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Tributación Productos Derivados

Enviado por   •  10 de Enero de 2019  •  2.341 Palabras (10 Páginas)  •  453 Visitas

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3.3.2 Depósitos estructurados

3.3.2.1 Concepto y características

Los productos estructurados son activos financieros basados en una renta fija y productos derivados. En general estos productos están compuestos en su estructura por:

- un componente de renta fija, que sirve para asegurar el capital invertido a vencimiento

- un componente que es opcional que tiene como objetivo perfeccionar el rendimiento de un activo que tiene riesgo , que conlleva la compra o venta de un derivados sobre uno o varios subyacentes.

Todos estos productos son convertidos en fondos, depósitos, bonos, los cuales son diseñados entorno a unos elementos que pueden ser:

- Protección de la inversión, la cual puede ser total, parcial o no hace falta tener protección.

- Plazo de inversión, pudiendo ser a corto, medio o largo plazo.

- Elección de los tipos de interés, acciones, índices, divisas, materias primas, fondos.

- Una visión alcista, bajista , estable, volátil

Siendo el objetivo de la inversión una diversificación o un rendimiento, así como la extracción de rendimientos de elementos no tradicionales.

En cuanto a la tributación es diferente dependiendo de qué tipo de depósitos estructurados o de bonos estructurados. En cuanto a los depósitos estructurados se tratan como rendimientos del capital mobiliario, se integran dentro de la base imponible, y por tanto tributan al 19% los primeros 6.000 € , 21% los siguientes 44.000 € y 23% el resto de cantidades monetarias.

En el caso de que haya intereses, estos estarán sujetos a una retención del 19% y en el caso de que la inversión finalice con la entrega de acciones del título de referencia, estas entrarán en el patrimonio del titular del depósito con un valor de adquisición que coincidirá con el importe del depósito inicial. La posterior venta o compra de estos títulos generará una ganancia o pérdida patrimonial, por la diferencia entre el valor de adquisición[2] y el valor de venta.

Ejemplo 1:

Deposito Indexado a la evolución del índice IBERSTOCK (40 % de la revalorización), abierto el 30 de Marzo:

[pic 5]

Valor inicial del índice: 1.000

Valor final del índice: 1.500

Inversión Inicial: 2.500

Fecha de vencimiento: 25 meses

El cálculo de la tributación según la ley actual:

Revalorización seria del 50 %, ya que (1.500-1.000)/1.000= 50%

Importe rembolsado: 3.000

Tributación:

Rendimiento del Capital Mobiliario

500

Tipo

19%

Tributación

80

Retención

80

3.2 Bonos estructurados

Se trata de bonos que se emiten por el nominal o con un mínimo descuento, con un alto interés en el cupón, y que en la fecha de amortización el emisor decide si rembolsa el nominal o un cierto número de acciones que se ha fijado anteriormente, lo cual dependerá de la cotización de estas en el momento de la amortización.

La particularidad de estos productos es que la ecuación de la conversión se fija en el momento de la suscripción del bono, es decir, al valor que tenga el título en ese momento.

Si el valor del título se mantiene o sube, a la fecha del vencimiento se reembolsa el nominal del bono. Si a la fecha del vencimiento el valor del título es inferior a su valor en el momento de la suscripción del mismo, entonces el bono se reembolsa mediante la entrega del subyacente[3].

En este caso, el contribuyente del Impuesto sobre la renta de las personas físicas va a tener un rendimiento de capital mobiliario negativo por la diferencia entre el valor del título subyacente a la fecha de vencimiento y el nominal entregado en la suscripción del bono.

3.3 Warrants

Es un concepto aplicable a un amplio saco de valores negociables que se caracterizan por conceder al derecho de adquirir o trasmitir otros valores a un precio que se ha fijado previamente y una futra fecha que se ha preestablecido.

Actualmente se ha creado nuevas modalidades que otorgan a su titular el derecho a percibir un importe en efectivo determinado por la diferencia entre el valor de un índice en la fecha de ejercicio y el valor del ejercicio del mismo previamente fijado en las condiciones de emisión[4].

Dentro de los tipos que podemos encontrar son: warrants de adquisición o suscripción de valores mobiliarios, warrants de venta de valores mobiliarios, warrants sobre índices, tipos de interés o divisas.

3.3.1 Tributación directa de los warrants financieros

En el ámbito del IRPF, no existe una regulación expresa en la normativa en este ámbito, luego el aspecto que más importa se enfoca en la calificación fiscal que se hace de las rentas derivadas de un warrants.

Hasta 2014, se incluye en la base imponible de ahorro si el periodo de generación es inferior al año, y si es superior al año en la base imponible; desde el año 2015 se incluyen en la base imponible de ahorro, independientemente de cuando sea el periodo de generación.

Por otro lado si hablamos desde el punto de vista del Impuesto de Sociedades, la prima satisfecha no es fiscalmente deducible, si no que será el valor de adquisición del warrants.

La renta que se genera en la trasmisión de los warrants, sí que se somete al Impuesto de Sociedades

3.4 Híbridos de deuda

3.4.1 Obligaciones subordinadas

La deuda subordinada se entiende por cualquier financiación que por consecuencia de una cláusula de

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