Estado actual, y conservación de mamíferos acuáticos, amenazados de extinción, en la amazonia ecuatoriana.
Enviado por Jerry • 20 de Mayo de 2018 • 2.551 Palabras (11 Páginas) • 322 Visitas
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- Amenaza
El manatí del Amazonas aparece como Vulnerable en la Lista Roja de la UICN. La carne de manatí es muy apreciada en la Amazonía, por lo que la mayor amenaza que enfrenta esta especie, es la caza ilegal para el consumo humano. También se ve amenazada por la degradación del hábitat y la muerte accidental, sobre todo de los crías en artes de pesca. (Wildlife Conservation Society, 2007)
Entre otras amenazas están las capturas accidentales en redes de pesca; el uso de dinamita; el creciente uso de embarcaciones a motor que incrementan el riesgo de colisiones y heridas a los animales, inclusive en áreas protegidas donde se realiza turismo de naturaleza. (Uretras, 2013)
- Nutria Gigante (Pteronuna brasiliensis)
- Descripción de la Especie
Las nutrias gigantes tienen una amplia distribución en Sudamérica, viven en algunos sistemas hidrográficos de las selvas de Brasil, Guyana, Surinam, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y Paraguay; actualmente se piensa que se han extinguido en Argentina y Uruguay. Una particularidad de esta especie es su comportamiento social altamente desarrollado. (Utreras, 2000)
En Ecuador, acostumbran a vivir en grupos familiares de varios individuos; estos animales cazan, juegan y duermen juntos en madrigueras que construyen a orillas de ríos y lagunas. El hecho de que el macho y la hembra vivan con su grupo familiar es una gran excepción en el mundo de las nutrias ya que la mayoría de las especies son solitarias. Su dieta está compuesta casi exclusivamente de peces pero ocasionalmente se alimentan de pequeños roedores, aves acuáticas, culebras, ranas, cangrejos y caracoles. (Utreras, 2000)
- Amenaza
Estos animales enfrentan grandes amenazas, la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) las considera vulnerables en toda su área de distribución, es decir que enfrentan un alto riesgo de extinción en estado silvestre a mediano plazo. (Utreras, 2000)
La principal amenaza para las nutrias gigantes es la contaminación de ríos, lagunas y bosques de inundación debido a la creciente actividad petrolera en donde se dan derrames de petróleo en su hábitat. Entre otras amenazas están la pesca con dinamita o con el uso de químicos, pesticidas, la creciente actividad minera; actividades de ecoturismo mal manejadas que afectan zonas sensibles para los animales; el uso de DDT y sus efectos tóxicos y bioacumulables. (Uretras, 2013)
- Nutria Neotropical (Lontra longicaudis)
- Descripción de la especie.
La nutria neotropical, habita en lagos, ríos, pantanos y lagunas ubicadas en bosques secos y bosques húmedos. Es un animal solitario y diurno, sus madrigueras son cuevas naturales ubicadas a la orilla de los ríos, con una entrada bajo el agua. Estas madrigueras pueden también ser túneles que ellas mismas cavan o nidos cubiertos con vegetación. Posee un cuerpo cilíndrico, elongado y robusto, similar al resto de nutrias. Su pelaje es denso y corto, de color café en el área dorsal y más claro tipo crema en los costados y área ventral. La cabeza es redonda aplanada con orejas pequeñas, los ojos son pequeños y redondos, que están altos y separados. (Nidasio, 2009).
En el Ecuador está también ampliamente distribuida, ocupando una variedad de hábitats desde las tierras bajas de la costa y Amazonía, hasta las estribaciones de la Cordillera de los Andes, prefiriendo sin embargo altitudes menores a los 1500 m. (Uretras, 2013)
- Amenaza
En el Ecuador, la nutria neotropical está amenazada por diversas actividades humanas. El principal problema ha sido la pérdida y degradación de hábitats debido a los intensos procesos de deforestación, derrames de crudo por la creciente actividad petrolera, el intensivo uso de plaguicidas y fertilizantes para el mantenimiento de monocultivos, y el mal manejo de aguas grises y desechos siguen generando contaminación en varios sistemas hidrográficos de la región. (Uretras, 2013)
- MEDIDAS DE CONSERVACIÓN DE MAMÍFEROS ACUÁTICOS DE LA AMAZONÍA ECUATORIANA
- Políticas de Conservación.
Las especies acuáticas de mamíferos de nuestro país, como son de la amazonia ecuatoriana se encuentran protegidas, y se las puede anunciar en varios artículos de la constitución del Ecuador.
- Artículo 14, Constitución de la República del Ecuador.
Establece que se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay; y se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
- Artículo 71, Constitución de la República del Ecuador
Establece que la naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
- Artículo 73, Constitución de la República del Ecuador
Obliga al Estado a aplicar medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
Se podrían mencionar muchos artículos en la Constitución de la República del Ecuador, en donde se mencionan varios artículos referentes al manejo, protección y conservación de la biodiversidad existente en el país, y también la aplicación de varias medidas que ayuden a que especies no caigan en amenaza de extinción.
- Estrategias para mantener la conservación de especies mamíferas acuáticas, en la Amazonía ecuatoriana.
- El Ministerio del Ambiente (MAE) propuso la campaña “Protege Ecuador, la responsabilidad es de todos”, con el objetivo de informar a la población sobre las especies en peligro de extinción y fomentar su protección. (Ministerio de Ambiente, 2015)
- La nutria gigante, es una especie protegida desde 1970, cuando se estableció un decreto ejecutivo que prohibió su cacería (Registro Oficial No. 818 del
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