Personalidad actividad.
Enviado por tolero • 19 de Septiembre de 2018 • 2.598 Palabras (11 Páginas) • 488 Visitas
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de la sociedad será en esta Ciudad de Reynosa Tamaulipas, sin perjuicio de que se puedan establecer agencias o sucursales en cualquier otro lugar de la República Mexicana, en el Extranjero o bien señalar domicilio para la ejecución de actos concretos.- CUARTO: - DUURACIÓN. – La duración de la sociedad será de 99 noventa y nueve años término que podrá prolongarse previo acuerdo de la Asamblea General de Accionistas.- QUINTO: - NACIONALIDAD. – La sociedad es de la Nacionalidad Mexicana, conviniendo los socios fundadores y estableciéndose para los socios futuros que la sociedad llegue a tener, en qué; “Ninguna persona extrajera física o moral podrá tener participación social alguna o ser propietaria de acciones de la sociedad. Si por algún motivo alguna de las personas mencionadas anteriormente por cualquier evento llegare a adquirir una participación social o ser propietaria de una o más acciones, contraviniendo así lo establecido en el párrafo que antecede, se conviene desde ahora en que dicha adquisición será nula y, por lo tanto, cancelada y sin ningún valor la participación social de que se trate y los títulos que la representen, teniéndose por reducido el capital en una cantidad igual al valor de la participación cancelada”.- SEXTA: - CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES. – La sociedad se constituye con un capital social mínimo de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS, 00/100 MOMEDA NACIONAL), máximo limitado y será representado por 400 cuatrocientas acciones serie “A” sin derecho a retiro, liberadas y pagadas con un valor nominal de $500.00 (QUINIENTOS PESOS, 00 /100 MONEDA NACIONAL) cada una íntegramente suscritas y pagadas en efectivo.- SÉPTIMO:- El presidente del Consejo de Administración que se elija o Administrador Único que se designe expedirá certificaciones provisionales nominativos de acuerdo con la asignación de acciones que se relacionan en el Estatuto anterior mientras que imprimen y entregan títulos definitivos debiendo insertar en estos documentos todos y cada uno de los requisitos que señala el Artículo 125 ciento veinticinco de la Ley General de Sociedades Mercantiles y la Cláusula de Admisión de Extranjeros convenida con el Gobierno Federal ante la Secretaría de Relaciones Exteriores. DÉCIMO CUARTO: - AUMENTOS Y DISMINUCIONES DE CAPITAL Y TRANSMISIÓN DE ACCIONES. – El capital social podrá ser aumentado o disminuido por resolución de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, sujeto a lo previsto por la Ley General de Sociedades Mercantiles; el aumento o disminución de la parte variable del capital social, deberá efectuarse en las Asambleas Extraordinarias de Accionistas. En la transmisión de acciones, los socios tendrán preferencia para adquirirlas, en proporción al número de acciones de poseen. En los aumentos de capital, los accionistas tendrán la misma preferencia para suscribir las acciones que se emitan dentro de los 15 quince días siguientes a la fecha de la publicación del acuerdo en el Periódico Oficial del Estado o en el Diario de mayor circulación en esta Ciudad de Reynosa, Tamaulipas sin embargo si en la asamblea en el momento de votación se encuentra representada la totalidad del capital social dicho plazo de 15 quince días hábiles empezará a correr a partir de la fecha de la asamblea y los accionistas se considerarán notificados del acuerdo respectivo en su momento.- DÉCIMO QUINTO: - ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. - La Administración de la sociedad estará a cargo de un Consejo de Administración o un Administrador Único. El Consejo de Administración estará compuesto de 03 tres o más miembros que podrán ser o no accionistas de la sociedad y serán designados por mayoría de votos de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, la minoría de accionistas que representen por lo menos el 25% veinticinco por ciento del capital social, tendrán derechos designar un consejero, los miembros del Consejo de Administración durarán en su cargo 02 dos años y podrán ser reelectos debiendo continuar en el desempeño de sus funciones hasta que las personas designadas para sustituirlo(s) tomen de su(s) cargo(s). -En garantía de sus funciones cada uno de los consejeros deberá depositar en la caja de la sociedad acciones de la misma que se constituyen en un valor de $500.00 (QUINIENTOS PESOS, 00/100 MONEDA NACIONAL), es decir una acción o la misma cantidad en efectivo, garantía que será reintegrada al depositante hasta después de ser aprobadas las cuentas corrientes al ejercicio que fungieren.- DÉCIMA OCTAVO: - FACULTADES DEL ADMINISTRADOR ÚNICO O DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: El Administrador Único, en su caso, el Consejo de Administración tendrá de representación de la sociedad ante toda clase de autoridades federales , estatales municipales, administrativas, judiciales o del trabajo y estarán investidos de las más amplias facultades que les otorga la Ley y podrán tratar los asuntos de la sociedad, celebrar contratos a nombre de ella y disponer de sus bienes con las limitaciones de la Asamblea de Accionistas y solo sujetos a la responsabilidad que conforme a la ley les corresponda. Para mayor claridad el consejo de Administración o el Administrador Único, estarán investidos de todas las facultades correspondientes a un apoderado dotado de poder general y por tanto podrá intervenir en toda clase de operaciones con la representación de la sociedad con la amplitud que establece el Artículo 1890 mil ochocientos noventa del Código Civil para el Estado de Tamaulipas, y su correlativo el Artículo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal…. El consejo de Administración o el Administrador Único estarán investidos, en consecuencia, de las facultades que, en una forma enunciativa pero no limitativa…….DÉCIMO NOVENO: - DE LOS GERENTES. – La Asamblea o Consejo de Administración o el Administrador Único en su caso, podrán designar uno o más gerentes que administren los negocios de la sociedad entendiéndose que cuando sean 02 dos o más desempeñarán sus cargaos conjunta o separadamente conforme a lo que se acuerde por la Asamblea General o el Consejo de Administración o el Administrador Único.- VIGÉSIMO: - El puesto de gerente será desempeñado por una persona pudiendo ser o no accionista de la sociedad, debiendo caucionar su manejo en iguales términos que los fijados en el Estatuto Décimo Quinto de esta escritura para los miembros del Consejo de Administración, pero si es uno de éstos no necesitarán presentar nueva garantía.- VIGÉSIMO PRIMERO: - VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD. – La vigilancia de la sociedad estará a cargo de uno o más comisarios según lo decida la Asamblea General pudiendo ser o no accionista de la sociedad y durarán en su cargo 02 dos años, pudiendo ser reelectos.- VIGÉSIMO SEGUNDO: - El comisario o comisarios caucionarán su manejo mediante
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