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RE: EXPOSICIONES FINALES- GRUPALES.

Enviado por   •  14 de Marzo de 2018  •  5.406 Palabras (22 Páginas)  •  346 Visitas

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5.3 Iberdrola firma un crédito sindicado multidivisa por 500 millones

5.4 Grupo filipino Emperador

5.5 Dufry International obtiene un crédito sindicado de 730 millones

5.6 Banco de Crédito Perú obtiene préstamo sindicado de US$350 Millones

5.7 BanBif obtiene un préstamo sindicado por US$ 100 millones

5. Conclusiones

6. Bibliografía

INTRODUCCION

El contrato de financiación sindicada constituye un negocio jurídico de préstamo y/o de crédito, en virtud del cual una pluralidad de prestamistas y/o acreditantes, que en la mayoría de los casos suelen ser entidades de crédito como bancos y cajas de ahorros denominados, conjuntamente, sindicato de bancos se obligan, mancomunadamente, a entregar o a poner a disposición un importe de dinero y el prestatario y/o acreditado, que habitualmente es un empresario societario mercantil, se obliga a abonar ciertas comisiones y a devolver el importe entregado o efectivamente dispuesto, incrementado en un importe de intereses, en un determinado plazo. Los negocios jurídicos de crédito y/o préstamo aparecen regulados en un set de documentos contractuales comunes, que reciben la denominación de documentos financieros o simplemente contrato de financiación sindicada.

Conviene precisar que la utilización del sustantivo «financiación» expresa que el contrato puede comprender, indistintamente, un negocio jurídico de préstamo o de crédito o una combinación de ambos, mientras que el adjetivo «sindicada» hace alusión a la pluralidad de partes acreedoras y al derecho de éstas a ceder sus posiciones contractuales a favor de otras partes acreedoras. El sindicato de bancos constituye un negocio jurídico de cooperación atípico, que suele plasmarse en el propio contrato de financiación sindicada o en un documento separado denominado contrato entre acreedores, que es suscrito por las entidades de crédito, pero no por el prestatario y/o acreditado. Entre otras cuestiones, el negocio de cooperación identifica a una entidad agente como comisionista del sindicato y regula la administración de pagos bajo el contrato de financiación sindicada. Además, el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el prestatario y/o acreditado bajo el negocio jurídico de préstamo y/o crédito suele venir asegurado mediante la suscripción de ciertos negocios jurídicos reales o personales de garantía, que reciben la denominación de paquete de garantías. Los contratos de financiación sindicada presentan varias modalidades altamente diferenciadas entre sí.

A continuación se exponen las principales categorías atendiendo a los criterios de la naturaleza jurídica de la financiación (préstamo o crédito), la finalidad o causa, el sistema de amortización, el orden de prelación de acreedores, el compromiso de financiación total o parcial, la sindicabilidad y las obligaciones financieras.

CAPITULO I

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Definición de Crédito Sindicado

Un préstamo sindicado es un préstamo “normal y corriente” que en lugar de tener un único prestamista, tiene varios. De esta manera, es posible financiar grandes operaciones repartiendo el riesgo entre varias entidades financieras. El crédito sindicado es una modalidad de préstamo en la cual participan varios bancos en un solo paquete crediticio, unificando los términos y condiciones de los préstamos, facilitando el manejo del crédito al cliente, y permitiendo a su vez garantizar a los bancos igualdad de condiciones entre los participantes.

Es así que muchas operaciones productivas, por su magnitud, requieren la participación de varias instituciones crediticias para poder financiar la totalidad de un determinado proyecto. De esta forma surgió la financiación sindicada, es decir, la celebración de un contrato de crédito privado, en el cual varios bancos simultáneamente financian una operación a uno o varios deudores. Este contrato tiene la característica especial que además de regularse las obligaciones recíprocas entre acreedor y deudor, se reglamentan también las obligaciones y derechos existentes entre los propios acreedores participantes. Por lo cual en el crédito sindicado las entidades acreedoras participantes pueden distribuir de mejor forma el riesgo adquirido, al no concentrar todo el valor de los recursos prestados en un solo acreedor. Esa pluralidad de bancos actúa unificadamente a través de un “banco agente” al que se le confiere la representación.

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Termino Sindicado

El término sindicado describe una facilidad financiera en la cual dos o más entidades financieras prestan a un prestatario una suma de dinero de cierta importancia, en un período de tiempo de mediano a largo plazo, instrumentando dicha facilidad financiera en una documentación legal común para todas las partes involucradas. Este mecanismo sirve como fuente de financiamiento alternativa, de reserva, para usar cuando el financiamiento del mercado de capitales no sea conveniente. También utilizado por empresas que ven ciertas ventajas comparativas. Dichos créditos sindicados son una alternativa atractiva, tanto en el mercado local como en facilidades financieras internacionales.

Es así que muchas operaciones productivas, por su magnitud, requieren la participación de varias instituciones crediticias para poder financiar la totalidad de un determinado proyecto. De esta forma surgió la financiación sindicada, es decir, la celebración de un contrato de crédito privado, en el cual varios bancos simultáneamente financian una operación a uno o varios deudores.

Este contrato tiene la característica especial que además de regularse las obligaciones recíprocas entre acreedor y deudor, se reglamentan también las obligaciones y derechos existentes entre los propios acreedores participantes.

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Proceso de sindicación del crédito

El proceso de construcción de un crédito sindicado comienza con el mandato otorgado por el deudor-cliente a su banco para que negocie un crédito de acuerdo con las condiciones iniciales acordadas entre ellos, el cliente y el banco líder. Estas condiciones son los términos en los que se va a celebrar el acuerdo con los otros bancos invitados a la sindicación.

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