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SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD - PERU

Enviado por   •  11 de Abril de 2018  •  5.426 Palabras (22 Páginas)  •  714 Visitas

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Esta Ley deroga a la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, la Ley Nº 27312, de Gestión de la Cuenta General de la República, y las demás normas en lo que se oponga o limiten su aplicación. Fue publicada el 20 de marzo del 2006, siendo Presidente de la República Alejandro Toledo Manrrique y presidente del consejo de ministros Pedro Pablo Kuczynski Godard. Modificada posteriormente por la LEY 29401 - Reforma de los Artículos 80º Y 81º de la Constitución Política del Perú, en el año 2009, y por la LEY 29537 - Adecua la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad al Artículo 81º de la Constitución Política del Perú, en el año 2010.

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- DEFINICION

La Ley N° 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, define al sistema nacional de contabilidad como el conjunto de políticas principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores público y privado

Dicha Ley determina las funciones, objetivos y estructura de los Organismos componentes del Sistema Nacional de Contabilidad.

- OBJETIVOS

Este Sistema tiene los siguientes objetivos:

- Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable.

- Elaborar la Cuenta General de la República a partir de las rendiciones de cuentas de las entidades del sector público.

- Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento.

- Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado.

- PRINCIPIOS

El sistema Nacional de Contabilidad se rige bajo los siguientes principios regulatorios:

- Uniformidad: tiene la facultad de establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable.

- Integridad: realiza el registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos.

- Oportunidad: debe realizar el registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas.

- Transparencia: garantiza el libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado.

- Legalidad: Primacía de la legislación respecto a las normas contables.

- FUNCIONES

Son funciones del sistema nacional de contabilidad las siguientes:

- Dictar las normas de contabilidad que deben regir el sector público y privado

- Elaborar la cuenta general de la republica

- Evaluar la aplicación de las normas de contabilidad

- Apoyar a los órganos del estado en el análisis y evaluación de sus resultados

- Proporcionar la información de la contabilidad y de las finanzas de los órganos del estado, al poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial en la oportunidad que la soliciten.

- ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD NACIONAL

- DIRECCION NACIONAL DE CONTABILIDAD PUBLICA

Es el órgano de línea del Ministerio de Economía y Finanzas, rector del Sistema Administrativo Nacional de Contabilidad, con autoridad técnico normativa a nivel nacional, encargado de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados con su ámbito y velar por su correcta aplicación, así como de elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas fiscales.

La Dirección Nacional de Contabilidad Pública está a cargo de quien se denominará Contador General de la Nación y será designado por el Ministro de Economía y Finanzas por un período de tres años, tomando en cuenta los siguientes requisitos:

- Ser peruano de nacimiento.

- Tener 35 o más años de edad.

- Poseer título de Contador Público, ser colegiado y tener como mínimo diez años de ejercicio profesional.

- No tener condena penal consentida o ejecutoriada, por delito doloso.

- No haber sido destituido de cargo público por sanción disciplinaria.

- No estar inhabilitado en el ejercicio profesional.

- No tener rendiciones de cuentas pendientes con las entidades del sector público.

- FUNCIONES

Son funciones de la Dirección General de Contabilidad Pública las siguientes:

- Emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público.

- Elaborar la Cuenta General de la República procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del sector público.

- Definir la contabilidad que corresponda a las entidades o empresas del sector público, de acuerdo a su naturaleza jurídica o características operativas.

- Elaborar información contable de carácter financiero y presupuestario para facilitar la formulación de las cuentas nacionales, las cuentas fiscales, el planeamiento y la evaluación presupuestal.

- Evaluar la adecuada aplicación de las normas, procedimientos y sistemas de información contable aprobados.

- Interpretar las normas contables que haya aprobado y absolver consultas en materia contable de su competencia.

- Opinar en materia contable respecto a los proyectos de dispositivos legales.

- Planear, organizar y conducir la capacitación para la correcta aplicación de las normas y procedimientos contables, por los usuarios del Sistema Administrativo Nacional de Contabilidad.

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