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Origen y Evolución de los Impuesto Sobre las Rentas en República Dominicana

Enviado por   •  1 de Marzo de 2018  •  1.635 Palabras (7 Páginas)  •  414 Visitas

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- Productos del alcohol: montos específicos en función de la cantidad de litros de alcohol absoluto.

- Productos del tabaco: montos específicos en función de cajetillas de cigarrillos.

- Servicios de telecomunicaciones: 10%

- Cheques y transferencias electrónicas: 1.5% por mil (0.0015)

- Servicios de seguros en general: 16%

- Otros bienes establecidos en la Ley: montos específicos según el bien.

- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Es el impuesto que grava toda transmisión de bienes muebles o inmuebles por causa de muerte o donación. Base Legal: Ley 2569 d/f 4/12/1950 y sus modificaciones.

En el caso de las sucesiones, la tasa a pagar es de un 3% sobre la masa sucesoral (herencia) luego de realizadas las deducciones correspondientes.

Para las donaciones, queda sujeta al pago de un impuesto equivalente a la tasa del Impuesto sobre la Renta de personas jurídicas que se encuentre vigente al momento de la donación. Para el período 2015 en adelante la tasa será de un 27% (modificado por la Ley 253-12).

- Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI). Es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos.

Los inmuebles que no gozan de ninguna exención y a la vez poseen un valor conjunto superior a (RD$6,858,885.00).

Para los fideicomisos cualquier inmueble que no goce de una exención independientemente de su valor.

¿Cuáles inmuebles pueden ser alcanzados por este impuesto?

Todas las viviendas.

Solares urbanos.

Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales.

Tasa

Personas físicas: se aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de RD$6,858,885.00 del patrimonio gravado.

Fideicomisos: el 1% sobre el valor de los inmuebles.

Exenciones

Se encuentran exentos del pago de este impuesto:

• La vivienda (y el solar sobre el cual se encuentra edificada) perteneciente a personas mayores de 65 años de edad, siempre y este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.

• Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.

• Los terrenos rurales.

• Inmuebles de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.

• Todos los inmuebles que aun pudiendo ser alcanzado por el impuesto, su valor conjunto sea igual o inferior a RD$6,858,885.00.

- Impuesto sobre los Activos de las empresas. Este impuesto grava los activos de las entidades con un 1%, no es aplicable cuando el impuesto a las ganancias supera el impuesto de los activos.

- Vehículos de Motor. los principales trámites de vehículos de motor que se efectúan a través de esta Dirección General son los siguientes:

-Traspaso de vehículos.

-Pago del Impuesto de Circulación de Vehículos (ICV), también conocido como marbete.

-Interposición de oposición.

-Levantamiento de oposición.

-Descargo.

-Duplicados.

-Asignación de la primera chapa (placa).

Dirección General de Aduanas

La Dirección y Supervigilancia del Servicio Aduanero fue reintegrado al Gobierno Dominicano mediante Ley Núm. 429 del 20 de marzo de 1941, momento en que se terminó de pagar la deuda externa de la Nación, poniéndose el servicio de arrimo y manejo de carga en los puertos bajo la Dirección General de Aduanas, mediante la Ley Núm. 595 del 31 de octubre de 1941.

En lo que respecta al Régimen Arancelario y a la denominación del organismo encargado de su administración y funciones por medio de la Ley Núm.4705 del 1957. Mediante la Ley Núm. 70 del 17 de diciembre de 1970, las funciones de arrimo fueron separadas de las funciones de aduanas, al crearse la Autoridad Portuaria Dominicana.

La Dirección General de Aduanas funcionaba como una dependencia de la Secretaría de Estado de Finanzas (actual Ministerio de Hacienda), pero con la promulgación de la Ley 226 del 2006, Aduanas adquirió autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio. Su misión es:

“Facilitar y controlar el comercio de la República Dominicana con el resto del mundo, teniendo como fundamento la eficiencia y transparencia de los procesos aduaneros, acorde con las mejores prácticas internacionales de la administración aduanera, el control de la evasión fiscal y el comercio ilícito, el fortalecimiento de la seguridad nacional y la protección de la salud y el medio ambiente.”

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