Conceptos Generales del Derecho del Trabajo
Enviado por Jerry • 11 de Enero de 2019 • 2.492 Palabras (10 Páginas) • 459 Visitas
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Hechos históricos relacionados con la Revolución Industrial fueron la Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica en 1776, y la Revolución Francesa en 1789, y al nuevo orden filosófico mundial que provocaron serios cambios en lo económico, político y en lo ideológico. Se inicia la producción a gran escala, se multiplicaron y crecieron las fábricas en los países tecnológicamente desarrollados, produciendo la destrucción del sistema de producción artesanal. Con la transformación de la forma de producir, los artesanos, sí como los campesinos tuvieron que ir incorporándose a l trabajo en las fábricas y se va conformando el Sistema Capitalista.
Actualmente el sistema Capitalista se caracteriza porque el esquema productivo que genera el ámbito ocupacional está en poder de un sector minoritario que posee la riqueza (propiedad de los medios de producción, el capital, y el sector mayoritario de la población, los trabajadores, aportan la fuerza de trabajo para hacer posible la producción. Las sociedades con mayoría de trabajadores empobrecidos tienen el problema de la división irreconciliable de ambos sectores. La armonía de las relaciones trabajador-empleado determina el ámbito social de cada país y su grado de desarrollo económico social.
A principios del siglo XX, surge el concepto de Derechos Sociales, y los movimientos de trabajadores que antes habían sido perseguidos, marginados, ignorados, ahora serían reconocidos por la ley. Se les reconoce a través de la ley: el reconocimiento en leyes ordinarias, y 2) de la Constitucionalización de los Derechos Laborales individuales como colectivos.
La primera Constitución que reconoce los Derechos Laborales fue la Constitución Mexicana de Querétaro de 1917, la de Weimar de 1919. En Guatemala fue técnicamente hasta la Constitución de 1945
El Derecho del Trabajos se ocupa de regular las condiciones de trabajo en que participan cada uno de los sujetos de la relación laboral, atendiendo al fin de justicia para proteger al sector más desprotegido en esta relación: los Trabajadores.
2- DENOMINACIONES DEL DERECHO DEL TRABAJO
- DERECHO INDUSTRIAL: usado en Francia, porque fue en la industria donde se originaron las primeras reivindicaciones y leyes obreras. Denominación inadecuada porque el término industrial se refiere a aspectos relativos a los patentes de invención y patentes de marcas. No incluye a otras ocupaciones, es restrictiva porque no todos los trabajadores trabajan en la industria.
- DERECHO OBRERO. Se fundamentó en el origen de las protestas obreras o de la clase trabajadora que tenían por objeto mejorar las condiciones de vida.
Es unilateral: habla sólo de obreros, la rama jurídica establece DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA TRABAJADORES Y PATRONOS.
El derecho de trabajo involucra también a otros trabajadores que no son considerados obreros: como agrícolas, domésticos y de comercio.
- DERECHO SOCIAL. Esta rama jurídica tiene su fundamento en la cuestión social, por su aproximación con la corriente Marxista que apareció en esta época histórica fue esta corriente Ideológica-Política la que más batalló a favor de las reivindicaciones de los trabajadores.
Es un término demasiado amplio que involucra todos los aspectos sociales: podrían considerarse instituciones como las Sociedades Mercantiles.
- NUEVO DERECHO: aceptable mientras no aparecieran otros campos que necesiten regulación. Actualmente hay nuevas preocupaciones: REGLAMENTACIÓN MARÍTIMA, ESPACIAL, AMBIENTAL.
- DERECHO ECONÓMICO: denominación amplia e imprecisa, y que debería incluir las instituciones de tipo sindical que no reflejan una vinculación económica directa, y que pueden ser factores del Estado, pero no entes económicos.
- DERECHO PROFESIONAL: denominación desestimada: el Derecho es una función que se desarrolla y no siempre el Derecho va a ser el desarrollo de una profesión.
La regulación del trabajo no contempla el ejercicio de las profesiones liberales, que es lo profesional por excelencia.
- Derecho de los Trabajadores: igual que el DERECHO OBRERO: abarca los derechos de trabajadores y no de los patronos, no lo sólo de trabajadores
Otras denominaciones: DERECHO ECONÓMICO SOCIAL
DERECHO de la ECONOMÍA ORGANIZADA
DERECHO DEL CONTRATO DE TRABAJO.
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
En Guatemala desde que se conoce el CÓDIGO DE TRABAJO en 1947 se usa la denominación DERECHO DEL TRABAJO o DERECHO LABORAL: Dirito di Laboro, del idioma italiano.
El CÓDIGO DE TRABAJO se promulgó sólo para el SECTOR PRIVADO, puede aplicarse a los EMPLEADOS PÚBLICOS porque su propia ley, “Ley del Servicio Civil”, lo considere SUPLETORIA, o porque excluya de su aplicación a determinados trabajadores.
3. EL TRABAJO UNA OBLIGACIÓN SOCIAL
El Artículo 101 de la Constitución Política dispone: “Derecho del Trabajo. El trabajo es un Derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse de acuerdo a principios de Justicia Social”
Esta norma significa Derechos y Obligaciones de cada individuo ante el Estado y del Estado ante cada individuo y es la piedra angular de nuestro ordenamiento de trabajo: ya que cada una y todas las relaciones de trabajo constituyen la razón de ser de esta rama jurídica.
Al establecer que el trabajo es un DERECHO y una obligación, nos conduce necesariamente a otros Derechos y Obligaciones recíprocos que se dan entre trabajadores y patronos.
La concepción filosófica del trabajo ha variado a lo largo de la historia: hubo épocas en que el trabajado estuvo reservado a las clases discriminadas, y en esa época no puede hablarse de Derechos y Obligaciones recíprocas entre trabajadores y patronos.
Según el tratadista Guillermo Cabanellas, en algunas etapas de la Antigüedad: al trabajo se consideraba como algo DENIGRANTE, y con la Encíclica Renum Novarum (1891) se reafirmó el VALOR DEL TRABAJO donde el Papa León XIII “expresa que el trabajado común según testimonio de la razón y la filosofía cristiana lejos de ser UNA VERGÜENZA, hace HONOR al Hombre porque le proporciona un medio noble de sustentar su vida”. También que Antiguamente se consideró que el trabajo era una sanción divina.
Actualmente:
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