Ley Organica de la Administracion Publica Federal
Enviado por Rimma • 5 de Enero de 2019 • 2.023 Palabras (9 Páginas) • 375 Visitas
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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Regular, inspeccionar y vigilar los servicios públicos de correos y telégrafos y sus servicios diversos, la administración de aeropuertos nacionales, permisos para la construcción de aeropuertos particulares asi como la administración del Sistema Ferroviario.
La Secretaría de Educación Pública
Artículo 38 Fracción V
Vigilar que se observen y cumplan las disposiciones relacionadas con la educación preescolar, primaria, secundaria, técnica y normal, establecidas en la Constitución y prescribir las normas a que debe ajustarse la incorporación de las escuelas particulares al sistema educativo nacional
Artículo 38 Fracción VI
Ejercer la supervisión y vigilancia que proceda en los planteles que impartan educación en la República, conforme a lo prescrito por el Artículo 3o. Constitucional.
La Secretaría de Salud
Artículo 39 Fracción XXI
Actuar como autoridad sanitaria, ejercer las facultades en materia de salubridad general que las leyes le confieren al Ejecutivo Federal, vigilar el cumplimiento de la Ley General de Salud, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables y ejercer la acción extraordinaria en materia de Salubridad General.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Artículo 40 Fracción I
Vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el Artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos.
La Secretaría de Turismo
Artículo 42 Fracción X
Regular, orientar y estimular las medidas de protecciones al Turismo, y vigilar su cumplimiento, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con las Autoridades Municipales y Estatales.
Artículo 44 Párrafo I
Los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal serán encabecen, con el apoyo de unidades de auditoría preventiva, responsables de mantener el control interno y de gestión de la dependencia o entidad.
Los propios titulares tendrán la obligación de nombrar a los auditores preventivos de su respectiva dependencia y entidad, con base en los perfiles que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para apoyar la política de control interno y la toma de decisiones relativas al cumplimiento de los objetivos y políticas institucionales
Párrafo II
Las unidades de auditoría preventiva se regirán por las leyes y disposiciones sobre adquisiciones, obra pública, presupuesto, contabilidad, fiscalización superior, procedimiento administrativo, transparencia y acceso a la información, responsabilidades, combate a la corrupción y otras afines a la materia, y por las disposiciones generales que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito
Párrafo III
Las unidades de auditoría preventiva de cada dependencia y entidad formularán en el mes de noviembre su plan anual de trabajo y de auditorías.
Párrafo IV
En los meses de mayo y noviembre entregarán informes tanto al titular de la dependencia o entidad de que se trate, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 50
Las relaciones entre el Ejecutivo Federal y las entidades paraestatales, para fines de congruencia global de la Administración Pública Paraestatal, con el sistema nacional de planeación y con los lineamientos generales en materia de gasto, financiamiento y evaluación, se llevarán a cabo en la forma y términos que dispongan las leyes, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sin perjuicio de las atribuciones que competan a la dependencia coordinadora del sector correspondiente.
Transitorios.
DECRETO por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal.
(Se reforma el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal)
Los asuntos relativos a las responsabilidades administrativas, civiles y penales en que hubieren incurrido las autoridades locales o municipales, con motivo de la desviación de recursos federales recibidos y que se encuentren en trámite o pendientes de resolución, deberán sustanciarse de conformidad con las disposiciones vigentes al momento en que se cometió la irregularidad.
DECRETO por el que se expide la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y se adiciona la Ley de Planeación.
(Se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en sus artículos 26 y 31 y se adiciona el artículo 37)
Artículo Primero.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará lo necesario a efecto de asegurar la transferencia de los recursos presupuestarios destinados al pago de los sueldos, prestaciones y demás percepciones que deban cubrirse a favor de los servidores públicos que por virtud del presente decreto pasarán a depender de la Secretaría de la Función Pública.
DECRETO por el que se reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
(Reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal)
SEGUNDO. La Secretaría de Energía integrará el Consejo Nacional de Energía y expedirá sus reglas de funcionamiento a más tardar 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
TERCERO. La Cámara de Diputados proveerá lo necesario en el Presupuesto de Egresos de la Federación para que la Secretaría de Energía cuente con los recursos humanos y materiales para dar cabal cumplimiento a las atribuciones
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