Impuesto sustitutivo al FUT
Enviado por Ninoka • 10 de Enero de 2019 • 1.719 Palabras (7 Páginas) • 320 Visitas
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Para lo cual nos da una tasa especial variable del 13%, la cual será aplicada al saldo total o parcial del FUT, a este saldo ya deducido con el impuesto de primera caegoria del presente año de declaración del FUT, se le deberá incrementar el IDPC que corresponda a las utilidades que efectivamente esten acogiendose a este regimen. Todo esto debe encontrarse actualizado según IPC.
A continuación se desarrollará el cálculo de la base imponible del presente ejemplo, bajo el supuesto que se gravarán un 60 % del FUT que posee la empresa. Al cual se le aplicara la tasa general del 35% y a u vez la tasa especial variable del 13 %. El contribuyente presentará declración y pago del impuesto en el mes de diciembre del año 2016, con una variación de IPC del 2,7%
Utilidad Neta
Crédito por IDPC (20%)
Incremento por crédito de IDPC
Monto total del FUT que podría acogerse al régimen opcional y transitorio durante el año 2016
100.000.000
20.000.000
20.000.000
Suma que efectivamente se acoge
60.000.000
12.000.000
12.000.000
Saldo FUT pendiente de tributación al 31.12.2016
40.000.000
8.000.000
8.000.000
En este cuadro se muestra el total FUT que es de $100.000.000, y tributarán un 60% de este monto, es decir $60.000.000.
Montos reajustados por IPC (2,7%)
Suma acogida al régimen opcional y transitorio
61.620.000
Incremento por crédito de IDPC
12.324.000
Base imponible afecta al impuesto sustitutivo reajustada
73.944.000
A continuación se presenta el calculo del impuesto sustitutivo para ambos casos:
caso 1
Impuesto sustitutivo tasa fija 32%
Base imponible
73.944.000
Tasa fija 32%
23.662.080
Crédito incremento
-12.324.000
Impuesto a pagar
85.282.080
caso 2
Impuesto sustitutivo tasa variable 13%
Base imponible
73.944.000
Tasa variable 22%
16.267.680
Crédito incremento
-12.324.000
Impuesto a pagar
77.887.680
Ejercicio 2
El presente ejercio se ejecurá en torno a una sociedad que no puede acogerse a la tasa especial variable, por no cumplir con los requisitos.
Al 31.12.2015, una sociedad que inició acividades el año comercial 2010 registra la siguiene información:
RLI año 2015
58.600.000
Reinversiones recibidas 2015
12.400.000
Remanente FUT al 31.12.2015
71.000.000
Menos
Impuesto de primera categoría (AT 2016)
-17.560.000
Reinversiones recibidas 2015
-12.400.000
Promedio retiros 2012, 2013 y 2014
-15.000.000
Renta susceptible determinada
26.040.000
Base imponible
Mono acogido al régimen opcional actualizado
26.560.800
Impuesto por IDPC
6.905.808
Base imponible determinada
33.466.608
Determinación del impuesto a pagar
Base imponible determinada
33.466.608
Impuesto único y sustitutivo según tasa (32%)
10.709.315
Crédito por IDPC
-6.905.808
Impuesto neto a pagar
3.803.507
En este caso se muestra el remanente FUT al 31.12.15 al cual e le resta el impuseto de primera categoría total del año 2015, las reinversiones recibidas y el promedio de los reiros de los úlimos tres años, lo que nos da una renta suseptible de $26.040.000 al cual se le incrementa con el monto de la renta suseptible actualizado según IPC y el correspondiene incremento por impuesto de primera categoría, lo cual nos da un valor total de $26.040.000 como base imponible.
A esa base se imputa el 35% como impuesto único, al cual se le rebaja el crédito por IDPC, dando un impuesto a pagar de $3.803.507.-
Ejercicio 3
A continuación presentamos un ejemplo de
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