TERMINOLOGÍA DE USO COMÚN EN MATERIA LABORAL Y EN LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
Enviado por tomas • 11 de Junio de 2018 • 2.111 Palabras (9 Páginas) • 597 Visitas
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según sea el caso, por toda la lesión o por perturbación funcional, inmediata o posterior, o por la muerte producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo. Si el trabajador está asegurado el pago corresponderá al Seguro social; si no lo está, corresponderá al patrón
Indemnizacion por invalidez: pago a cargo del Seguro Social por imposibilidad del trabajador asegurado para obtener un salario superior al 50% del salario mínimo vigente según la zona económica, por imposibilidad derivada de una enfermedad o accidente no profesional o también por agotamiento físico mental, o bien, cuando puedes con una afección o se encuentre en estado permanente que le impide trabajar.
Indemnización por muerte: pago a los beneficiarios del trabajador por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social o el patrón, según sea el caso, por la muerte del trabajador con motivo o en ejecución de su trabajo. Si el trabajador está asegurado corresponder al seguro social realizar el pago; si no lo está, le corresponderá al patrón.
Indemnización por riesgo de trabajo pago al trabajador por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social o del patrón según sea el caso por accidentes enfermedades o la muerte con motivo o en ejecución del trabajo indemnización por riesgo no profesional pago que en ciertas condiciones se otorga al trabajador por causas ajenas al trabajo.
Indemnización por vejez: pago que se da al trabajador que ha cumplido 65 años de edad y tenga reconocidas 500 cotizaciones en el Instituto Mexicano del Seguro Social
Integración del salario:prestaciones que en conjunto conforman el salario en la Integración del salario se cuentan el pago por cuota diaria gratificaciones habitación prismas comisiones y cualquier otro pago que se entrega el trabajador por su trabajo.
Jornada:tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para desarrollar su trabajo personal subordinado cuando eres comprende entre las 6 y las 20 horas.
Jornada extraordinaria: prolongación de la jornada normal de trabajo
jornada mixta: comprende los periodos de las jornadas diurna y nocturna siempre y cuando el periodo nocturno sea menor de tres horas y media en caso contrario se considerará nocturna
jornada nocturna: comprende entre las 20 horas y las 6 del día siguiente laudos y resoluciones de los tribunales laborales cuando deciden sobre el fondo de un conflicto
nulidad de actuaciones laborales: procedimiento acción incidental con la cual o de la cual se atacan las actuaciones que no se practicaron con las formalidades señaladas por la Ley Federal del Trabajo
Nulidad realidad de notificaciones: acción incidental cuyo objeto es anular las notificaciones que no se hicieron conforme a las formalidades del procedimientolaborales
objeción de pruebas: o posición del actor en un juicio laboral para el efecto de que no se admiten las pruebas que ofrece el demandado o viceversa señalando los defectos de quién adolecen
participación de utilidades:derecho de los trabajadores a recibir un porcentaje de las ganancias anuales de la empresa o patrón intervención de los trabajadores en las ganancias anuales de la empresa
patrón:persona física o moral que utilizan los servicios de uno o varios trabajadores si el trabajador ampliar los servicios de otros trabajadores el patrón de aquel también lo será de estos entes
prima de antigüedad:pago o prestación en efectivo equivalente a 12 días por cada año de servicios prestados el patrón debe entregar al trabajador que se separa voluntariamente desempleo Asimismo este pago deberá hacerse A quiénes se separen por causa justificada y a quienes se han separado de su empleo y que hayan cumplido 15 años de servici;su importe es de 12 días de salario por cada año de servicio
retiro voluntario separación del centro de trabajo por propia voluntad del trabajador
riesgo de trabajo:toda enfermedad o accidente de trabajo a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo entre
rescisión: acto jurídico unilateral realizado por el trabajador y el patrón conciente en dejar sin efecto la relación el contrato de trabajo coma por algunas de las causas señaladas en la Ley Federal del Trabajo punto es un acto unilateral coma pero no arbitrario coma en atención a qué tanto el patrón como el trabajador están obligados a probar la causa de rescisión que invoquen para romper la relación o el contrato de trabajo punto las cuales de rescisión sin responsabilidad para el patrón pueden consultarse en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo
Salario: retribución que debe pagar al patrón al trabajador por su trabajo. Puede fijarse por unidad de tiempo, unidad de obra, comisión o a precio alzado o de cualquier otra manera
Sindicato: Asociación de trabajadores o patrones constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses
Suplencia de la queja laboral: facultad que otorga la ley a las autoridades laborales federales para suplir las omisiones o peticiones que no hizo el trabajador a que se suplan en la segunda instancia las omisiones en que incurrió en la primera instancia.
Terminología jurídica de uso frecuente en el derecho civil
Accesión: es un modo originario de adquirir la propiedad, tanto mueble como inmueble. En virtud de la accesión, el propietario de un bien adquiere lo que se une, adhiere o incorpora materialmente a él, sea natural, sea artificialmente.
Acción: termino general con el que se designa el ejercicio del derecho.
Actuario: aquel individuo que se desempeña como auxiliar en el contexto y tiene la misión de dar fe en los actos procesales. Es decir, normalmente se llaman así al secretario o al escribano de un juzgado que da fe respecto de lo actuado en un procedimiento judicial.
Adjudicación: es el acto judicial que consiste en la atribución de una cosa (mueble o inmueble) a una persona a través de una subasta, licitación o partición hereditaria.
Contrato: convenios que crean o transfieren obligaciones y derechos.
Convenio: es considerado como aquel contrato, convención o acuerdo que se desarrolla en función de un asunto específico destinado a crear, trasferir,modificar o extinguir una obligación.
Dolo: sugestiono artificio em pleado para inducir a error o mantener en el a alguno de los contratantes.
Domicilio legal: es el lugar donde la ley presume, sin admitir
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