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ENSAYO SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN GUATEMALA

Enviado por   •  27 de Diciembre de 2018  •  3.754 Palabras (16 Páginas)  •  643 Visitas

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Para entender un poco mejor debemos de hablar sobre que son los derechos humanos y los derechos humanos de la población con discapacidad en sí y que dice la constitución política de nuestro país sobre esto.

Los Derechos Humanos –DDHH- son las facultades, libertades y reivindicaciones inherentes a cada persona por el solo hecho de su condición humana. Esto quiere decir que se trata de derechos inalienables (nadie, bajo ningún concepto, puede privar de estos derechos a otro sujeto más allá del orden jurídico existente) e independientes de cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión, sexo, etc.).

Los derechos humanos también son irrevocables (no pueden prohibirse), intransferibles (una persona no puede ceder estos derechos a otra) e irrenunciables (nadie puede renunciar a sus derechos básicos). Aun cuando se encuentran protegidos por la mayoría de las legislaciones internacionales, los derechos humanos suponen una base moral y ética que la sociedad considera necesario respetar para proteger la dignidad de las personas.

En las últimas décadas, el concepto de derechos humanos ha adquirido una gran importancia en la mayoría de las sociedades del mundo. Aquellos gobernantes y regímenes acusados de violar los derechos humanos suelen ser condenados por su propio pueblo y por los diversos organismos internacionales.

La Constitución Política de la República de Guatemala. Título II. Derechos Humanos. Capítulo I Derechos Individuales Artículo 4º. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.

En el Capítulo II Derechos Sociales. Sección Primera. Familia. Artículo 53. Minusválidos: El Estado garantiza la protección de los minusválidos y personas que adolecen de limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales. Se declara de interés nacional su atención médico-social, así como la promoción de políticas y servicios que permitan su rehabilitación y su reincorporación integral a la sociedad. La ley regulará esta materia y creará los organismos técnicos y ejecutores que sean necesarios.

Derechos humanos de las personas con discapacidad: Los derechos humanos son universales, políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a la personas con discapacidad. Las personas discapacitadas deben gozar de sus derechos humanos y libertades fundamentales en términos iguales con otros en la sociedad, sin discriminación de ningún tipo. Ellos también disfrutan de ciertos derechos específicamente ligados a su status. Los derechos humanos para las personas discapacitadas incluyen los siguientes derechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados:

El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales.

El derecho a la igualdad de oportunidades.

El derecho a una completa igualdad y protección ante la Ley.

El derecho a un alto estándar de salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-confianza.

El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado.

El derecho a ser tratado con dignidad y respeto. Las personas con discapacidad gozan de protección especial en el ámbito de los derechos humanos. Toda persona tiene derecho a la igualdad de oportunidades ante la ley, a no ser discriminada, a una vida independiente, a la integración total en la sociedad y a la seguridad. Para la protección específica de los derechos de las personas con discapacidad existen principios especiales, hacia las personas con discapacidad, tales como:

Debe ser considerada en su diversidad de condiciones, definidas por razones de género, edad, condición económica, orientación sexual, creencias, entre otras.

No puede ser discriminada por su discapacidad y para evitarlo debe ser favorecida con acciones afirmativas.

Tiene derecho de tomar decisiones relacionadas con su propia existencia, su desarrollo y realización personal.

Tienen derecho a la auto representación y a la participación de acuerdo a su edad cronológica.

Tiene derecho a que se tome en cuenta sus necesidades y demandas a la hora de elaborar y poner en marcha programas y acciones públicas relacionadas con la realización de los derechos humanos.

En esta discusión de conceptos se desarrolla una parte donde se evidencia la problemática que aborda la discapacidad en la connotación más general.

También debemos abordar el tema de la discriminación que se refiere al acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de derechos para los individuos por cuestión

No hay que dejar de mencionar de quienes deberían de ser los encargados o las facultades encargadas de brindar apoyo a las personas con discapacidad. Por eso es de suma importancia hacer una revisión sobre estas instituciones que se mencionan a continuación.

Instituciones que trabajan con personas con discapacidad

Se presenta información importante de algunas instituciones que trabajan para el beneficio y defensa de los derechos de las personas con discapacidad en Guatemala pues es de importancia conocer sobre que parte de la población se encargan y sus objetivos y como realizan su trabajo en pro de la comunidad de discapacitados.

- Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (CONADI)

Fue fundada el 28 de mayo de 1997 para promover desde la perspectiva de los derechos humanos, el acceso de la población con discapacidad a la educación, trabajo, salud, acceso a los espacios físicos, medio de transporte, medios de información y comunicación, a la recreación, los deportes y la cultura.

Está integrado por 6 instituciones

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