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EL SECRETO PROFIONAL EN LA PRÁCTICA DE LA PSICOLOGÍA CLÍNICA Y FORENSE: ALCANCE DE LOS LÍMITES DE LA CONFIDENCIALIDAD

Enviado por   •  12 de Marzo de 2018  •  953 Palabras (4 Páginas)  •  520 Visitas

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Sin embargo, la relación entre el secreto profesional del terapeuta con los niños y adolescentes y la información dada a los padres es un punto complejo

LA PRÁCTICA FORENSE

Los psicólogos forenses están eximidos parcialmente del secreto profesional, a pesar de la exención del secreto profesional resulta éticamente exigible que el psicólogo forense informe al paciente del tipo de relación existente entre ambos y del destinario de los resultados de la exploración psicológica.

Los psicólogos forense a diferencias de los clínicos no están sujetos al secreto profesional, por lo tanto el terapeuta lleva a cabo actividades asistenciales no puede realizar informes periciales a sus pacientes. El psicólogo clínico puede realizar un informe técnico (pero no es un informe pericial, que requiere una descripción y valoración de los hechos

HISTORIA CLINICA Y CONFIDENCIALIDAD

“Lain Entralgo (1978), la historia clínica es el documentos fundamental del saber medico. La historia clínica es imprescindible para prestar una asistencia de calidad, especialmente en el ámbito de los centros de salud públicos”.

Las historias clínicas son propiedad del sistema público, sin embargo el paciente tiene derecho a un copia de su historia

LIMITES DEL SECRETO PROFESIONAL

Se deriva de los derechos del secreto profesional. Cuando existe alguna clase de delito que afecta la integridad, la vida, la salud, la liberta, toda profesión que tenga noticias de un delito público están obligados a denunciarlos para instancias judiciales. El código deontológico del PSICOLOGO: “Todo psicólogo debe informar cuando menos a los organismos colegiales, acerca de las violaciones de los derechos humanos de la que tuviera conocimiento en su profesión. En el caso de no guardar el secreto profesional el profesional a cargo será un delito de desobediencia

EN ADULTOS

El secreto profesional puede ser roto cuando el paciente tiene una probabilidad alta de cometer un delito grave o asesinato, de poner en peligro otras personas de suicidarse

EN MENORES

Las personas tienen obligación de notificar a la autoridad el cometimiento de un delito contra un menor, especialmente si se trata de un profesional que mantiene una relación directa con ese niño

En el caso de la resolución de conflictos de deberes la resolución de un conflicto es infringiendo el otro en función del principio de interés mal menor

CONCLUSIONES

- El psicólogo clínico o forense no puede olvidar que su ejercicio profesional siempre está ligado a un conjunto de preceptos legales que lo regulan así como una serie de normas deontológicas que rigen su conducta profesional

- El secreto profesional no es un deber absoluto, puesto que el Psicólogo profesional buscará siempre el bienestar de sujetos o grupo de sujetos

- el secreto profesional es la relación profesional entre el terapeuta y paciente, por eso solo se debe quebrantarlo por parte de un profesional cuando existe alarmas de amenazas de delitos que afecten la integridad de la persona misma así como también de las personas que lo rodean

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BIBLIOGRAFÍA:

Echeburúa, E. (2002). Análisis y Modificación de la Conducta. Vol. 28, N° 120

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