en la cual le imponen una multa de $10,084.33 (DIEZ MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS 33/100 M.N.) al Establecimiento Mercantil con giro de ____________________ y/o razón social _________________ derivado de “…utilizar parcialmente la Vía Pública para la prestación de los servicios sin contar con el permiso correspondiente…”, de la que soy TITULAR RESPONSABLE, notificándole que la denominación correcta es _______________ la cual he mantenido en orden y actualizada de todos y cada uno de los requerimientos para el correcto funcionamiento, así como el estar al corriente del pago de impuesto, todo esto bajo los lineamientos establecidos en las normas jurídicas y sociales establecidas.

RESUELVE

PRIMERO.- La C. _________________________, Titular del Establecimiento Mercantil con giro de venta _________________, con denominación y/o razón social _____________, ubicado en ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________, infringió lo dispuesto en el artículo 15 fracción XI de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, motivo por el cual al utilizar la Vía Publica para la prestación de los servicios sin contar con el permiso correspondiente, se hace acreedor a la sanción mínima permitida consistente en 351 (trescientos cincuenta y uno) días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción que multiplicado por $57.46 (cincuenta y siete pesos 46/100M.N.) resulta la cantidad de $20, 168.66 (veinte mil ciento sesenta y ocho pesos 66/100 M.N.), multa que se reducirá a la mitad, quedando un total de $10,084.33 (diez mil ochenta y cuatro 33/100 M.N. ), de conformidad con lo dispuesto por el articulo 82 segundo párrafo de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo que establecen los artículos 108, 109 y 110 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y 48 del Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal, hágase del conocimiento del interesado que tiene un termino de quince días hábiles, para que de creerlo necesario interponga el Recurso de Inconformidad ante le Superior Jerárquico o promueva juicio de Nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, con el apercibimiento de que transcurrido el termino antes indicado se tendrá por ejecutoriada la presente resolución.

TERCERO.- Notifíquese a la C. __________________________ , Titular del Establecimiento Mercantil con giro de __________________________________________________________, con denominación y/o razón social _____________________, ubicado en ________________________________________________________________________________________________________________.

Así lo resolvió el Director General Jurídico y de Gobierno en _______________, _____________________, quien firma al calce para constancia, en dos tantos, uno para su debida notificación y otro para el archivo de la Unidad Departamental Calificadora de Infracciones, cada uno constantes de ocho fojas útiles por ambos lados a los siete días del mes de julio de dos mil once, debido a que así lo permitieron las labores de esta Dirección General NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.

4.- Le tengo a bien informar a esta H. Autoridad que desde el mismo momento de la recepción de dicha Resolución, se ha dejado de utilizar parcialmente de la vía pública y el arrollo vehicular, la cual consta aproximadamente de 60 centímetros, pegados a la guarnición de la banqueta, de lo cual se anexa cumulo fotográfico, anexado al presente ocurso, en el rubro de PRUEBAS marcado con el numeral I, mismas que esta H. Autoridad puede cotejar en cualquier momento.

5.- En cuanto a la reincidencia de utilizar la vía pública, le manifiesto que el negocio el cual es el sostén familiar, así lo requiere, ya que la competencia, la falta de clientela y las bajas

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