Garantias de igualdad.
Enviado por Jerry • 27 de Marzo de 2018 • 3.661 Palabras (15 Páginas) • 301 Visitas
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TRIBUNAL ESPECIAL: La Suprema Corte menciona que “por tribunales especiales se entiende a aquellos que se crean exclusivamente para conocer, en tiempo dado, de ciertos delitos o respecto de ciertos delincuentes”.
FUERO: El Art. 13 constitucional emplea la palabra fuero como privilegio o prerrogativa de cualquier especie que se otorga a alguna persona o institución (persona moral), a excepción del fuero de guerra para delitos y faltas militares.
Garantías de seguridad publica
Las garantías individuales se dividen en sentido material y formal, las garantías en sentido material imponen la obligación de no hacer a los órganos del estado es decir se limitan a respetarlas y no afectarlas
art de igualdad (1 2 3 4 12 & 13)
art de libertad (5 al 11 24 & 28)
art de propiedad (27)
En el sentido formal se impone la obligación de hacer a los órganos del estado es decir a las autoridades ya que deben realizar una serie de actos a los que se refieren los preceptos Const., para no lesionar los interese de los ciudadanos
Garantía de legalidad, es la obligación que tienen las autoridades de ajustarse a los preceptos legales que norman sus actividades y las atribuciones que la ley les confiere art 14 & 16
Garantías que consagra art 14
la irretroactividad de normas (párrafo uno)
la audiencia (párrafo dos)
la aplicación exacta en materia penal (párrafo tres)
la legalidad en materia judicial civil mercantil y la extensión jurisprudencial (párrafo cuatro)
Garantía de irretroactividad
las disposición legal está destinada a regular los actos que tiene lugar durante este lapso por tanto la ley a partir que está en vigor está dotada de validez no debe normar acontecimientos antes de adquirir su regulación ya que estos quedan sujetos a la ley antigua Máynez: sostiene que es una ley retroactiva cuando destruye o restringe un derecho adquirido bajo el imperio de una ley anterior.
A la irretroactividad también se le conoce como conflicto de leyes en tiempo
una ley retroactiva se aplica cuando se suprime las consecuencias jurídicas de un hecho ocurrido
reglas relativas a la adquisición o pérdida de derechos, teoría de savingi sostiene para resolver el problema de la retroactividad deben aplicarse con distingos diferenciando entre reglas relativas a la adquisición de derechos y las relacionadas con la existencia de estos criterio jurisprudencial, la republica como estado soberano tiene el derecho ilimitado de proporcionar siempre las bases constitutivas de la organización de su gobierno así como de determinar las condiciones y prerrogativas de los ciudadanos y de las garantías individuales
la suprema corte menciona
el poder constituyente de la nación tiene facultades por razones sociales de política e interés nacional para expedir leyes retroactivas las cuáles deben aplicarse así retroactivamenteautoridad judicial , para que la aplicación retroactiva de una ley implique una contravención de las garantías individuales es necesario que los efectos de la retroacción originen un prejuicio personal , significa que no debe interpretarse a contrato sensu
Cuando se cambia un conjunto de postulados básicos que implican modificar una constitución en beneficio del interés social las nuevas disipaciones pueden aplicarse a situaciones creadas ya que la acción retroactiva no adolece de ningún vicio al poder constituyente
3.3GARANTIAS DE AUDIENCIA.
Art 14 constitucional párrafo segundo.
Nadie podrá ser privado de la vida, su libertad o de sus posesiones o derechos, sino mediante un juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
CONSISTE: es la máxima oportunidad defensiva que tiene todo gobernado antes de ser privado de sus bienes o derechos por actos de la autoridad; esta tiene la obligación de dar oportunidad al agraviado de exponer todo lo que considere conveniente para la defensa de sus intereses.
TITULAR DE LA GARANTIA: todo sujeto gobernado.
ACTOS DE LA GARANTIA. Actos de privación. Art 14 constitucional
LA PRIVACION: es la consecuencia de un acto de autoridad que se traduce en el menoscabo, en la esfera jurídica del gobernado, ocasionado por el egreso de un bien material o inmaterial (derechos) constitutivo, así como el impedimento para ejercer un derecho.
Según la Suprema Corte la privación de derechos o de posesiones lleva implícito el carácter de definitivo y no transitoria del acto.
ACTOS DE MOLESTIA: art 16. Constitucional.
- Depósito de personas (separación de personas).
- Embargo o secuestro de bienes.
- Fijación de pensión alimenticia provisional.
- Aseguramiento de bienes del producto de un delito.
- La retribución al ofendido en el goce de sus derechos. Etc.
El acto de molestia consiste en perturbar la esfera jurídica del gobernado, y el acto de privación el egreso de algún bien material o inmaterial del patrimonio del gobernado.
BIENES QUE TUTELA LA GARANTIA DE AUDIENCIA:
- La vida: la existencia del sujeto a quien la garantía de audiencia tutela frente a los actos de autoridad
- La libertad: implica para el ser humano una facultad genérica consistente en la realización de fines vitales y los medios para alcanzarla.
- La propiedad: el uso: facultad que tiene el propietario de usar su bien para satisfacer sus necesidades
el disfrute: el dueño puede hacer suyos los frutos que se produzcan
la disposición de la cosa: es la potestad que tiene el titular de la propiedad para celebrar actos de dominio(venta, donación, gravámenes ,arrendamiento
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