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La baja edad media es un periodo de muchos cambios que se extiende del siglo XI hasta el siglo XIII. Ocurren importantes cambios políticos, económicos, sociales y culturales.

Enviado por   •  16 de Agosto de 2018  •  2.179 Palabras (9 Páginas)  •  558 Visitas

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La unificación jurídica por la vía local

Desde Fines del Siglo XIII que se comienza a producir una tendencia unificadora del derecho local, y se propone en lugar de redacciones locales una redacción de un fuero extenso que abarque varias poblaciones. En Castilla Alfonso VIII, otorga el fuero de Cuenca con el objetivo de acabar con la indeterminación del derecho no escrito y reemplazarlo por la aley fija que no es realidad sino una captación del derecho foral Vigente es una obra de jurisconsultos Romanizantes. Al grupo del fuero de Cuenca pertenecen los fueros de Teruel, Salamanca y Cáceres que influyeron en la legislación general ya que el fuero de Soria sirvió como base de la elaboración del fuero real ordenada por el Rey Alfonso X el sabio.

La Unificación Jurídica por vía Territorial

Por un lado la labor privada recopilada por los juristas y por otro lado legislativa tomada por los reyes contribuyeron a unificar el derecho territorial de castilla y extenderlo y aquí existe una recepción progresiva del derecho común sin dejar de lado por completo disposiciones del "viejo derecho"

La Labor jurídica de Alfonso X El Sabio.

Bien sabemos que Alfonso X mando la dictación del fuero real, como medio de producir la unificación por la vía local, también realizo aportes en el campo del derecho territorial, el Especulo, las partidas y diversos ensayos legales.

El especulo:

Comenzó llamándose "el libro del fuero" solo se conocen los cinco primeros libros y "tiene similitudes con el fuero real y las partidas y una marcada influencia romana y canónica.

Las partidas:

Esta obra se encuentra divida en siete secciones bajo la dirección de Alfonso X con la colaboración de juristas españoles de ese entonces. Cada partida fue encomendada a un jurista distinto. Sus fuentes son muy variadas en primera instancia se utilizó el curpus iuris civilis y las obras de los romanistas Azo y Accursio .

No se sabe a ciencia cierta si Alfonso X redacto las partidas con la intención de una obra doctrinal o como código, a pesar de esto se sabe que se dictaron en vista de la abundancia y confusión legislativa para que solo por ellas se juzgara. Se desconoce si Alfonso X alcanzo a Promulgar las partidas.

Los ensayos u opusculos legales:

Se conocen bajo este nombre las leyes de los adelantados que reglamentaban las atribuciones de estas autoridades militares y administrativas y también así las llamadas leyes nuevas que comprendían variadas temáticas como el préstamo a interés y disposiciones aclaratorias del fuero real.

El derecho de las partidas

Se divide en siete secciones Partida I,II,III,IV,V,VI,VII

Partida I:

Se plantea el de ley fundado en la moral, esto quiere decir que se encontraban bajo un concepto cristiano cito: " los mandamientos de ella deben ser leales y derechos y cumplidos Según Dios y según la justicia". Tiene títulos dedicados al derecho público eclesiástico y derecho de asilo en las iglesias.

Partida II:

Generalmente abarca el derecho el derecho Público, se establece que los reyes tienen el carácter de "vicarios de Dios". El rey puede obtener el reino ya sea por herencia, elección, no habiendo herederos, por matrimonio con la heredera del reino y por nombramiento del papa o emperador. La tiranía esta prohibida y se prohíbe al rey enajenar o dividir el reino esto entre sus principales postulados.

Parida III:

En resumen trata de los procedimientos civiles y se estudia el derecho de la propiedad.

Partida IV

Habla sobre el matrimonio y la Familia y los diversos vínculos de dependencia que pueden existir entre los hombres. Reconoce la esclavitud como tal pero no la justifica y la llama como "la mas vil cosa de este mundo" también habla sobre la servidumbre y básicas normas de convivencia como que no se puede dejar al siervo sin comida prohibida la matanza ni herirlo entre otras normas de ser así el siervo podía recurrir a un juez para que pudiese disponer su venta a otro amo.

Partida V:

Legisla sobre los contratos de mutuo préstamo, donación, compra-Venta, deposito, cambio, fianza, estipulación y prenda.

Partida VI

Se reglamentan las tutelas y las cautela, se ocupa de la sucesión al trono por causa de muerte igualmente

Partida VI

Trata sobre todo el procedimiento penal, en el que destaca por ejemplo el hecho de que menores de 10 años y dementes no podrán ser acusados de ningún delito tiene como característica que en esta partida se recomienda a los jueces inclinarse mas por el perdón que por el castigo.

Se aplicaban las siguientes penas:

-Muerte o pérdida de un miembro

-Trabajo perpetuo en las minas del rey

-destierro perpetuo con confiscaciones de bienes

-Carcel perpetua que solo, que solo aplicaba a los siervos.

-Destierro perpetuo sin confiscación de los bienes del delincuente

-Infamia, privación o suspensión del oficio,

-Azotes o heridas públicas, o exposición del reo desnudo y untado de miel para sufrir las incomodidades de las moscas.

Estaban prohibidas las penas de crucifixión, apedreamiento, desmembramiento y marcas o quemaduras en la cara, cortar las narices o sacar los ojos.

Se dictaba que nadie podía ser condenado por simples acusaciones sino que debía haber un estudio del caso expuesto.

Alfonso XI el ordenamiento de Alcala

Existía una confusión entre el derecho local y territorial al cual decidieron dar termino. En 1348 Alfonso XI dicto un conjunto de leyes en la corte de Alcala de Henares, que se conoce

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