OPERACIONES DE LA BANCA.
Enviado por monto2435 • 29 de Marzo de 2018 • 1.057 Palabras (5 Páginas) • 380 Visitas
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La sanción de cumplir con (FATCA), ha tenido que ser analizada por la dirección de las Entidades Financieras del Exterior, contemplando un costo incremental de 30% en pagos que tengan fuente de E.U.A, lo cual implicó un cambio importante en el esquema de negocios de las Entidades Financieras del Exterior con interés en realizar transacciones en dicho país.
También las Entidades Financieras del Exterior que han identificado que no tienen clientes considerados como personas morales o físicas americanas, han sido impactadas por (FATCA), ya que por el simple hecho de no firmar el acuerdo con el IRS, los pagos provenientes de E.U.A tienen un 30% de retención, independientemente de quien sea el beneficiario del mismo.
La complejidad para las Entidades Financieras del Exterior al implementar esta ley reside en que, al firmar el acuerdo con el IRS, se comprometen a cumplir con una responsabilidad trascendental como es reportar información sensible de sus clientes. Considerando que existen normas de secreto bancario y una serie de temas legales que también han tenido que ser analizado.
¿Razón Por la que las Instituciones Financieras deben cumplir con (FATCA)?
Todas las instituciones financieras que cuenten con un Acuerdo Intergubernamental (IGA, por sus siglas en inglés) se les requieren cumplir con las regulaciones locales que de dicho acuerdo se deriven. Por otro lado, una Entidad Financiera del Exterior que no cumpla con las regulaciones de la ley (FATCA), está expuesta a una retención del 30% aplicable sobre diversos pagos que tengan origen en los Estados Unidos.
¿Responsabilidades de las instituciones financieras frente a la Ley (FATCA)?
Las instituciones financieras y las Entidades Financieras del Exterior tienen las siguientes responsabilidades frente a la ley (FATCA).
a) Identificar el origen y/o residencia de los clientes nuevos a fin de determinar si puede ser clasificado como U. S. Account (cualquier cuenta financiera cuyo titular sea una persona estadounidense).
b) Debida diligencia para identificar el origen y/o residencia de los clientes preexistentes (revisión de todas sus cuentas, con el propósito de determinar cuáles califican como cuentas estadounidenses (U. S. Accounts).
c) Reportar: una vez identificadas las U. S. Accounts, ya que la entidad se compromete a enviar un reporte anual al IRS acerca de los movimientos de dichas cuentas.
d) Retenciones: la entidad se compromete a retener impuestos por pagos a entidades o personas físicas que cumplan con (FATCA).
¿Efectos de la ley FATCA sobre el secreto bancario?
La realidad es que la ley (FATCA) vulnera el secreto bancario, a pesar de que el cliente tenga autorizar expresamente que sus informaciones sean reveladas, puesto que esta ley forza a los bancos a buscar en los clientes la autorización para revelar su información, que es el primer paso, y luego la entidad financiera tiene que hacer un análisis interno para modificar los contratos en la que incorpora la renuncia que hace el cliente autorizando facilitar su información a terceros. Entonces la entidad financiera con sus propios abogados visualiza cómo moldear nuevamente los contratos para poder divulgar la información. Además de eso se tiene que complementar con la ley bancaria del país para que lo permita lo que requiere modificaciones a la ley por parte de la junta monetaria y la Superintendencia de Bancos como organismos reguladores.
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