El Siglo de las Luces en América
Enviado por mondoro • 28 de Diciembre de 2018 • 5.264 Palabras (22 Páginas) • 318 Visitas
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Las reformas administrativas
Las reformas político-administrativas fueron muy profundas. Una de ellas, ejecutada por el rey Felipe V (1700-1746) en 1714, consistió en crear cuatro secretarías de gobierno, de las cuales una, la Secretaría de Marina e Indias, se en cargaría de los asuntos americanos. De esta manera, limitó la influencia del hasta entonces poderoso Consejo de Indias, que sería suprimido en 1812.
Pero la reforma más importante fue la establecida por la llamada “Real Ordenanza de Intendencias” (1782), que creaba un sistema de intendencias en el interior de los virreinatos, que sustituyó el de las gobernaciones. Cada una de esas nuevas unidades administrativas estaba a cargo de un funcionario nombrado directamente por el rey; el intendente. Si bien este solo contaba con autoridad fiscal o financiera, en la práctica asumió parte de las funciones de las Audiencias y de los virreyes. La aplicación de la Real Ordenanza de Intendencias determinó la creación de doce intendencias en el Virreinato de Nueva España, ocho en el de Nueva Granada, ocho en el del Río de la Plata y ocho en el del Perú.
Los nuevos sistemas de contralor
Durante el siglo xviii, las Audiencias continuaron funcionando en forma eficaz y además se crearon otras, por ejemplo, la Audiencia de Buenos Aires, que fue establecida en 1783 y comenzó a funcionar en 1785. Debido a esas reformas, los límites de las jurisdicciones de estas instituciones variaron mucho durante los reinados de los monarcas de la dinastía de los Borbones.
En 1776 se dictaron dos medidas importantes destinadas al buen funcionamiento de la administración y el control de la justicia. La primera consistió en aumentar el número de jueces en cada Audiencia, así como los honorarios de esos magistrados, para que pudieran atender debidamente el desempeño de sus cargos y para desalentar actos de corrupción; la otra medida consistió en la creación del cargo de regente. Los regentes actuaban como intermediarios entre los oidores y los virreyes para impedir extralimitaciones entre ambos poderes. Por esa razón, el cargo de regente se consideraba superior al de presidente de la Audiencia.
En 1787, Carlos III ordenó el desdoblamiento de la Secretaría de Marina e Indias. Así surgieron la Secretaría de Gracia y Justicia y la Secretaría de Guerra, Hacienda, Comercio y Navegación. Este desdoblamiento aumentó el número de funcionarios, que se distribuyeron en dos salas de gobierno y dos de justicia. La primera sala de gobierno se ocupaba de los asuntos de México, y la segunda, de los del Perú.
Para controlar la administración de las ciudades en América, los reformadores mantuvieron el mismo sistema que establecían las Leyes de Indias de 1680. Esto significa que los Cabildos continuaron funcionando con la misma estructura y los mismos funcionarios. Sin embargo, quedaron sometidos a la inspección de nuevos funcionarios llamados “subdelegados’
Con respecto a los corregidores, las autoridades centrales intensificaron los controles sobre aquellos que se sospechaba que abusaban de sus facultades. Por tal motivo, algunos corregimientos correspondientes a los virreinatos de México y del Perú fueron suprimidos.
Se refuerzan las visitas
El Consejo de Indias podía sugerir al rey el envío de un inspector o visitador a las colonias. La política reformadora de los Borbones mantuvo y renovó la institución de las visitas. Por ejemplo, entre 1765 y 1771, en su calidad de visitador general, José de Gálvez efectuó una exhaustiva inspección en el Virreinato de Nueva España y decretó numerosas destituciones de funcionarios. Lo más destacado de su actuación fueron las ideas que formuló para que se crearan las intendencias y la reorganización del sistema impositivo. En 1776, Carlos III encomendó a José Antonio Areche la visita general al Perú, a Chile y al Río de la Plata, que Jorge Escobedo llevó a término en 1785.
Las constantes inspecciones por parte de los visitadores buscaban asegurar, principalmente, la exacta ejecución de las reformas planeadas por la metrópoli.
El proyecto económico
En el siglo xvii España había comenzado a transitar una etapa de decadencia económica. Para torcer ese rumbo, los Borbones impulsaron una serie de reformas que buscaron fortalecer el control sobre sus colonias para explotarlas más eficazmente.
Estas reformas se inspiraron en las doctrinas de algunos pensadores españoles, a quienes se conoce como “economistas de Indias’ pues su principal preocupación fue la de estudiar la situación económica de España y de América y proponer para sus problemas económicos soluciones comunes. Uno de ellos fue Jerónimo Uztáriz, quien en 1724 propuso suprimir los estancos y modificar el sistema de impuestos. También defendió la relación entre el crecimiento
de la población y el aumento de la producción de manufacturas y el comercio. Para 1740, otro economista, Bernardo de Ulloa, sostenía que la salvación económica de España dependía del establecimiento de talleres de manufacturas no solo en la metrópoli, sino también en las colonias. En 1779, Bernardo Ward escribió E/ proyecto económico, en el que propuso llevar a cabo en América las mismas mejoras económicas que en España.
Estas posiciones fueron tenidas en cuenta por los Borbones para planificar sus reformas. Así, por ejemplo, Carlos III impulsó la creación de sociedades económicas y recortó los privilegios de los gremios monopolistas. Durante el gobierno de Carlos IV se crearon las llamadas “juntas de hacendados y agricultores” y se estableció el Consulado, una institución que resolvía pleitos entre comerciantes y fomentaba las actividades económicas. El criollo Manuel Belgrano, que fue nombrado secretario del Consulado de Buenos Aires por Carlos IV, se refirió en más de una oportunidad a esas instituciones.
La desilusión de Belgrano. “Yo [...] no puedo decir bastante mi sorpresa cuando conocí a los hombres nombrados por el rey para el Consulado, que había de tratar de agricultura, industria y comercio y propender a la felicidad de las provincias que componían el Virreinato [...]; todos eran comerciantes españoles; exceptuando uno que otro, nada sabían más que de su comercio monopolista, a saber, comprar por cuatro para vender por ocho [...]. Mi ánimo se abatió, y entendí que nada se haría a favor de las provincias por unos hombres que por sus intereses particulares posponían el del común [...]“.
BELGRANO, MANUEL.
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