Sistema nacional de tesoreria.
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4) Programación de Caja en el Nivel Descentralizado
EJECUCIÓN FINANCIERA DEL INGRESO
1) Determinación del Ingreso
2) Percepción o Recaudación de Fondos Públicos
3) Procedimientos para la Percepción o Recaudación
4) Plazo para el Depósito de Fondos Públicos
EJECUCIÓN FINANCIERA DE LOS GASTOS
1) Definición y formalización de devengado
2) Autorización del Devengado
3) Plazo para la Formalización y Registro del Devengado
4) El Pago
5) Procedimientos y Normas de Pagaduría
6) Plazo para Cancelar Devengado
EVALUACIÓN FINANCIERA
1) Evaluación de Tesorería
2) Financiamiento a Plazos menores a un año
NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA GESTIÓN DE LA TESORERÍA
1) Desembolsos no utilizados
2) Custodia de fondos o valores de fuente no identificada
3) Devolución de transferencias
4) Conciliaciones con la dirección _
5) Afectación de cuentas bancarias sólo con autorización expresa
6) Sanciones administrativas
7) Servicios bancarios
8) Rendiciones de cuentas y/o devoluciones por menores gastos
9) Devoluciones de fondos depositados por error o indebidamente
10) Tratamiento de la documentación sustitutoria
11) Cambio de los responsables ……………………………………………..
12) Adopción de medidas preventivas en el manejo de fondos públicos
NORMAS TÉCNICAS DEL SISTEMA DE TESORERIA (NGT)
1) UNIDAD DE CAJA
2) MANEJO DE FONDOS DEL TESORO PÚBLICO A TRAVÉS DE SUBCUENTAS
3) FACULTAD PARA EL MANEJO DE CUENTAS Y SUBCUENTAS BANCARIAS
4) APERTURA DE CUENTAS Y SUBCUENTAS BANCARIAS
5) USO DEL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO
6) USO DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA
7) REPOSICION OPORTUNA DEL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO Y DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA
8) ARQUEOS SORPRESIVOS
9) TRANSFERENCIAS DE FONDOS
10) MEDIDAS DE SEGURIDAD _
11) CHEQUES A NOMBRE DE LA ENTIDAD
12) CAMBIO DE CHEQUES PERSONALES
13) USO DEL SELLO FECHADOR “PAGADO”
14) CONCILIACION DE SUB-CUENTAS _
15) FIANZA DE SERVIDORES
CASO
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFIA
SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA
Ley Nº 28112-Ley Marco de Administración Financiera del Sector Público.
Con el objeto de modernizar la administración financiera del Sector Público, el 28 de Noviembre del 2003 se publica la Ley Nº 28112-Ley Marco de Administración Financiera del Sector Público.
La presente Ley tiene por objeto modernizar la administración financiera del Sector Público, estableciendo las normas básicas para una gestión integral y eficiente de los procesos vinculados con la captación y utilización de los fondos públicos, así como el registro y presentación de la información correspondiente en términos que contribuyan al cumplimiento de los deberes y funciones del Estado, en un contexto de responsabilidad y transparencia fiscal y búsqueda de la estabilidad macroeconómica.
Definición
La Administración Financiera del Sector Público comprende el conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados por los sistemas que lo conforman y, a través de ellos, por las entidades y organismos participantes en el proceso de planeamiento, captación, asignación, utilización, custodia, registro, control y evaluación de los fondos públicos.
Características
La Administración Financiera del Sector Público está constituida por sistemas, con facultades y competencias que la presente Ley y demás normas específicas les otorga, para establecer procedimientos y directivas necesarios para su funcionamiento y operatividad, conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo siguiente.
Organización en el nivel central
- La autoridad central de los sistemas conformantes de la Administración Financiera del Sector Público es el Ministerio de Economía y Finanzas, y es ejercida a través del Viceministro de Hacienda quien establece la política que orienta la normatividad propia de cada uno de los sistemas que lo conforman, sobre la base de las propuestas que formule el Comité de Coordinación a que se refiere el artículo 8 de la presente Ley.
- Los sistemas integrantes de la Administración Financiera del Sector Público y sus respectivos órganos rectores, son los siguientes:
[pic 5]
Esta ley establece normas básicas para logar una gestión integral eficiente en el proceso de captación y utilización de los fondos públicos, contribuyendo de esta manera al cumplimiento de los deberes y funciones que tiene el Estado.
Ahora
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