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EL SISTEMA JURIDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO

Enviado por   •  18 de Julio de 2018  •  6.272 Palabras (26 Páginas)  •  748 Visitas

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derecho del trabajo y la seguridad social se plasma en varios de sus artículos; Cravioto en una de las sesiones de debates expresa "que la Revolución Mexicana tendrá el orgullo legítimo de mostrar al mundo que es la primera en consignar en una Constitución los sagrados de­ rechos de los obreros" (Diurio de {os Debates del Congreso Constitu­ yente 1916­1917).

El Iundarnento constitucional de la seguridad social en México está previsto en el artículo 123, apartado "A", fracciones XII, XIV y XXIX, y en el apartado "B" fracciones XI, XIII, Xlll bis y XIV, así como en los artículos 28, párrafo quinto; 39, fracción VIII; I 15, fracción IX; 49, párrafos tercero y cuarto.

Estas disposiciones constitucionales han generado una compleja le­ gislación ordinaria, constituyéndose así el actual sistema jurídico de la seguridad social en México.

El artículo 123 apartado "A" en su fracción XII reglamenta el dere­

cho de los trabajadores a la vivienda.

La fracción XIV atribuye responsabilidad a los empresarios sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores.

La fracción XXIX constituye el fundamento de la Ley del Seguro

Social y prevé la seguridad social para los trabajadores en general suje­ tos a una relación de trabajo, con extensión a determinados sectores no asalariados, textualmente esta fracción señala que "es de utilidad públi­ ca la Ley del Seguro Social", y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y de cualquier otro encamina­ do a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asala­

riados y otros sectores sociales y sus familiares.

810 LUIS M. PONCE DE LEÓN ARMEl\’TA

El apartado "B" del artículo 123 prevé la seguridad social entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajado­ res; en su fracción XI señnala que "La Seguridad Social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas":

a) Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales; las enferme­ dades no profesionales y maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte.

b] En caso de accidente o enfermedad, se conservará el derecho al trabajo por el tiempo que determine la Ley.

e) Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en re­ lación con la gestación; gozarán forzosamente de un mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y otros dos después del mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido par la relación de trabajo. En el periodo de lactancia tendrá dos descansos extraordina­ rios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. Ade­ más, disfrutarán de asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y de servido de guarderías infantiles.

d) Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia

médica y medicinas, en los casos y en la proporción que determine la ley. e) Se establecerán centros para vacaciones y para recuperación, así como tiendas económicas para beneficio de los trabajadores y sus fami­

liares.

!) Se proporcionarán a los trabajadores habitaciones baratas en arren­ damiento o venta, conforme a los programas previamente aproba­ dos. Además, el Estado, mediante las aportaciones que hagan los traba­ jadores, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin <le constituir depósitos en favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o bien para construirlas, repararlas, mejorarlas, o pagar pasivos adquiri­ dos por estos conceptos.

Las aportaciones que se hagan a dicho fondo serán enteradas al orga­ nismo encargado de la seguridad social, regulándose en su Ley y en las que correspondan la forma y el procedimiento conforme a los cuales se administrará el citado fondo y otorgarán y adjudicarán los créditos respectivos.

SISTEMA Jl!RlOlCO m,: l.A SEGURIDAO SOCIAi. 811

La fracción XIII prevé el régimen de seguridad social para los mili­ tares, marinos, miembros de los cuerpos de seguridad pública y perso­ nal de servicio exterior. Señala que "Los militares, marinos y miem­ bros <le los cuerpos de seguridad pública así como el personal de servicio exterior, se regirán por sus propias Leyes".

El Estado proporcionará a los miembros en el activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, las prestaciones a las que se refiere el inciso f de la fracción XI de este apartado, en términos similares y a través del organismo encargado de la seguridad social de los componentes de di­

chas instituciones.

La fracción XIII bis del artículo 123, apartado "B", señala que las instituciones a que se refiere el párrafo V del artículo 28, regirán sus relaciones laborales con sus trabajadores por lo dispuesto en el presen­ te apartado.

De conformidad con esta fracción, los trabajadores <le las institucio­ nes señaladas en el párrafo quinto del artículo 28 constitucional, serán protegidos por las instituciones <le seguridad social previstas por el apartado "B", fracción XI.

El artículo 28, párrafo quinto, establece que el servicio de banca y crédito será prestado exclusivamente pot el Estado.

El artículo 3o., fracción VIII, señala que las universidades y las <le­ más instituciones

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